Última revisión
03/06/2008
Sentencia Penal Nº 351/2008, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 278/2008 de 03 de Junio de 2008
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Orden: Penal
Fecha: 03 de Junio de 2008
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: BERENGUA MOSQUERA, ANTONIO
Nº de sentencia: 351/2008
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00351/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: RT 0000278 /2008 -P
Órgano Procedencia: JDO. DE INSTRUCCION N. 1 de PONTEVEDRA
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000727 /2008
AUTO
En PONTEVEDRA, a tres de Junio de dos mil ocho.
Antecedentes
PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción num. 1 de Pontevedra el 07.04.09 el auto cuya parte dispositiva expresa: "Se ratifica la prisión provisional, comunicada y sin fianza, de D. Miguel , como presunto responsable de un delito de robo con fuerza y un delito de robo en casa habitada, a disposición del Juzgado de Instrucción num. uno de esta localidad".
SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por Miguel se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00351/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: RT 0000278 /2008 -P
Órgano Procedencia: JDO. DE INSTRUCCION N. 1 de PONTEVEDRA
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000727 /2008
AUTO
En PONTEVEDRA, a tres de Junio de dos mil ocho.
PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción num. 1 de Pontevedra el 07.04.09 el auto cuya parte dispositiva expresa: "Se ratifica la prisión provisional, comunicada y sin fianza, de D. Miguel , como presunto responsable de un delito de robo con fuerza y un delito de robo en casa habitada, a disposición del Juzgado de Instrucción num. uno de esta localidad".
SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por Miguel se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.
LA SALA ACUERDA.- Se desestima el recurso de apelación y se confirma el auto dictado el 7 de Abril de 2008 por el Juzgado de Instrucción nº1 de Pontevedra en diligencias previas nº 727/2008 a las que se contrae el presente Rollo de Apelación nº 278/2008.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.
Remítase al Juzgado de procedencia testimonio de esta resolución, para cumplimiento de lo acordado, archivándose el rollo.
Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente-Ponente), Dª. NÉLIDA CID GUEDE y Dª. CRISTINA NAVARES VILLAR.
Fallo
LA SALA ACUERDA.- Se desestima el recurso de apelación y se confirma el auto dictado el 7 de Abril de 2008 por el Juzgado de Instrucción nº1 de Pontevedra en diligencias previas nº 727/2008 a las que se contrae el presente Rollo de Apelación nº 278/2008.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.
Remítase al Juzgado de procedencia testimonio de esta resolución, para cumplimiento de lo acordado, archivándose el rollo.
Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente-Ponente), Dª. NÉLIDA CID GUEDE y Dª. CRISTINA NAVARES VILLAR.
