Sentencia Penal Nº 4/2015...ro de 2015

Última revisión
26/02/2015

Sentencia Penal Nº 4/2015, Audiencia Nacional, Servicios Centrales, Sección 2, Rec 4/2014 de 16 de Febrero de 2015

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Orden: Penal

Fecha: 16 de Febrero de 2015

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: HURTADO, ÁNGEL LUIS ADRIÁN

Nº de sentencia: 4/2015

Núm. Cendoj: 28079220022015100007

Núm. Ecli: ES:AN:2015:356

Núm. Roj: SAN 356/2015


Encabezamiento

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCIÓN SEGUNDA

ROLLO DE SALA (PROCEDIMIENTO ABREVIADO) 4/2014

PROCEDIMIENTO DE ORIGEN: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 192/2011

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 2

SENTENCIA nº 4 /2015

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

Dª. CONCEPCIÓN ESPEJEL JORQUERA

D. ÁNGEL LUIS HURTADO ADRIÁN (Ponente)

D. ENRIQUE LÓPEZ LÓPEZ

Madrid, 16 de febrero de 2015

Visto en juicio oral los días 5 y 9 de febrero de 2015, ante la Sección Segunda de esta Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el presente Rollo de Sala, 4/2014, dimanante del Procedimiento Abreviado 192/2011 del Juzgado Central de Instrucción nº 2, seguida de oficio por delito de blanqueo de capitales contra:

- Benedicto Jose , DNI NUM180 , nacido el NUM181 de 1945, en Isla Cristina (Huelva), hijo de Adrian y de Ofelia , representado por la procuradora Dª. Mª. Luisa Bermejo García y defendido por el letrado D. Antonio Navas Martínez.

- Jenaro Pascual , NIE NUM182 ; DNI portugués NUM183 , nacido el NUM184 de 1980, en Faro (Portugal), hijo de Eulalio Eduardo y de Matilde Yolanda , representado por la procuradora Dª. Yolanda García Hernández y defendido por el letrado D. Iván Montoto Martínez.

- Julio Prudencio , DNI NUM185 , nacido el NUM186 de 1970, en Ayamonte (Huelva), hijo de Isidro y de Elisa , representado por la procuradora Dª. Laura Argentina Gómez Molina y defendido por el letrado D. Andrés Aguilera Herrera.

- Camila Hortensia , DNI NUM187 , nacida el NUM188 de 1961, en Huelva, hija de Octavio y de Loreto , representada por la procuradora Dª. Laura Argentina Gómez Molina y defendida por el letrado D. Fidel Colume Hernández.

- Bernardino Daniel , DNI NUM189 , nacido el NUM190 de 1953, en Cartaya (Huelva), hijo de Vicente y de Salvadora , representado por la procuradora Dª. Laura Argentina Gómez Molina y defendido por el letrado D. Fidel Colume Hernández.

- Julia Susana , DNI NUM191 , nacida el NUM188 de 1979, en Huelva, hija de Benedicto Jose y de Mariana Yolanda ,

representada por la procuradora Dª. Mª. Luisa Bermejo García y defendida por el letrado D. Antonio Navas Martínez.

- Mariana Yolanda , DNI NUM192 , nacida el NUM193 de 1956, en Huelva, hija de Octavio y de Loreto , representada por la procuradora Dª. Mª. Luisa Bermejo García y defendida por el letrado D. Antonio Navas Martínez.

Asimismo, se ha dirigido el procedimiento, en cuanto que se ha solicitado el comiso de bienes y se ha pedido la disolución de algunas sociedades creadas y/o participadas por determinados acusados, como Alena Cítricos SL (B21345673) (actualmente Alena Herederos S.L.), Viveros Costaluz SL (B21352869), Euro-Servicios Costaluz SL (B21264536), Costaluz Euroservicios SL (B21332028), Jardinería y Construcciones Costa Luz SL (B21326830, Hervaluz Servicios de Jardinería SL (B21474176), y Herva Pescados y Mariscos SL (B21409867).

Y también de Costa Luz Euroservicios Zona Este SL (B21404835), representada por Coral Zulima , DNI NUM194 , nacida el NUM195 de 1962, en Puente Genil (Córdoba), hija de Miguel Ángel y de Fermina , defendida por la letrada Dª. Susana Arroyo Retana.

