Sentencia Penal Nº 361/20...yo de 2008

Última revisión
14/05/2008

Sentencia Penal Nº 361/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 206/2007 de 14 de Mayo de 2008

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Orden: Penal

Fecha: 14 de Mayo de 2008

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: MORALES LIMIA, AUGUSTO

Nº de sentencia: 361/2008


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Quinta

ROLLO número: 206/2007 - CH

PROCEDIMIENTO ABREVIADO número: 279/2007

JUZGADO DE LO PENAL número 1 de Manresa

SENTENCIA número:

Iltmos. Srs.:

Presidente: Dª Elena Guindulain Oliveras

Magistrados:

D. Augusto Morales Limia

D. José María Assalit Vives

En la ciudad de Barcelona, a catorce de mayo del año dos mil ocho.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el procedimiento arriba indicado

procedente del Juzgado de lo Penal también reseñado, por delito de contra la seguridad del tráfico y de quebrantamiento de

condena que pende ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por el Procurador/a Sra. Bofias Alberch en

nombre y representación de Jose Augusto contra la sentencia dictada en los mismos el día 9 de julio de 2007 por el

Iltmo/a. Sr/Sra. Magistrado/a de dicho juzgado.

Ha sido ponente don Augusto Morales Limia, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes

Primero.- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- La parte dispositiva de la sentencia apelada condena al acusado recurrente como autor de un delito contra la seguridad del tráfico y otro de quebrantamiento de condena.

Tercero.- Admitido el recurso, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Quinta

ROLLO número: 206/2007 - CH

PROCEDIMIENTO ABREVIADO número: 279/2007

JUZGADO DE LO PENAL número 1 de Manresa

SENTENCIA número:

Iltmos. Srs.:

Presidente: Dª Elena Guindulain Oliveras

Magistrados:

D. Augusto Morales Limia

D. José María Assalit Vives

En la ciudad de Barcelona, a catorce de mayo del año dos mil ocho.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el procedimiento arriba indicado

procedente del Juzgado de lo Penal también reseñado, por delito de contra la seguridad del tráfico y de quebrantamiento de

condena que pende ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por el Procurador/a Sra. Bofias Alberch en

nombre y representación de Jose Augusto contra la sentencia dictada en los mismos el día 9 de julio de 2007 por el

Iltmo/a. Sr/Sra. Magistrado/a de dicho juzgado.

Ha sido ponente don Augusto Morales Limia, que expresa el parecer de la Sala.

Primero.- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- La parte dispositiva de la sentencia apelada condena al acusado recurrente como autor de un delito contra la seguridad del tráfico y otro de quebrantamiento de condena.

Tercero.- Admitido el recurso, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

Que con estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Jose Augusto contra la sentencia de fecha 9 de julio de 2007 dictada en el curso del procedimiento abreviado número 279/2007 del Juzgado de lo Penal número 1 de Manresa, debemos REVOCAR Y REVOCAMOS parcialmente el fallo de aquélla en el único sentido de dejar la cuota diaria de cada una de las multas impuestas en la cantidad de tres euros. En todo lo demás, se confirma la sentencia apelada.

Se declaran de oficio las costas de esta alzada.

Notifíquese en debida forma a las partes la presente sentencia.

Llévese el original al legajo correspondiente haciendo las anotaciones oportunas en los libros de este Tribunal.

Devuélvanse las actuaciones originales al Juzgado de procedencia acompañadas de testimonio literal de la presente resolución a los efectos legales oportunos, de lo que se recabará acuse de recibo para constancia en el Rollo de Sala.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. ..

Fallo

Que con estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Jose Augusto contra la sentencia de fecha 9 de julio de 2007 dictada en el curso del procedimiento abreviado número 279/2007 del Juzgado de lo Penal número 1 de Manresa, debemos REVOCAR Y REVOCAMOS parcialmente el fallo de aquélla en el único sentido de dejar la cuota diaria de cada una de las multas impuestas en la cantidad de tres euros. En todo lo demás, se confirma la sentencia apelada.

Se declaran de oficio las costas de esta alzada.

Notifíquese en debida forma a las partes la presente sentencia.

Llévese el original al legajo correspondiente haciendo las anotaciones oportunas en los libros de este Tribunal.

Devuélvanse las actuaciones originales al Juzgado de procedencia acompañadas de testimonio literal de la presente resolución a los efectos legales oportunos, de lo que se recabará acuse de recibo para constancia en el Rollo de Sala.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. ..

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