Última revisión
21/04/2008
Sentencia Penal Nº 347/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 89/2008 de 21 de Abril de 2008
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Orden: Penal
Fecha: 21 de Abril de 2008
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: MAGALDI PATERNOSTRO, MARIA JOSE
Nº de sentencia: 347/2008
Encabezamiento
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Segunda
Rollo de Apelación nº APR89/08
Proceso Abreviado nº 401/06
Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona
Ilmo Sr Presidente
D. Pedro Martín García
Ilmos Srs Magistrados
D. Javier Arzua Arrugaeta
D. María José Magaldi Paternostro
En la ciudad Barcelona a veintiuno de abril de dos mil ocho
En nombre deS.M el Rey, la Seccion Segunda ha visto en grado de Apelación el Proceso Abreviado nº 401/06, Rollo de
Apelación nº AP89/08 sobre delito de estafa y delito de amenazas procedente del Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona,
habiendo sido partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Eloy ,
representado por el Procurador Sra Moleres Muruzabal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el referido acusado
contra la sentencia dictada en el mismo por la Ilma Sra Juez del expresado Juzgado a 13 de febrero de 2008.
Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro quien expresa el parecer del
Tribunal.
Antecedentes
PRIMERO.- En fecha 13 de febrero de 2008 y por el Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado nº 401/06 que contiene el fallo que aquí se da por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Apelada fue la sentencia por el acusado y previos los trámites legales, se remitieron los autos a esta Sección, teniendo entrada en la misma a 10 de abril de 2008 , habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.
TERCERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada hecha excepción de la siguiente expresión "en ejecución de un plan preconcebido y " que se sustituye por la siguiente " aseguró a Rafael, que le había sido presentado por un conocido de ambos."
Fundamentos
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Segunda
Rollo de Apelación nº APR89/08
Proceso Abreviado nº 401/06
Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona
Ilmo Sr Presidente
D. Pedro Martín García
Ilmos Srs Magistrados
D. Javier Arzua Arrugaeta
D. María José Magaldi Paternostro
En la ciudad Barcelona a veintiuno de abril de dos mil ocho
En nombre deS.M el Rey, la Seccion Segunda ha visto en grado de Apelación el Proceso Abreviado nº 401/06, Rollo de
Apelación nº AP89/08 sobre delito de estafa y delito de amenazas procedente del Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona,
habiendo sido partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Eloy ,
representado por el Procurador Sra Moleres Muruzabal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el referido acusado
contra la sentencia dictada en el mismo por la Ilma Sra Juez del expresado Juzgado a 13 de febrero de 2008.
Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro quien expresa el parecer del
Tribunal.
PRIMERO.- En fecha 13 de febrero de 2008 y por el Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado nº 401/06 que contiene el fallo que aquí se da por razones de economía procesal.
SEGUNDO.- Apelada fue la sentencia por el acusado y previos los trámites legales, se remitieron los autos a esta Sección, teniendo entrada en la misma a 10 de abril de 2008 , habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.
TERCERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada hecha excepción de la siguiente expresión "en ejecución de un plan preconcebido y " que se sustituye por la siguiente " aseguró a Rafael, que le había sido presentado por un conocido de ambos."
Que con estimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sra Moleras Muruzabal, en nombre y representación de Eloy contra la sentencia dictada a 13 de febrero de 2008 por el Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona en la causa Procedimiento Abreviado nº 401/06, debemos revocar y revocamos parcialmente dicha sentencia y, consecuentemente, ABSOLVEMOS LIBREMENTE a Eloy del delito de estafa del que venía acusado declarando de oficio las costas procesales de la primera instancia y las del recurso.
Asi por esta nuestra sentencia de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará personalmente a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos
PUBLICACION.- Leida y publicada fue la anterior sentencia en el dia de su feca por la Ilma Sra Magistrada Ponente, hallandose celebrando audiencia publica. DOY FE.
Fallo
Que con estimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sra Moleras Muruzabal, en nombre y representación de Eloy contra la sentencia dictada a 13 de febrero de 2008 por el Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona en la causa Procedimiento Abreviado nº 401/06, debemos revocar y revocamos parcialmente dicha sentencia y, consecuentemente, ABSOLVEMOS LIBREMENTE a Eloy del delito de estafa del que venía acusado declarando de oficio las costas procesales de la primera instancia y las del recurso.
Asi por esta nuestra sentencia de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará personalmente a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos
PUBLICACION.- Leida y publicada fue la anterior sentencia en el dia de su feca por la Ilma Sra Magistrada Ponente, hallandose celebrando audiencia publica. DOY FE.