Antecedentes

PRIMERO.-El Ministerio Fiscal, presentó conclusiones definitivas a efectos de conformidad, previa al inicio del juicio oral, en la sesión del día 5, respecto de todos los acusados, excepto para Julio Prudencio , en los siguientes términos:

Calificó los hechos procesales, como constitutivos de un delito de blanqueo de capitales, con origen en un delito de tráfico de drogas, previsto y penado en el artículo 301 apdo. 1 pfs. 1 y 2 , y apdos. 2 y 5 del Código Penal , en relación con Camila Hortensia , Bernardino Daniel , Benedicto Jose , Julia Susana y Mariana Yolanda . Y como constitutivos del mismo delito de blanqueo de capitales, pero cometido por imprudencia, del artículo 301 apdos. 1 , 2 , 3 y 5 del Código Penal , para Jenaro Pascual .

Concurren en todos ellos la circunstancia atenuante cualificada de reconocimiento de los hechos del artículo 216, en relación con el 212 del Código Penal y, además, en Jenaro Pascual la atenuante simple de drogadicción del artículo 212 del Código Penal .

Y solicitó las siguientes penas:

-Para Jenaro Pascual la de CINCO meses de prisión y multa de 50.000 €, con 5 días de arresto sustitutorio en caso de impago.

- Para Camila Hortensia y Bernardino Daniel , para cada uno de ellos, la de UN año y SEIS meses de prisión, y multa de 40.000 €, con 5 días de arresto sustitutorio en caso de impago.

- Para Benedicto Jose , la de UN año y SEIS meses de prisión, y multa de 80.000 €, con 10 días de arresto sustitutorio en caso de impago.

- Para Julia Susana , la de UN año y SEIS meses de prisión, y multa de 250.000 €, con 10 días de arresto sustitutorio en caso de impago.

- Para Mariana Yolanda , la de UN año y SEIS meses de prisión, y multa de 450.000 €, con 10 días de arresto sustitutorio en caso de impago.

Cada pena privativa de libertad con sus correspondientes accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena.

Asimismo, solicitó el comiso de todos los bienes muebles e inmuebles mencionados en el escrito de acusación que figuran a nombre de los acusados y de las empresas creadas por ellos, incluidos los que figuran a nombre de Elias Severino , excepción hecha de la FINCA002 , nº NUM196 del Registro de la Propiedad de Ayamonte, tomo NUM197 , libro NUM198 , así como de las siguientes cuentas corrientes y/o Libretas:

- NUM199 .

- NUM200 .

- NUM201 .

- NUM202 .

- NUM203 .

- NUM204 .

- NUM205 .

- NUM206 .;

- NUM207 .;

- NUM208 .

- NUM209 .

- NUM210 .

- NUM211 .

- NUM212 .

- NUM213 .

- NUM214 .

- NUM215 .;

- NUM216 .;

- NUM217 .;

- NUM218 .

- NUM219 .

- NUM220 .

Y solicitó, igualmente, la disolución de las sociedades encartadas.

SEGUNDO.-También el Ministerio Fiscal, puesto que no hubo acuerdo con el acusado Julio Prudencio , para este calificó los hechos, como constitutivos de un delito de blanqueo de capitales con origen en un delito de tráfico de drogas, previsto y penado en el artículo 301 apdo. 1 pfs. I y II , y apdos. 2 y 5 del Código Penal , no concurriendo circunstancias modificativas de su responsabilidad, para el que solicitó la pena de CUATRO años de prisión y multa de 180.000 €

TERCERO.-Las defensas de los acusados Jenaro Pascual , Camila Hortensia , Bernardino Daniel , Benedicto Jose , Julia Susana y Mariana Yolanda , tras prestar todos estos su conformidad con la calificación presentada en ese acto del día 5 de febrero por el Ministerio Fiscal, ratificaron dicha conformidad de sus respectivos patrocinados, no considerando necesario la continuación del mismo para ellos, ante lo cual, tras oír al Ministerio Fiscal, se les excusó de que asistieran a la sesión del día 9 de febrero.

CUARTO.-Por su parte, la defensa del acusado Julio Prudencio mostró su disconformidad con la calificación que para él presentaba le Ministerio Fiscal, solicitando la libre absolución para su patrocinado.

