Sentencia Penal Nº 386/20...re de 2007

Última revisión
22/10/2007

Sentencia Penal Nº 386/2007, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 268/2007 de 22 de Octubre de 2007

Tiempo de lectura: 4 min

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Relacionados:

Orden: Penal

Fecha: 22 de Octubre de 2007

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: BERENGUA MOSQUERA, ANTONIO

Nº de sentencia: 386/2007

Resumen
DELITO SIN ESPECIFICAR

Voces

Diligencias previas

Delito contra la Seguridad Vial

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

AUTO: 00386/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección nº 004

Rollo: RT 268/07-P.

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de VILLAGARCIA DE AROSA

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000722 /2006

AUTO

En PONTEVEDRA, a veintidos de Octubre de dos mil siete.

Antecedentes

PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Villagarcía de Arosa el veintidos de Diciembre de dos mil seis el auto cuya parte dispositiva expresa: "Continúese la tramitación de las presentes diligencia previas por los trámites del procedimiento abreviado nº 41/06, por si los hechos imputados a Hilario fuesen constitutivos de un presunto delito Contra la Seguridad del Tráfico, a cuyo efecto dése traslado al Ministerio Fiscal y en su caso, a las acusaciones particulares personadas, a fin de que en el plazo común de diez días, formulen escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral en la forma prescrita por la Ley o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación".

SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por la representación de Hilario se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

AUTO: 00386/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección nº 004

Rollo: RT 268/07-P.

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de VILLAGARCIA DE AROSA

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000722 /2006

AUTO

En PONTEVEDRA, a veintidos de Octubre de dos mil siete.

PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Villagarcía de Arosa el veintidos de Diciembre de dos mil seis el auto cuya parte dispositiva expresa: "Continúese la tramitación de las presentes diligencia previas por los trámites del procedimiento abreviado nº 41/06, por si los hechos imputados a Hilario fuesen constitutivos de un presunto delito Contra la Seguridad del Tráfico, a cuyo efecto dése traslado al Ministerio Fiscal y en su caso, a las acusaciones particulares personadas, a fin de que en el plazo común de diez días, formulen escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral en la forma prescrita por la Ley o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación".

SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por la representación de Hilario se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

Se desestima el recurso de apelación y se confirma el auto dictado el 22 de Diciembre de 2006 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Vilagarcía de Arousa en diligencias previas nº 722/2006 a las que se contrae el presente Rollo de Apelación nº 268/2007.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), que ha sido designado Ponente, D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA y D. NÉLIDA CID GUEDE.

Fallo

Se desestima el recurso de apelación y se confirma el auto dictado el 22 de Diciembre de 2006 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Vilagarcía de Arousa en diligencias previas nº 722/2006 a las que se contrae el presente Rollo de Apelación nº 268/2007.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), que ha sido designado Ponente, D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA y D. NÉLIDA CID GUEDE.

Sentencia Penal Nº 386/2007, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 268/2007 de 22 de Octubre de 2007

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