Sentencia Penal Nº 297/20...ro de 2007

Última revisión
15/02/2007

Sentencia Penal Nº 297/2007, Tribunal Supremo, Rec 1783/2006 de 15 de Febrero de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 15 de Febrero de 2007

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN

Nº de sentencia: 297/2007

Resumen:
DELITO: LESIONES.MOTIVOS: infracción de ley, proporcionalidad de la pena, responsabilidad civil, animus necandi.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Febrero de dos mil siete.

Antecedentes

PRIMERO.- La sentencia de fecha 29/06/06, dictada por la audiencia Provincial de Almería, sección 3ª, en Rollo de Sala 22/05, procedente del juzgado de Instrucción 1 de Almería, causa Sumario 4/05, condenó a Carlos Manuel , como autor de un delito de lesiones con empleo de arma blanca, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas, así como la indemnización al perjudicado.

SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Carlos Manuel, representado por el procurador D. Constantino Calvo-Villamañán Ruiz , invocando como motivos los siguientes: 1) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación de los artículos 66.6 en relación con los art. 147 y 148.1 del Código Penal. 2 ) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación de los artículos 20 y 21 del Código Penal. 3 ) Infracción del art. 1.1 de la Constitución Española, al amparo del art. 5.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con la proporcionalidad de las penas. 4) Quebrantamiento de forma, al amparo del artículo 851.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , por contradicción en los hechos probados.

Igualmente se interpone recurso de casación por la acusación particular , Luis Enrique, representado por la Procuradora Dª Teresa Puente Méndez invocando: 1) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación de los artículos 138, 16 y 72 del Código Penal. 2 ) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación de los artículos 147 y 148 del Código Penal. 3 ) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación del artículo 116 del Código Penal .

TERCERO.- En el trámite correspondiente a la sustanciación del recurso, el Ministerio Fiscal se opuso a los mismos.

CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Febrero de dos mil siete.

PRIMERO.- La sentencia de fecha 29/06/06, dictada por la audiencia Provincial de Almería, sección 3ª, en Rollo de Sala 22/05, procedente del juzgado de Instrucción 1 de Almería, causa Sumario 4/05, condenó a Carlos Manuel , como autor de un delito de lesiones con empleo de arma blanca, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas, así como la indemnización al perjudicado.

SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Carlos Manuel, representado por el procurador D. Constantino Calvo-Villamañán Ruiz , invocando como motivos los siguientes: 1) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación de los artículos 66.6 en relación con los art. 147 y 148.1 del Código Penal. 2 ) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación de los artículos 20 y 21 del Código Penal. 3 ) Infracción del art. 1.1 de la Constitución Española, al amparo del art. 5.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con la proporcionalidad de las penas. 4) Quebrantamiento de forma, al amparo del artículo 851.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , por contradicción en los hechos probados.

Igualmente se interpone recurso de casación por la acusación particular , Luis Enrique, representado por la Procuradora Dª Teresa Puente Méndez invocando: 1) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación de los artículos 138, 16 y 72 del Código Penal. 2 ) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación de los artículos 147 y 148 del Código Penal. 3 ) Infracción de ley al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por indebida aplicación del artículo 116 del Código Penal .

TERCERO.- En el trámite correspondiente a la sustanciación del recurso, el Ministerio Fiscal se opuso a los mismos.

CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.

LA SALA ACUERDA: NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN de los recursos de casación formalizados por los recurrentes, contra la sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

Fallo

LA SALA ACUERDA: NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN de los recursos de casación formalizados por los recurrentes, contra la sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

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