Hechos

En el marco del sumario 1/2012 del JCI 2 seguido por tráfico de drogas, fueron acusados, entre otras personas, Elias Severino y Alvaro Nicolas , (@ Birras , declarado en rebeldía en el presente procedimiento, mediante auto del Juzgado de 24 de enero de 2014), por ser dos personas unidas con vínculos familiares que poseían una infraestructura en la provincia de Huelva dedicada a la introducción de haschis desde Marruecos utilizando embarcaciones semirrígidas con motores de alta potencia que hacían llegar a la costa de Ayamonte, en la desembocadura del río Guadiana. En concreto se les imputaban por este medio la introducción el 1 de febrero de 2011 de un alijo de resina cannabis valorado en más de 3 millones de euros que fue decomisado. Así como otro el 30 diciembre 2010 que no pudo ser objeto de incautación pero sí localizado a través de las escuchas telefónicas, en unión de otra operativa desmantelada dirigida a traer el estupefaciente utilizando avionetas que cruzaban el estrecho de Gibraltar desde el citado país vecino.

En el marco de este procedimiento se detectaron varias empresas e inmuebles que utilizaban en la provincia de Huelva, como consecuencia de lo cual se abrió el presente procedimiento por blanqueo de capitales a los fines de investigar este delito derivado del tráfico de drogas al que los dos principales organizadores antes dichos se dedicaban desde hacía muchos años y por el que percibían ingentes beneficios. Y ello es así por cuanto Alvaro Nicolas ha sido ejecutoriamente condenado por delito contra la salud pública en sentencias de 25-9-97 (pena suspendida), de 18-5-2000 (a 4 años 2 meses y 1 día de prisión) y de 18-12-08 a 15 meses de prisión por un Tribunal de Portugal (durante su estancias y salidas del Centro Penitenciario en donde cumplí esta pena, ejecutó el nuevo delito contra la salud pública objeto del Sumario 1/2012 del JCI nº 2).

Así, tras una exhaustiva investigación patrimonial por el Servicio de Vigilancia Aduanera de Sevilla, en unión con la Guardia Civil, se pudo averiguar que Alvaro Nicolas e Elias Severino habían realizado a lo largo de los años (al menos desde el año 2000) un entramado personal basado principalmente en vínculos familiares (aunque se valieron también de terceros), así como otro societario, con el fin de blanquear los beneficios del tráfico de drogas al que se dedicaban, y en el cual Alvaro Nicolas , @ Birras , no aparecía como titular de ningún bien, al poner la titularidad de los mismos a nombre de las siguientes personas físicas y jurídicas que le servían de testaferros. El grupo funcionaba de manera estructurada siendo Alvaro Nicolas el que aportaba principalmente el dinero de los beneficios de su actividad delictiva indicada, y los demás acusados cooperaban al blanqueo figurando como titulares de bienes, creando asimismo entre todos un entramado societario con igual finalidad, pero dejando siempre al margen de cualquier titularidad aparente a Alvaro Nicolas a la vista de sus numerosas condenas por tráfico de drogas y para evitar el comiso de bienes por cualquier otra nueva.

Así, los acusados indicados cooperaron a la organización creada a lo largo del tiempo para blanquear los beneficios del tráfico de drogas, de la siguiente manera.

Personas físicas con tipología propia de testaferros:

- Benedicto Jose , padre de Alvaro Nicolas y Julia Susana ).

- Jenaro Pascual , de nacionalidad portuguesa.

- Julio Prudencio .

- Camila Hortensia .

- Bernardino Daniel , casado con la anterior, y tíos de

Alvaro Nicolas , alias ' Birras '.

En otro nivel de detalle estaba la estructura propiamente relacionada con la actividad del BLANQUEO DE CAPITALES.

Este nivel estaría formado por:

- Elias Severino ,cuñado de Alvaro Nicolas y procesado con el mismo por tráfico de drogas en el sumario 1/2012 JCI nº 2 ( fallecido en 2012 antes de declararcomo imputado en esta causa).

- Julia Susana , hermana de Alvaro Nicolas y cónyuge de Elias Severino .

- Mariana Yolanda , madre de Alvaro Nicolas .

