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Sentencia Penal Nº 346, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 150 de 11 de Diciembre de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 11 de Diciembre de 2000
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: OTERO SEIVANE, JOSEFA
Nº de sentencia: 346
Resumen
JUICIO DE FALTAS SOBRE AMENAZAS
Está probado que cuando los denunciantes se encontraban
aparcados en la parada de taxis vieron pasar a un compañero con el que habían
tenido un enfrentamiento a causa de un viaje, por lo que lo siguieron para
hablar con él, a lo que él responde embistiéndolos con su taxi, media hora más
tarde, el denunciado amenazó con un palo a los demás taxistas, por todo ello se
le condena por dos faltas de amenazas. Aduciendo en la apelación error en la
apreciación de la prueba basado en contradicciones del juicio y en la
documental.
Ninguna de las alegaciones es admisible. Ni siquiera se
dice en el recurso en que consistieron las supuestas contradicciones y ninguna
se recoge en el acta autorizada por el Secretario del juzgado. En cuánto a la
documental, el contenido del acta notarial no es admisible como prueba porque
no se practicó la declaración con arreglo a los principios de inmediación y
contradicción, al no haber sido propuesto el declarante como testigo.
Voces
Amenazas
Valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Autor responsable
Error en la valoración de la prueba
Fundamentos
La Ilma. Sra. Dña. Josefa. Otero Seivane, Magistrada de la Audiencia Provincial de Ourense, a quien por turno ha correspondido el conocimiento del juicio de faltas que luego se dirá, …
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