Sentencia Penal Nº 324/20...re de 2009

Última revisión
21/12/2009

Sentencia Penal Nº 324/2009, Audiencia Provincial de Toledo, Rec 300/2009 de 21 de Diciembre de 2009

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 5 min

Orden: Penal

Fecha: 21 de Diciembre de 2009

Tribunal: AP - Toledo

Ponente: GUTIERREZ SANCHEZ, JUAN VICENTE

Nº de sentencia: 324/2009

Resumen:
PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO00324/2009

Rollo Núm. ................. 300/2009.-

Juzg. Instruc. Núm. 4 de Illescas.-

D. Previas Núm. ............. 688/07.-

A U T O NUM. 324

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUÁREZ SÁNCHEZ

Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Toledo, a veintiuno de diciembre de dos mil nueve.

La SECCIÓN PRIMERA de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, ha dictado el siguiente

A U T O

Visto el presente recurso de apelación, rollo de la Sección núm. 300 de 2009, contra la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Illescas, en Diligencias Previas núm. 688/07, que se siguen por un delitos de tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a los funcionarios, malversación de caudales públicos, cohecho, exacciones ilegales, contra la ordenación del territorio, medioambientales, estafa, prevaricación administrativa, alteración del precio en concursos y subastas, y contra la Hacienda Pública Pública, figurando como apelante COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS, representados por el Procurador de los Tribunales Sra. Gómez Conde, y defendido por el Letrado Sr. Sancho Querol; y como apelados Gabriel defendido por el Letrado Sr. Toledo Martín; Jon , Mariano , Ovidio Y Carina , representados por la Procuradora Sra. Dorrego Rodríguez y defendidos por el Letrado Sr. Sánchez Vila.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Presidente D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO, que expresa el parecer de la Sección, y son,

Antecedentes

PRIMERO: En el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Illescas se siguen diligencias, por querella en virtud de los delitos arriba enunciados, en las que, con fecha 27 de enero de 2009, se dictó auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la presente causa; y resolución que fue notificada a las partes, lo que motivó que por la querellante se interpusiera recurso de reforma y subsidiario de apelación, del que se dio traslado al Ministerio Fiscal y a los querellados, que impugnaron el recurso y la solicitaron la confirmación de la resolución recurrida; dictándose nueva resolución el 5 de agosto de 2009, que confirmaba la anterior y contra la que fue interpuesto recurso de apelación.-

SEGUNDO: Admitido a trámite el recurso de apelación, se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando vistos para deliberación y resolución.-

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO00324/2009

Rollo Núm. ................. 300/2009.-

Juzg. Instruc. Núm. 4 de Illescas.-

D. Previas Núm. ............. 688/07.-

A U T O NUM. 324

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUÁREZ SÁNCHEZ

Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Toledo, a veintiuno de diciembre de dos mil nueve.

La SECCIÓN PRIMERA de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, ha dictado el siguiente

A U T O

Visto el presente recurso de apelación, rollo de la Sección núm. 300 de 2009, contra la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Illescas, en Diligencias Previas núm. 688/07, que se siguen por un delitos de tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a los funcionarios, malversación de caudales públicos, cohecho, exacciones ilegales, contra la ordenación del territorio, medioambientales, estafa, prevaricación administrativa, alteración del precio en concursos y subastas, y contra la Hacienda Pública Pública, figurando como apelante COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS, representados por el Procurador de los Tribunales Sra. Gómez Conde, y defendido por el Letrado Sr. Sancho Querol; y como apelados Gabriel defendido por el Letrado Sr. Toledo Martín; Jon , Mariano , Ovidio Y Carina , representados por la Procuradora Sra. Dorrego Rodríguez y defendidos por el Letrado Sr. Sánchez Vila.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Presidente D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO, que expresa el parecer de la Sección, y son,

PRIMERO: En el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Illescas se siguen diligencias, por querella en virtud de los delitos arriba enunciados, en las que, con fecha 27 de enero de 2009, se dictó auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la presente causa; y resolución que fue notificada a las partes, lo que motivó que por la querellante se interpusiera recurso de reforma y subsidiario de apelación, del que se dio traslado al Ministerio Fiscal y a los querellados, que impugnaron el recurso y la solicitaron la confirmación de la resolución recurrida; dictándose nueva resolución el 5 de agosto de 2009, que confirmaba la anterior y contra la que fue interpuesto recurso de apelación.-

SEGUNDO: Admitido a trámite el recurso de apelación, se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando vistos para deliberación y resolución.-

La Sala ACUERDA: Desestimar el recurso de apelación que ha sido interpuesto por la representación de COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS, contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Illescas, con fecha 27 de enero de 2009 , el que se ratifica en todos sus extremos, así como cuantas resoluciones del mismo traen causa.

Lo mandaron y firman el Sr. Presidente y Magistrados del margen. Doy fe.

PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Fallo

La Sala ACUERDA: Desestimar el recurso de apelación que ha sido interpuesto por la representación de COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS, contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Illescas, con fecha 27 de enero de 2009 , el que se ratifica en todos sus extremos, así como cuantas resoluciones del mismo traen causa.

Lo mandaron y firman el Sr. Presidente y Magistrados del margen. Doy fe.

PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.