Así como una serie deempresas controladas por las citadaspersonas, unas con características propias de empresas patrimoniales y otras empresas con características mixtas, es decir, con una actividad deficitaria si bien adquirían fincas y bienes inmuebles:

- ALENA CÍTRICOS SLen constitución (actualmente ALENA HEREDEROS SL).

- VIVEROS COSTALUZ SL.

- EUROS-SERVICIOS COSTALUZ SL.

- COSTALUZ EUROSERVICIOS SL.

- JARDINERIA Y CONSTRUCCIONES COSTA LUZ SL.

Lo anterior se complementa con la mención de otras empresas participadas por los investigados, con una vida breve o escasa actividad comercialhasta la fecha, incluyéndose firmas portuguesas pertenecientes a su vez a los mismos, y que son:

- HERVALUZ SERVICIOS DE JARDINERÍA SL.

- HERVA PESCADOS Y MARISCOS SL.

- COSTA LUZ EUROSERVICIOS ZONA ESTE SL.

Así, todos los anteriores investigados, en las fechas que se señalan, procedieron al blanqueo indicado de la siguiente manera:

1.- Alvaro Nicolas , alias ' Birras '. ( Ensituación de rebeldía por el presente procedimiento).

De acuerdo a las investigaciones desarrolladas sería considerado Jefe de la Organización investigada.

Alvaro Nicolas e Elias Severino asumieron el pago de la defensa de los detenidos o alguno de los detenidos en el alijo intervenido el pasado 01/02/2011 en Ayamonte. Para ello contactan con un abogado llamado Antonio, quien le dice a ' Birras ' cuanto costará la defensa (5.000-6.000 euros) y le pregunta que si la acepta. ' Birras ' le dice que sí. También hablan sobre la defensa de otro tema que tienen los rusos ( Rodrigo Martin y el detenido en el alijo Norberto Obdulio ) en Portugal.

Desde el año 2002 registra unos ingresos muy limitados, recibiendo retribuciones como empleado por cuenta ajena principalmente de las firmas:

- VIVEROS COSTALUZ SL.

- JARDINERIA Y CONSTRUCCIONES COSTALUZ SL.

Ambas empresas pertenecientes al grupo investigado, tienen como socios:

- VIVEROS COSTALUZ SL a:

- Julia Susana (50%)

- Elias Severino (52%)

- JARDINERIA Y CONSTRUCCIONES COSTALUZ SLa:

- Elias Severino (50 %)

- Gaspar Victoriano (50 %)

Igualmente registra unos pequeños ingresos durante los años 2002 y 2003 de la firma 'Romero Samaniego Maria Soledad', por importe de 3.635 € y 1.491 € respectivamente.

Lo que supone una RENTA LÍQUIDA

IMPORTE TOTAL: 84.384 €

(Base: declaración de IRPF de Alvaro Nicolas )

Alvaro Nicolas no es titular de ninguna cuenta bancaria en los últimos años, siendo únicamente autorizadoen la cuenta de Caja Rural del Sur 3187-0098-48-1375847413 (sus titulares son su hermana y su madre Julia Susana y Mariana Yolanda , respectivamente), las cuales figuran como socios/ administradores de una serie de empresas y bienes pertenecientes al Clan ' Birras '.

Por otra parte, y a pesar de lo anterior, se observa en Alvaro Nicolas un alto nivel de vida, con gastos de tipo suntuario en la adquisición de bienes y servicios:

Relación de PAGOS/COMPRAS realizados por Alvaro Nicolas , imputados por terceras empresas:

AÑO; FIRMA; IMPORTE 2002; P2101000D AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE; 8.599,43 2003; B29837051 ZAMBRANA MOTOS, SL 29487279Z LUNA GONZALEZ RAFAEL; 7.211,70 6.514,58 2004; B21241989 EVASION AYAMONTE, SL A12045076 MARINA D'OR-LOGER SA; 9.050,00 3.346,30 2005; B21241989 EVASION AYAMONTE, SL; 22.500,00 2010; B21409156 AUTOS MORALES ESURY SL; 13.000,00

TOTAL 70.222,00

También se puede ver el uso de vehículos de alta gama por parte de Alvaro Nicolas :

- Vehículo Audi Q7, matrícula ....DDW , cuya titularidad recae en su madre Mariana Yolanda .

- Vehículo Mercedes coupé, matrícula ....KKK , cuya titularidad recae en la firma familiar COSTALUZ EUROSERVICIOS SL.

