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Sentencia Penal Nº 4/2006, Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección 1, Rec 263/2004 de 10 de Enero de 2006
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Orden: Penal
Fecha: 10 de Enero de 2006
Tribunal: AP - Las Palmas
Ponente: GOIZUETA ADAME, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 4/2006
Núm. Cendoj: 35016370012006100040
Núm. Ecli: ES:APGC:2006:233
Resumen
Es doctrina reiterada del Tribunal Supremo la que expone que la valoración de la prueba corresponde al Juzgador, quien con arreglo al artículo 741 LECr apreciará en conciencia la prueba practicada en el juicio, sin sujeción a reglas o pautas preconcebidas de interpretación, formando su convicción en torno a lo debatido en el proceso , y las partes deberán estar y pasar por esta valoración a menos que destaquen las pruebas erróneamente valoradas.
Voces
Valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Error en la valoración de la prueba
Actividad probatoria
Prueba de cargo
Presunción de inocencia
Encabezamiento
SENTENCIA
Iltmos. Sres:
Presidente:
D. María Oliva Morillo Ballesteros
Magistrados:
D. Emilio J. J. Moya Valdés
D. José Luis Goizueta Adame
En Las Palmas de Gran Canaria, a Diez de …
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