Última revisión
26/09/2007
Sentencia Penal Nº 336/2007, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 480/2006 de 26 de Septiembre de 2007
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Orden: Penal
Fecha: 26 de Septiembre de 2007
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: BERENGUA MOSQUERA, ANTONIO
Nº de sentencia: 336/2007
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00336/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: 0000480 /2006 (ACUMULADO RT. 159/07)P
Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CAMBADOS
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000025 /2004
AUTO
En PONTEVEDRA, a veintiseis de Septiembre de dos mil siete.
Antecedentes
PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cambados el 18-11-06 el auto cuya parte dispositiva expresa: "Continúese la tramitación de las presentes diligencias por los trámites del Procedimiento Abreviado, registrándose como tal, por si los hechos imputados a Dª Covadonga fueren constitutivos de un presunto delito de prevaricación, previsto y penado en el art. 404 del CP , y los hechos imputados a d. Everardo fueren constitutivos de un presunto delito de intrusismo, previsto y penado en el art. 403 del CP , a cuyo efecto ese traslado al Ministerio Fiscal, y, en su caso, a las acusaciones particulares personadas, a fin de que en el plazo común de 10 días formules escrito de acusación, solicitando la apertura del juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación. Se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de la causa, respecto a D. Francisco , D. Geronimo , Dª Evangelina y D. Hugo ".
SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por Everardo y Covadonga se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00336/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: 0000480 /2006 (ACUMULADO RT. 159/07)P
Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CAMBADOS
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000025 /2004
AUTO
En PONTEVEDRA, a veintiseis de Septiembre de dos mil siete.
PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cambados el 18-11-06 el auto cuya parte dispositiva expresa: "Continúese la tramitación de las presentes diligencias por los trámites del Procedimiento Abreviado, registrándose como tal, por si los hechos imputados a Dª Covadonga fueren constitutivos de un presunto delito de prevaricación, previsto y penado en el art. 404 del CP , y los hechos imputados a d. Everardo fueren constitutivos de un presunto delito de intrusismo, previsto y penado en el art. 403 del CP , a cuyo efecto ese traslado al Ministerio Fiscal, y, en su caso, a las acusaciones particulares personadas, a fin de que en el plazo común de 10 días formules escrito de acusación, solicitando la apertura del juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación. Se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de la causa, respecto a D. Francisco , D. Geronimo , Dª Evangelina y D. Hugo ".
SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por Everardo y Covadonga se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.
Se estiman los recursos de apelación y se revocan los autos de 31 de Julio de 2006 que denegaron la reforma del auto de 18 de Noviembre de 2006 que tambien se revoca, dictados por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cambados en diligencias previas nº 25/2004 a los que se contraen los presentes Rollos acumulados números 480/2006 y 159/2007 y en consecuencia se acuerda el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones por no ser constitutivos de delito los hechos imputados, respectivamente, a Covadonga y a Everardo .
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.
Devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia con testimonio de esta resolución, para cumplimiento de lo acordado, archivándose el rollo.
Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA y D. NÉLIDA CID GUEDE.
Fallo
Se estiman los recursos de apelación y se revocan los autos de 31 de Julio de 2006 que denegaron la reforma del auto de 18 de Noviembre de 2006 que tambien se revoca, dictados por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cambados en diligencias previas nº 25/2004 a los que se contraen los presentes Rollos acumulados números 480/2006 y 159/2007 y en consecuencia se acuerda el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones por no ser constitutivos de delito los hechos imputados, respectivamente, a Covadonga y a Everardo .
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.
Devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia con testimonio de esta resolución, para cumplimiento de lo acordado, archivándose el rollo.
Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA y D. NÉLIDA CID GUEDE.
