Última revisión
08/04/2008
Sentencia Penal Nº 308/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 36/2008 de 08 de Abril de 2008
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Tiempo de lectura: 4 min
Orden: Penal
Fecha: 08 de Abril de 2008
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: IGLESIAS MARTIN, JOSE CARLOS
Nº de sentencia: 308/2008
Encabezamiento
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Segunda
J. de Instrucción nº 1 de Mataró. J. de Faltas nº 1314/06
Rollo de Apelación nº 36/08-MK
En Barcelona a ocho de abril de dos mil ocho.
En nombre de S.M. el Rey, S.Sª Ilma D. José Carlos Iglesias Martín, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituido en Tribunal unipersonal, ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 1314/06 sobre falta contra las personas, dimanantes del Juzgado de Instrucción nº 3 de Mataró, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Dª Julieta , asistida del Letrado D. Víctor Rocha Batllé, y en calidad de apelados, D. Pedro Miguel , asistido del letrado D. Faustí Arroyo Gómez, y el Ministerio Fiscal.
Antecedentes
PRIMERO.- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho de la sentencia apelada dictada en fecha 22 de marzo de 2007 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Mataró , dándose el fallo aquí por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Apelada la citada sentencia por Dª Julieta , y previos los trámites legales oportunos, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, incoándose el preceptivo rollo de sala y observándose en la tramitación del recurso las prescripciones legalmente estipuladas.
Fundamentos
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Segunda
J. de Instrucción nº 1 de Mataró. J. de Faltas nº 1314/06
Rollo de Apelación nº 36/08-MK
En Barcelona a ocho de abril de dos mil ocho.
En nombre de S.M. el Rey, S.Sª Ilma D. José Carlos Iglesias Martín, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituido en Tribunal unipersonal, ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 1314/06 sobre falta contra las personas, dimanantes del Juzgado de Instrucción nº 3 de Mataró, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Dª Julieta , asistida del Letrado D. Víctor Rocha Batllé, y en calidad de apelados, D. Pedro Miguel , asistido del letrado D. Faustí Arroyo Gómez, y el Ministerio Fiscal.
PRIMERO.- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho de la sentencia apelada dictada en fecha 22 de marzo de 2007 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Mataró , dándose el fallo aquí por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Apelada la citada sentencia por Dª Julieta , y previos los trámites legales oportunos, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, incoándose el preceptivo rollo de sala y observándose en la tramitación del recurso las prescripciones legalmente estipuladas.
Que CON ESTIMACIÓN PARCIAL del recurso de apelación interpuesto por Dª Julieta , contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Mataró en el Juicio de Faltas nº 1314/06 , debo revocar y revoco parcialmente la misma en el sentido de condenar a la acusada exclusivamente como autora de una falta contra las personas del art 618.2 del C. Penal a la pena de multa de cincuenta días con una cuota diaria de doce euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, dejando inalterables el resto de sus pronunciamientos y declarándose de oficio las costas de la alzada.
Así por esta mí sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de sala y se notificará al Ministerio Fiscal y demás partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme al no caber contra ella recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el Ilmo Sr. Magistrado Ponente en audiencia pública; certifico.
Fallo
Que CON ESTIMACIÓN PARCIAL del recurso de apelación interpuesto por Dª Julieta , contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Mataró en el Juicio de Faltas nº 1314/06 , debo revocar y revoco parcialmente la misma en el sentido de condenar a la acusada exclusivamente como autora de una falta contra las personas del art 618.2 del C. Penal a la pena de multa de cincuenta días con una cuota diaria de doce euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, dejando inalterables el resto de sus pronunciamientos y declarándose de oficio las costas de la alzada.
Así por esta mí sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de sala y se notificará al Ministerio Fiscal y demás partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme al no caber contra ella recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el Ilmo Sr. Magistrado Ponente en audiencia pública; certifico.
