Sentencia Penal Nº 366/20...yo de 2008

Última revisión
26/05/2008

Sentencia Penal Nº 366/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 210/2007 de 26 de Mayo de 2008

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Tiempo de lectura: 5 min

Orden: Penal

Fecha: 26 de Mayo de 2008

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: MORALES LIMIA, AUGUSTO

Nº de sentencia: 366/2008


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Quinta

ROLLO número: 210/2007-J, rápido

PROCEDIMIENTO ABREVIADO número: 352/2007

JUZGADO DE LO PENAL número 14 de Barcelona

SENTENCIA número:

Iltmos. Srs.:

Presidente: Dª Elena Guindulain Oliveras

Magistrados:

D. Augusto Morales Limia

D. José María Assalit Vives

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de mayo del año dos mil ocho.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el procedimiento arriba indicado

procedente del Juzgado de lo Penal también reseñado por delito intentado de robo con intimidación, que pende ante esta Sala en

virtud de recurso de apelación interpuesto por el Procurador/a Sr. De Lara Cidoncha en nombre y representación de Bartolomé contra la sentencia dictada en los mismos el día 31 de julio de 2007 por el Iltmo/a. Sr/Sra. Magistrado/a de dicho juzgado.

Ha sido ponente don Augusto Morales Limia, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes

Primero.- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- La parte dispositiva de la sentencia apelada condena al acusado recurrente como autor de un delito intentado de robo con intimidación, concurriendo la atenuante de drogadicción, a la pena de once meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas.

Tercero.- Admitido el recurso, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Quinta

ROLLO número: 210/2007-J, rápido

PROCEDIMIENTO ABREVIADO número: 352/2007

JUZGADO DE LO PENAL número 14 de Barcelona

SENTENCIA número:

Iltmos. Srs.:

Presidente: Dª Elena Guindulain Oliveras

Magistrados:

D. Augusto Morales Limia

D. José María Assalit Vives

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de mayo del año dos mil ocho.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el procedimiento arriba indicado

procedente del Juzgado de lo Penal también reseñado por delito intentado de robo con intimidación, que pende ante esta Sala en

virtud de recurso de apelación interpuesto por el Procurador/a Sr. De Lara Cidoncha en nombre y representación de Bartolomé contra la sentencia dictada en los mismos el día 31 de julio de 2007 por el Iltmo/a. Sr/Sra. Magistrado/a de dicho juzgado.

Ha sido ponente don Augusto Morales Limia, que expresa el parecer de la Sala.

Primero.- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- La parte dispositiva de la sentencia apelada condena al acusado recurrente como autor de un delito intentado de robo con intimidación, concurriendo la atenuante de drogadicción, a la pena de once meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas.

Tercero.- Admitido el recurso, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

Que con estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Bartolomé contra la sentencia de fecha de 31 de julio de 2007 dictada en el curso del procedimiento abreviado número 352/2007 del Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona, debemos REVOCAR Y REVOCAMOS parcialmente el fallo de aquélla en el único sentido de fijar definitivamente una pena privativa de libertad en CUATRO MESES Y DIEZ DÍAS DE PRISIÓN por apreciarse la tentativa inacabada junto a una atenuante y el tipo privilegiado de robo con intimidación. En todo lo demás, se confirma la sentencia apelada.

Se declaran de oficio las costas de esta alzada.

Notifíquese en debida forma a las partes la presente sentencia.

Llévese el original al legajo correspondiente haciendo las anotaciones oportunas en los libros de este Tribunal.

Devuélvanse las actuaciones originales al Juzgado de procedencia acompañadas de testimonio literal de la presente resolución a los efectos legales oportunos, de lo que se recabará acuse de recibo para constancia en el Rollo de Sala.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. ..

Fallo

Que con estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Bartolomé contra la sentencia de fecha de 31 de julio de 2007 dictada en el curso del procedimiento abreviado número 352/2007 del Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona, debemos REVOCAR Y REVOCAMOS parcialmente el fallo de aquélla en el único sentido de fijar definitivamente una pena privativa de libertad en CUATRO MESES Y DIEZ DÍAS DE PRISIÓN por apreciarse la tentativa inacabada junto a una atenuante y el tipo privilegiado de robo con intimidación. En todo lo demás, se confirma la sentencia apelada.

Se declaran de oficio las costas de esta alzada.

Notifíquese en debida forma a las partes la presente sentencia.

Llévese el original al legajo correspondiente haciendo las anotaciones oportunas en los libros de este Tribunal.

Devuélvanse las actuaciones originales al Juzgado de procedencia acompañadas de testimonio literal de la presente resolución a los efectos legales oportunos, de lo que se recabará acuse de recibo para constancia en el Rollo de Sala.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. ..

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