Sentencia Penal Nº 320, A...re de 2000

Última revisión
08/11/2000

Sentencia Penal Nº 320, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 175 de 08 de Noviembre de 2000

Tiempo de lectura: 4 min

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Orden: Penal

Fecha: 08 de Noviembre de 2000

Tribunal: AP - Ourense

Ponente: CRISTIN PEREZ, JESUS FRANCISCO

Nº de sentencia: 320

Resumen
En el fundamento tercero se razona de forma adecuada las razones que llevan al Juzgador de la primera instancia a atribuir la autoría de los hechos denunciados al apelante, pues, en efecto, un testigo presencial asegura que vio perfectamente como el conductor de un camión -que fue identificado como de la propiedad del denunciado- bajaba del mismo y pinchaba las cuatro ruedas del turismo de la denunciante, y el apelante reconoce que es la única persona que conduce su camión y que nunca se lo deja a terceros, y, por esa causa, es él la única persona que pudo ocasionar el daño constitutivos de la falta tipificada en el artículo 625.1 del Código Penal, por la que fue debidamente condenado. La circunstancia de que una tercera persona haya presenciado los hechos y se negase -presumiblemente- a comparecer a juicio, para el que no fue propuesta por la denunciante, no puede considerarse como prueba favorable al autor del hecho. Se estima el recurso.

Voces

Autor responsable

Testigo presencial

Fundamentos

El Ilmo. Sr. D. Jesus Francisco Cristin Pérez, Magistrado de la Audiencia Provincial de Ourense, a quien por turno ha correspondido el conocimiento del juicio de faltas que luego se dirá, …