Sentencia Penal Nº 336/20...re de 2007

Última revisión
26/09/2007

Sentencia Penal Nº 336/2007, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 480/2006 de 26 de Septiembre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 26 de Septiembre de 2007

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: BERENGUA MOSQUERA, ANTONIO

Nº de sentencia: 336/2007

Resumen:
PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

AUTO: 00336/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección nº 004

Rollo: 0000480 /2006 (ACUMULADO RT. 159/07)P

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CAMBADOS

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000025 /2004

AUTO

En PONTEVEDRA, a veintiseis de Septiembre de dos mil siete.

Antecedentes

PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cambados el 18-11-06 el auto cuya parte dispositiva expresa: "Continúese la tramitación de las presentes diligencias por los trámites del Procedimiento Abreviado, registrándose como tal, por si los hechos imputados a Dª Covadonga fueren constitutivos de un presunto delito de prevaricación, previsto y penado en el art. 404 del CP , y los hechos imputados a d. Everardo fueren constitutivos de un presunto delito de intrusismo, previsto y penado en el art. 403 del CP , a cuyo efecto ese traslado al Ministerio Fiscal, y, en su caso, a las acusaciones particulares personadas, a fin de que en el plazo común de 10 días formules escrito de acusación, solicitando la apertura del juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación. Se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de la causa, respecto a D. Francisco , D. Geronimo , Dª Evangelina y D. Hugo ".

SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por Everardo y Covadonga se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

AUTO: 00336/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección nº 004

Rollo: 0000480 /2006 (ACUMULADO RT. 159/07)P

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CAMBADOS

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000025 /2004

AUTO

En PONTEVEDRA, a veintiseis de Septiembre de dos mil siete.

PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cambados el 18-11-06 el auto cuya parte dispositiva expresa: "Continúese la tramitación de las presentes diligencias por los trámites del Procedimiento Abreviado, registrándose como tal, por si los hechos imputados a Dª Covadonga fueren constitutivos de un presunto delito de prevaricación, previsto y penado en el art. 404 del CP , y los hechos imputados a d. Everardo fueren constitutivos de un presunto delito de intrusismo, previsto y penado en el art. 403 del CP , a cuyo efecto ese traslado al Ministerio Fiscal, y, en su caso, a las acusaciones particulares personadas, a fin de que en el plazo común de 10 días formules escrito de acusación, solicitando la apertura del juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación. Se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de la causa, respecto a D. Francisco , D. Geronimo , Dª Evangelina y D. Hugo ".

SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por Everardo y Covadonga se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

Se estiman los recursos de apelación y se revocan los autos de 31 de Julio de 2006 que denegaron la reforma del auto de 18 de Noviembre de 2006 que tambien se revoca, dictados por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cambados en diligencias previas nº 25/2004 a los que se contraen los presentes Rollos acumulados números 480/2006 y 159/2007 y en consecuencia se acuerda el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones por no ser constitutivos de delito los hechos imputados, respectivamente, a Covadonga y a Everardo .

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia con testimonio de esta resolución, para cumplimiento de lo acordado, archivándose el rollo.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA y D. NÉLIDA CID GUEDE.

Fallo

Se estiman los recursos de apelación y se revocan los autos de 31 de Julio de 2006 que denegaron la reforma del auto de 18 de Noviembre de 2006 que tambien se revoca, dictados por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cambados en diligencias previas nº 25/2004 a los que se contraen los presentes Rollos acumulados números 480/2006 y 159/2007 y en consecuencia se acuerda el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones por no ser constitutivos de delito los hechos imputados, respectivamente, a Covadonga y a Everardo .

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia con testimonio de esta resolución, para cumplimiento de lo acordado, archivándose el rollo.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA y D. NÉLIDA CID GUEDE.

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