Sentencia Penal Nº 349/20...yo de 2008

Última revisión
27/05/2008

Sentencia Penal Nº 349/2008, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 401/2007 de 27 de Mayo de 2008

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Relacionados:

Tiempo de lectura: 3 min

Orden: Penal

Fecha: 27 de Mayo de 2008

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: NAVARES VILLAR, MARIA CRISTINA

Nº de sentencia: 349/2008

Resumen:
TRÁFICO DE DROGAS CUALIFICADO

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

AUTO: 00349/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

SECCIÓN CUARTA

Rollo Nº: RT 401/07-S

Órgano: Juzgado de Instrucción Nº 1 de Villagarcía de Arosa

Procedimiento Origen: Sumario Nº 2/06

AUTO

En Pontevedra, a veintisiete de mayo de dos mil ocho.

Antecedentes

PRIMERO: En la causa de referencia, por el Juzgado de Instrucción Nº 1 de Villagarcía de Arosa, se dictó auto con fecha 19 de junio de 2007 , resolviendo un recurso de reforma, cuya Parte Dispositiva determina "No ha lugar a la reforma del auto de procesamiento de Segundo de fecha 6 de junio de 2007"

SEGUNDO: Notificada la anterior resolución, por la representación procesal de Segundo , se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

AUTO: 00349/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

SECCIÓN CUARTA

Rollo Nº: RT 401/07-S

Órgano: Juzgado de Instrucción Nº 1 de Villagarcía de Arosa

Procedimiento Origen: Sumario Nº 2/06

AUTO

En Pontevedra, a veintisiete de mayo de dos mil ocho.

PRIMERO: En la causa de referencia, por el Juzgado de Instrucción Nº 1 de Villagarcía de Arosa, se dictó auto con fecha 19 de junio de 2007 , resolviendo un recurso de reforma, cuya Parte Dispositiva determina "No ha lugar a la reforma del auto de procesamiento de Segundo de fecha 6 de junio de 2007"

SEGUNDO: Notificada la anterior resolución, por la representación procesal de Segundo , se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Sra. García Romarís en nombre y representación de Segundo , contra el auto de fecha 6 de junio de 2007 del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Villagarcía de Arosa , que se confirma íntegramente, declarando de oficio las costas del recurso.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia con testimonio de esta resolución, para cumplimiento de lo acordado, archivándose el rollo.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), Dª. NÉLIDA CID GUEDE y Dª CRISTINA NAVARES VILLAR (Ponente).

Fallo

Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Sra. García Romarís en nombre y representación de Segundo , contra el auto de fecha 6 de junio de 2007 del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Villagarcía de Arosa , que se confirma íntegramente, declarando de oficio las costas del recurso.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia con testimonio de esta resolución, para cumplimiento de lo acordado, archivándose el rollo.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), Dª. NÉLIDA CID GUEDE y Dª CRISTINA NAVARES VILLAR (Ponente).

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.