Última revisión
11/10/2013
Sentencia Penal Nº 395/2013, Audiencia Provincial de Murcia, Sección 3, Rec 414/2013 de 29 de Julio de 2013
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 7 min
Orden: Penal
Fecha: 29 de Julio de 2013
Tribunal: AP - Murcia
Nº de sentencia: 395/2013
Núm. Cendoj: 30030370032013100382
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00395/2013
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de MURCIA
Domicilio: PASEO DE GARAY Nº 5, 5ª PLANTA (PALACIO DE JUSTICIA) MURCIA
Telf: 968229124
Fax: 968229118
Modelo:N54550
N.I.G.:30030 37 2 2013 0315123
ROLLO:APELACION JUICIO DE FALTAS 0000414 /2013
Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 1 de MURCIA
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000958 /2012
RECURRENTE: Obdulio
Procurador/a:
Letrado/a:
RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000414 /2013
SENTENCIA Nº 395/2013
En la Ciudad de Murcia, a 29 de Julio de 2.013.
D. Juan Miguel Ruiz Hernández-Magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección Tercera, ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones, Rollo 414/13, dimanantes del Juicio de Faltas nº 958/12 del Juzgado de Instrucción Número 1 de Murcia, seguido por una falta de Desobediencia (Incumplimiento de obligaciones familiares) frente a Obdulio , quién ha resultado condenado en sentencia dictada por dicho Juzgado de fecha 4 de febrero de 2.013 , interponiendo frente a la misma recurso de apelación a través de su representación procesal, conferida a la letrada Dª Belén Marcos Serrano.
Antecedentes
PRIMERO:Por el Juzgado de Instrucción Número Uno de Murcia se dictó sentencia de fecha 4 de febrero de 2.013 , disponiendo el fallo de la misma que: 'Debo condenar y condeno a Obdulio por una falta contra las relaciones familiares por la que se sigue esta causa a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 6 euros, arrojando un total de 180 euros, con apercibimiento de que en caso de no pagar todo o parte del importe de la multa queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y todo ello con expresa imposición de las costas causadas'
Afirma el relato de hechos probados de la sentencia de instancia que ' Probado y así se declara que Obdulio el día 1 de Agosto de 2.012, no procedió a tener consigo a la hija que tiene en común con Olga , no teniéndola en el periodo comprendido entre dicha fecha y el día anterior al inicio de las clases escolares'
SEGUNDO:Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación, atacando exclusivamente el recurrente la individualización de pena que acoge la sentencia de instancia, imponiendo una multa de 180 euros ( Un mes con cuota diaria de 6 euros) desproporcionada a la escasa capacidad económica del recurrente, perceptor de una prestación por desempleo de 1154,34 euros, sensiblemente minorada en virtud de una retención en procedimiento de ejecución forzosa por importe de 515 euros que, sumados a otros 100 euros mensuales impuestos en la misma ejecución, reduce su haber mensual líquido a la suma de 479,99 euros, a todas luces insuficiente para atender al pago de la multa que se le impone, solicitando por ello se fije el 'quantum' de la cuota diaria a satisfacer en el mínimo legal de dos euros, accediéndose subsidiariamente a la solicitud de sustitución de pena de multa por localización permanente.
Conferido traslado del recurso interpuesto al Ministerio Fiscal y resto de partes personadas y evacuados los correspondientes escritos de impugnación o adhesión, se elevaron las actuaciones a disposición de la Audiencia Provincial para resolver el recurso de apelación formulado.
TERCERO:Remitidas a la Audiencia Provincial las actuaciones, se formó por esta Sección Tercera el oportuno Rollo de Apelación de Juicio de Faltas con el nº 414/13.
En atención al artículo 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ha correspondido a este Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia conocer del presente recurso de apelación.
ÚNICO:Se aceptan y se dan por reproducidos los que se contienen como declarados probados en la sentencia de instancia.
Fundamentos
PRIMERO:Ataca el recurrente el pronunciamiento que le condena como autor responsable de una falta contra las relaciones familiares (incumplimiento de régimen de visitas), discutiendo en exclusiva el juicio de individualización de pena que impone la sentencia, ello al fijar en la suma de seis euros el 'quantum' de la suma diaria a satisfacer, cuota desproporcionada a la escasísima capacidad económica que evidencia el penado, carente de todo medio de vida o fuente de ingresos y ello mas allá de una prestación por desempleo, minorada en mas del 50% merced a las retenciones judiciales practicadas en procedimiento de ejecución forzosa 1355/12 del Juzgado Número Nueve de Murcia, solicitando en atención a todo ello la fijación del importe diario de la cuota en la suma de 2 euros (minimo legal previsto) y alternativamente la sustitución de la pena impuesta por la de localización permanente.
SEGUNDO.Cuestiona el recurrente la individualización de la pena que acoge el juzgador de instancia; pena prevista en abstracto para el tipo penal por el que viene condenado (incumplimiento de deberes familiares fijados en resolución judicial. Art 622 CP ) en una multa de uno a dos meses y que impone la sentencia en el mínimo legal previsto (Un mes); fijando la cuota diaria a satisfacer en la suma de seis euros, proporcionada a la capacidad económica, ciertamente limitada que presenta el recurrente, pero que en absoluto autoriza a su fijación en el límite mínimo legal pretendido de dos euros diarios, cuota reservada a supuestos de absoluta insolvencia, próximos a una situación de indigencia o pobreza que, siquiera se invoca y menos aún se justifica.
TERCERO.Idéntica suerte desestimatoria merece la solicitud de sustitución de pena que formula el recurrente al amparo del artículo 88 del código penal , pretendiendo, sin soporte legal alguno, la sustitución de la pena de multa que le impone la sentencia por otra privativa de libertad (localización permanente), solicitud legal y procesalmente inatendible, ello sin perjuicio de que el eventual impago de la multa impuesta deviniera en la imposición de una responsabilidad personal subsidiaria, susceptible entonces de eventual 'sustitución' o cumplimiento conforme a las reglas que dispone el artículo 53 del Código Penal , autorizando dicho precepto y en el ámbito exclusivo de juicio de faltas, el cumplimiento de dicha responsabilidad personal subsidiaria mediante localización permanente, tal como anticipadamente solicita el recurrente.
En atención a lo expuesto procede, con desestimación del recurso de apelación interpuesto, confirmar la sentencia apelada, declarando de oficio las costas de la alzada.
Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.
Fallo
DESESTIMOel recurso de apelación interpuesto por D. Obdulio contra la sentencia de fecha 4 de febrero de 2.013, dictada por el Juzgado de Instrucción Número Uno de Murcia en actuaciones de juicio de faltas 958/12 , Rollo 414/13, CONFIRMANDOdicha resolución, con declaración de oficio de las costas de esta alzada.
Notifíquese esta sentencia en forma en atención a los artículos 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 976.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (contra esta sentencia no cabe recurso alguno).
Devuélvase la causa al Juzgado de procedencia con certificación de la presente resolución.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

