Última revisión
16/12/2009
Sentencia Penal Nº 318/2009, Audiencia Provincial de Toledo, Rec 278/2009 de 16 de Diciembre de 2009
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 4 min
Orden: Penal
Fecha: 16 de Diciembre de 2009
Tribunal: AP - Toledo
Ponente: GUTIERREZ SANCHEZ, JUAN VICENTE
Nº de sentencia: 318/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TOLEDO00318/2009
Rollo Núm. .................. 278/2009.-
Juzg. Instruc. Núm.. 2 de Torrijos.-
D. Previas Núm. ............. 1092/08.-
A U T O NUM 318
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente:
D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EMILIO BUCETA MILLER
D. URBANO SUÁREZ SÁNCHEZ
Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE
En la Ciudad de Toledo, a dieciséis de diciembre de dos mil nueve.
La SECCIÓN PRIMERA de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, ha dictado el siguiente
A U T O
Visto el presente recurso de apelación, rollo de la Sección núm. 278 de 2009, contra la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 2 de Torrijos, en las Diligencias Previas núm. 1092/08 , que se siguen por un delito de prevaricación administrativa, figurando como apelante Asunción (en representación de izquierda Unida), defendida por el Letrado Sr. Urban Pinel; y como apelados Mauricio , María Luisa , Urbano , Delfina , Alexis Y Cornelio y el Ministerio Fiscal.
Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Presidente D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO, que expresa el parecer de la Sección, y son,
Antecedentes
PRIMERO: En el Juzgado de Instrucción Núm. 2 de Torrijos se siguen diligencias, por un delito de prevaricación administrativa, en las que, con fecha 19 de noviembre de 2008, se dictó auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la presente causa; y resolución que fue notificada a las partes, lo que motivo que por acusación particular se interpusiera recurso de reforma y subsidiario de apelación, del que se dio traslado a las demás partes y al Ministerio Fiscal, que solicitó que se desestime el recurso y se confirme la resolución recurrida.-
SEGUNDO: Admitido a trámite el recurso de apelación, se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando vistos para deliberación y resolución.-
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TOLEDO00318/2009
Rollo Núm. .................. 278/2009.-
Juzg. Instruc. Núm.. 2 de Torrijos.-
D. Previas Núm. ............. 1092/08.-
A U T O NUM 318
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente:
D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EMILIO BUCETA MILLER
D. URBANO SUÁREZ SÁNCHEZ
Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE
En la Ciudad de Toledo, a dieciséis de diciembre de dos mil nueve.
La SECCIÓN PRIMERA de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, ha dictado el siguiente
A U T O
Visto el presente recurso de apelación, rollo de la Sección núm. 278 de 2009, contra la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 2 de Torrijos, en las Diligencias Previas núm. 1092/08 , que se siguen por un delito de prevaricación administrativa, figurando como apelante Asunción (en representación de izquierda Unida), defendida por el Letrado Sr. Urban Pinel; y como apelados Mauricio , María Luisa , Urbano , Delfina , Alexis Y Cornelio y el Ministerio Fiscal.
Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Presidente D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO, que expresa el parecer de la Sección, y son,
PRIMERO: En el Juzgado de Instrucción Núm. 2 de Torrijos se siguen diligencias, por un delito de prevaricación administrativa, en las que, con fecha 19 de noviembre de 2008, se dictó auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la presente causa; y resolución que fue notificada a las partes, lo que motivo que por acusación particular se interpusiera recurso de reforma y subsidiario de apelación, del que se dio traslado a las demás partes y al Ministerio Fiscal, que solicitó que se desestime el recurso y se confirme la resolución recurrida.-
SEGUNDO: Admitido a trámite el recurso de apelación, se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando vistos para deliberación y resolución.-
La Sala ACUERDA: Desestimar el recurso de apelación que ha sido interpuesto por la representación de Asunción (en representación de izquierda Unida), contra el Auto dictado por el Juzgado de Instrucción Núm. 2, con fecha 19 de noviembre de 2008 , el que se ratifica en todos sus extremos.
Lo mandaron y firman el Sr. Presidente y Magistrados del margen. Doy fe.
Fallo
La Sala ACUERDA: Desestimar el recurso de apelación que ha sido interpuesto por la representación de Asunción (en representación de izquierda Unida), contra el Auto dictado por el Juzgado de Instrucción Núm. 2, con fecha 19 de noviembre de 2008 , el que se ratifica en todos sus extremos.
Lo mandaron y firman el Sr. Presidente y Magistrados del margen. Doy fe.