Estos dos vehículos han sido utilizados tanto por Alvaro Nicolas como Elias Severino durante la investigación por tráfico de drogas de la que trae causa este procedimiento.

Todo lo anterior evidencia que los beneficios ingentes obtenidos en los sucesivos delitos contra la salud pública en que ha participado, los ha ido ocultando a través de personas de su entorno y sociedades interpuestas, no figurando nada a su nombre.

2- Benedicto Jose .

Benedicto Jose es padre de los hermanos Julia Susana y Alvaro Nicolas .

Desde el año 2002, sus únicos ingresos declarados han sido por prestación por desempleo (mayores de 52 años. Extinción tiempo total). Ingresos por importe total de 39.112 € en el periodo comprendido entre los años 2002 y el año 2010. No realizando declaración de I.R.P.F. (Impuesto Renta Personas Físicas), dado sus escasos ingresos. Si bien se detectan una serie de gastos no acordes con sus ingresos anuales.

Relación de gastos:

- Año 2002:

Adquisición participaciones de la firma ALENA CITRICOS SL por importe de 30.772 €. Participa en el 16% del capital social (192.324 €) de esta firma ALENA CITRICOS SL.

Otros partícipes de esta firma son:

- Mariana Yolanda : 52,00 %: 100.008,00.

- Julia Susana : 16,00 %: 30.772,00.

- Elias Severino : 16,00 % 30.772,00.

Adquisición vehículo todo terreno de alta gama BMW-X5, matrícula NUM221 (Nº BASTIDOR: NUM222 ) (importe estimado, al menos, 30.000 €).

Sus únicos ingresos registrados este año son 3.645 €.

- Año 2003:

La firma 'Evasión Ayamonte SL' le imputa una venta realizada a Benedicto Jose por importe de 65.525 €.

Ingresos en este año: 4.060 €.

- Año 2004

Registra la adquisición del vehículo de alta cilindrada, turismo BMW-X5, matrícula: NUM223 . Vehículo adquirido el 28-05-2004, a la firma 'Evasión Ayamonte SL' y vendido el 06-07-2004 a la firma 'Super Giralda SL'.

Otros gastos registrados:

- Año 2006: Adquisición motocicleta matrícula NUM224 (KYMCO-movie 125).

- Año 2009: Adquisición vehículo matrícula NUM225 (ISUZU- Trooper).

-Movimientos de cantidades significativas de dinero mediante cheques, sin relación con sus ingresos:

AÑO 2003:

0

- AÑO 2004:

DECLARANTE FECHA IMPORTE A28000727 BANCO POPULAR ESPAÑOL 13-12-2004 12.000,00

A11600624; BANCO; DE; ANDALUCIA SA; 11-02-2004; 6.000,00

G41402819; MONTE; DE; PIEDAD Y CAJ; 15-10-2004; 5.300,00

A11600624; BANCO; DE; ANDALUCIA; SA; 04-10-2004; 4.049,99

A11600624; BANCO; DE; ANDALUCIA; SA; 15-06-2004; 4.000,00

A11600624; BANCO; DE; ANDALUCIA; SA; 30-09-2004; 3.949,99

35.299,98

Uso vehículos pertenecientes al grupo investigado:

En un análisis de la relación de esta persona con distintos vehículos, se puede observar la titularidad de sanciones relacionadas con el uso de vehículos pertenecientes a la organización delictiva investigada, vehículos pertenecientes tanto de personas físicas como jurídicas: Elias Severino , ALENA CITRICOS, EUROSERVICIOS COSTALUZ, VIVEROS COSTALUZ, Mariana Yolanda . De esta forma vemos como distintas sanciones por infracciones de tráfico han sido imputadas a Benedicto Jose a pesar de no ser titular de los mismos, pero sí el usuario habitual de los siguientes: Ford Escort NUM226 , Mitsubishi NUM227 , VW GOLF NUM228 , A3 NUM229 , Peugeot NUM230 , VW NUM232 , Renault Kangoo NUM231

3- Coral Rebeca . ( No ha podido ser localizada paradeclarar como imputada).

Coral Rebeca , de nacionalidad rumana y con domicilio declarado en diversos inmuebles pertenecientes a la Organización investigada: 'Clan Ferramache'.

