Última revisión
14/04/2008
Sentencia Penal Nº 332/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 88/2008 de 14 de Abril de 2008
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Orden: Penal
Fecha: 14 de Abril de 2008
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: MAGALDI PATERNOSTRO, MARIA JOSE
Nº de sentencia: 332/2008
Encabezamiento
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCION SEGUNDA
Rollo de Apelación nº AP88/08MM
Proceso Abreviado nº 193/07
Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar
Ilmo. Sr. Presidente
D. Pedro Martín García
Ilmos. Srs. Magistrados
D. Javier Arzúa Arrugaeta
Dª María José Magaldi Paternostro
En la ciudad de Barcelona a catorce de abril de dos mil ocho
En nombre de S. M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Proceso Abreviado nº 193/07 , Rollo de Apelación nº AP88/08 sobre delitos de hurto de uso de vehículo de motor procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar , en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Marcelino representado por el Procurador Sr Prat Soler, en virtud del recurso de apelación interpuesto por dicho acusado contra la sentencia dictada a 6 de febrero de 2008 por el Sr. Juez del expresado Juzgado .
El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal quien solicitó la confirmación de la sentencia objeto de apelación.
Ha sido Magistrado Ponente S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes
PRIMERO.- En fecha 6 de febrero de 2008 y por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar se dictó sentencia en el Proceso Abreviado nº 193/07 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Apelada fue la sentencia por la representación procesal del acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a esta Sección teniendo entrada en la misma el día 9 de abril de 2008 , habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.
TERCERO.- Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada
Fundamentos
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCION SEGUNDA
Rollo de Apelación nº AP88/08MM
Proceso Abreviado nº 193/07
Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar
Ilmo. Sr. Presidente
D. Pedro Martín García
Ilmos. Srs. Magistrados
D. Javier Arzúa Arrugaeta
Dª María José Magaldi Paternostro
En la ciudad de Barcelona a catorce de abril de dos mil ocho
En nombre de S. M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Proceso Abreviado nº 193/07 , Rollo de Apelación nº AP88/08 sobre delitos de hurto de uso de vehículo de motor procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar , en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Marcelino representado por el Procurador Sr Prat Soler, en virtud del recurso de apelación interpuesto por dicho acusado contra la sentencia dictada a 6 de febrero de 2008 por el Sr. Juez del expresado Juzgado .
El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal quien solicitó la confirmación de la sentencia objeto de apelación.
Ha sido Magistrado Ponente S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.
PRIMERO.- En fecha 6 de febrero de 2008 y por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar se dictó sentencia en el Proceso Abreviado nº 193/07 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Apelada fue la sentencia por la representación procesal del acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a esta Sección teniendo entrada en la misma el día 9 de abril de 2008 , habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.
TERCERO.- Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada
Que con desestimación p del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sr Prat Soler , en nombre y representación de Marcelino contra la sentencia dictada a 6 de febrero de 2008 por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar en el Procedimiento Abreviado nº 193/07 debemos confirmar y confirmamos integramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia , declarando de oficio las costas procesales del recurso.
.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por la Ilma Sra Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia publica. DOY FE.
Fallo
Que con desestimación p del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sr Prat Soler , en nombre y representación de Marcelino contra la sentencia dictada a 6 de febrero de 2008 por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar en el Procedimiento Abreviado nº 193/07 debemos confirmar y confirmamos integramente y en todos sus pronunciamientos dicha sentencia , declarando de oficio las costas procesales del recurso.
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Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por la Ilma Sra Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia publica. DOY FE.
