Sentencia Penal Nº 35/2007, Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección 4, Rec 29/2006 de 17 de Julio de 2007
- Orden: Penal
- Fecha: 17 de Julio de 2007
- Tribunal: Audiencia Nacional
- Ponente: Martel Rivero, Juan Francisco
- Núm. Sentencia: 35/2007
- Núm. Recurso: 29/2006
- Núm. Cendoj: 28079220042007100045
- Núm. Ecli: ES:AN:2007:6240
Se dicta sentencia condenatoria por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, sobre delito contra la salud pública y falsedad en documento oficial. Se determina que existe plena adecuación a la legalidad constitucional y ordinaria de las medidas limitativas de derechos, consistentes en escuchas telefónicas, adoptadas por el órgano instructor en el procedimiento judicial, puesto que se acuerdan una vez que la Policía ofrece explicaciones razonadas y razonables de los motivos que la justifican. Los indicios de posible comisión de un delito de tráfico de estupefacientes resultaban creíbles, lógicos y congruentes con la investigación desarrollada, adoptando el instructor un juicio de ponderación proporcionado y fundamentado. El juicio valorativo de oportunidad hace descartar que se trataran de peticiones de escuchas prospectivas, ante las fundadas sospechas basadas en datos objetivos expuestos por funcionarios policiales carentes de ánimo espúreo. Las actuaciones de comprobación se acompañan de resúmenes y transcripciones de las conversaciones telefónicas de más interés, siendo remitidas al Juzgado de Instrucción las cintas donde se recogían, correspondiéndose con los movimientos de los implicados detectados por la Policía, e incluso dándose los interlocutores datos acerca de la identidad de quienes conversaban.
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