No le constan ingresos en los últimos años, si bien en el año 2005 procede a la compra de una vivienda unifamiliar adosada en Monachil (Granada), por importe de 180.556 €. Subrogándose en un préstamo hipotecario por importe de 168.000 € (préstamo: NUM233 de la Caja de Ahorros y Monte Piedad de Córdoba).

En relación con esta vivienda se han detectado una serie de coincidencias e indicios que suponen la actuación de Coral Rebeca con unas características propias de testaferros:

- Cuenta bancaria ( NUM204 ) donde se domicilia el pago de la luz de esta vivienda, tiene por titulares a Elias Severino y Julia Susana .

- Domicilios dados por Coral Rebeca pertenecientes al 'clan Birras ':

- CALLE013 nº NUM234 NUM235 , Isla Cristina (Huelva). (Domicilio declarado por Coral Rebeca a la Agencia Tributaria como domicilio fiscal).

- AVENIDA003 NUM236 , Ayamonte (Huelva). (Protocolo 663, de fecha 18-02-2005, Notario Álvaro E. Rodríguez Espinosa. Se trata del protocolo de compraventa de la vivienda adquirida por Coral Rebeca en Monachil). Dicho domicilio coincide con el domicilio de vivienda propiedad de Mariana Yolanda , madre de Alvaro Nicolas .

- CALLE013 nº NUM234 NUM235 , Ayamonte (Huelva). (Protocolo: 1509 de fecha 18-07-2006, Notario Javier Almansa Moreno Barreda).

- CALLE014 NUM237 de Ayamonte. Domicilio dado por Coral Rebeca en la Caja de Ahorros y M. P. de Córdoba (cuenta de ahorro NUM238 ), a efectos de comunicación de la correspondencia.

Otros gastos detectadosen relación con bienes inmuebles: Se ha tenido conocimiento de DOS contratos privados de fecha 02-02-2005 entre Coral Rebeca y la firma FADESA INMOBILIARIA SA., en relación con la compra de las siguientes parcelas:

- Parcela sita en Manzana NUM239 , número NUM239 . Finca nº NUM240 del Registro de la Propiedad de Ayamonte.

- Parcela sita en Manzana NUM241 , número NUM239 . Finca nº NUM242 del Registro de la Propiedad de Ayamonte.

Los pagos efectuados por Coral Rebeca a FADESA INMOBILIARIA durante el año 2005 en relación con estas dos fincas son: 179.024,00 €: 103.539,84 € (Finca registral NUM240 ) y 75.484,67 € (Finca registral: NUM242 ).

Consultado el Registro de la Propiedad, dichas fincas actualmente están a nombre de FADESA INMOBILIARIA SA, dado que hasta la fecha no hay constancia del pago de la diferencia pendiente de abono: 179.024,00 €.

En relación con los citados contratos privados con la firma FADESA INMOBILIARIA SL, se han detectado una serie de coincidencias e indicios que suponen la actuación de Coral Rebeca como un presunto testaferro de la Organización investigada. En concreto:

- Similitud de los citados contratos con los firmados por FADESA INMOBILIARIA con la firma perteneciente al grupo investigado COSTALUZ EUROSERVICIOS SL y con el testaferro Jenaro Pascual . Contratos con la misma tipología, caracterizados porque:

o Todos los contratos se realizaron en el año 2005

o Se han pagado unas importantes cantidades a cuenta, principalmente en el año 2005, no abonándose la parte pendiente hasta la fecha, ni reclamando cantidad alguna.

; Importe abonado; Importe pendiente de pago

COSTALUZ EUROSERVICIOS; 181.499; 181.499

Coral Rebeca ; 179.024; 179.024

Jenaro Pascual ; 192.088; 245.375

Análisis de sus INGRESOS Y GASTOS:

Por lo que respecta a los gastos detectados a Coral Rebeca ascienden a un total de 389.309 €.(Pagos letras y efectivo a Fadesa Inmobiliaria SL, pago efectivo compra vivienda, amortización préstamo hipotecario, pagos cheques bancarios, compra vehículo, etc.).

Una parte de estos gastos han sido financiados con las cargo a las cuentas bancarias (CajaSol/Banca-Civica: NUM243 y Caja de Córdoba/BBK-Bank Cajasur: NUM238 ), para lo cual previamente registra una serie de ingresos en efectivo en dichas cuentas bancarias. Si bien Coral Rebeca , no tiene ninguna fuente de ingreso.

