Última revisión
06/07/2009
Sentencia Penal Nº 316/2009, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 298/2009 de 06 de Julio de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 06 de Julio de 2009
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: BERENGUA MOSQUERA, ANTONIO
Nº de sentencia: 316/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00316/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: RT 298/09-P.
Órgano Procedencia: JDO. DE INSTRUCCION N. 2 de PONTEVEDRA
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0002310 /2009
AUTO
En PONTEVEDRA, a seis de Julio de dos mil nueve.
Antecedentes
PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Pontevedra el 25 de Mayo del presente el auto cuya parte dispositiva expresa literalmente: " Acuerdo ratificar la prisión provisional comunicada y sin fianza de Pedro Enrique ".
SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por la representación de Pedro Enrique se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00316/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: RT 298/09-P.
Órgano Procedencia: JDO. DE INSTRUCCION N. 2 de PONTEVEDRA
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0002310 /2009
AUTO
En PONTEVEDRA, a seis de Julio de dos mil nueve.
PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Pontevedra el 25 de Mayo del presente el auto cuya parte dispositiva expresa literalmente: " Acuerdo ratificar la prisión provisional comunicada y sin fianza de Pedro Enrique ".
SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por la representación de Pedro Enrique se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.
Se desestima el recurso de apelación y se confirma el auto dictado el 25 de mayo de 2009 por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Pontevedra en diligencias previas nº 2310/2009 a las que se contrae el presente Rollo de Apelación nº 298/2009.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.
Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), que ha sido designado Ponente, Dª. NÉLIDA CID GUEDE y Dª. CRISTINA NAVARES VILLAR.
Fallo
Se desestima el recurso de apelación y se confirma el auto dictado el 25 de mayo de 2009 por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Pontevedra en diligencias previas nº 2310/2009 a las que se contrae el presente Rollo de Apelación nº 298/2009.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.
Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), que ha sido designado Ponente, Dª. NÉLIDA CID GUEDE y Dª. CRISTINA NAVARES VILLAR.