Del estudio de sus cuentas bancarias y de la documentación aportada por las entidades bancarias donde Coral Rebeca tiene cuentas bancarias, se puede observar:

1- Por un lado, la cuenta bancaria NUM243 en CAJA SOL, es utilizada para los pagos de las dos parcelas compradas mediante contrato privado con la firma FADESA INMOBILIARIA. Para lo cual se financia esta cuenta mediante una serie de ingresos en efectivo,donde, al menos, en la documentación aportada por la entidad, se detectan dos ingresos por importe de 27.000 € y 28.800 €, que han sido realizados por Elias Severino .

2-Por otro lado, la cuenta bancaria NUM238 en la BBK-BANK CAJASUR, es utilizada para el pago del préstamo hipotecario solicitado en relación con la adquisición de la vivienda unifamiliar adosada nº NUM241 en DEHESA002 de Monachil (Granada). Esta cuenta bancaria, al igual que la anterior, se financia mediante ingresos enefectivo. En la documentación aportada por la citada entidad se observa como número de teléfono de contacto el móvil NUM244 , móvil utilizado por Elias Severino . Igualmente, el domicilio aportado es CALLE014 nº NUM237 de Ayamonte (Huelva), perteneciente a Mariana Yolanda (madre de Alvaro Nicolas , alias ' Birras ').

En relación con la citada cuenta bancaria, se han detectado una serie de cargos periódicos por parte de la firma SEGURITAS DIRECT. La citada firma comunicó que Coral Rebeca es clienta y tiene contratado servicios de seguridad consistentes en la instalación y mantenimiento de tres sistemas de video vigilancia que conllevan la firma de tres contratos: NUM245 , NUM246 y NUM247 , siendo el domicilio de la instalación el de la CARRETERA002 NUM248 , NUM235 , en Villablanca (Huelva).

En relación con la citada finca ( CARRETERA002 NUM248 ), correspondería a la finca registral NUM249 del Registro de la Propiedad de Ayamonte. Finca sita en el PARAJE002 , termino de Villablanca (Huelva), la cual linda al oeste con el camino de La Redondela. Esta finca pertenece actualmente a Mariana Yolanda (madre de Alvaro Nicolas , alias ' Birras ') y fue utilizada por la Organización para guardar embarcaciones, vehículos y presumiblemente estupefacientes (sumario 1/2012 JCI 2).

En el registro de dicha finca se intervino el carro de transporte de la embarcación interceptada con la droga (embarcación ' DIRECCION006 ', matrícula: NUM250 )

Esta finca fue adquirida previamente, con fecha 28/01/2004, por Bernardino Daniel y Camila Hortensia (tíos de Alvaro Nicolas ).

4- Jenaro Pascual .

Jenaro Pascual , de nacionalidad portuguesa, con domicilio en la CALLE015 nº NUM251 , esc. NUM235 , planta NUM251 , puerta NUM252 , Isla Cristina (Huelva), es persona drogodependiente, lo que, de alguna manera, afecta a sus capacidades, fundamentalmente, volitivas, de cara a la obtención de los medios para atender a esa dependencia.

Sus únicos ingresos declarados proceden de la firma VIVEROS COSTALUZ SL(rendimientos de trabajo), durante un periodo de unos ocho meses (desde el 28-06-2005 hasta el 28- 02-2006), sociedad perteneciente a la trama investigada.

Del estudio de sus ingresos y gastos desde el año 2004 se observa un déficit de, al menos, 161.473 €, sin justificación alguna. Si bien es digno de mención su situación en relación con el año 2005, donde procede a la adquisición de dos fincas mediante sendos contratos privados con la firma FADESA INMOBILIARIA SA:

- Finca registral: NUM253 (Registro Propiedad Ayamonte). Vivienda sita en manzana NUM239 , de la manzana NUM254 , núcleo NUM255 en planta NUM195 , número NUM256 (Conjunto edificatorio denominado ' POBLADO001 ', sobre la parcela finca NUM257 , Registro Propiedad de Ayamonte) procedentes de la firma VIVEROS COSTALUZpor un importe líquido de 5.312 €. Frente a estos ingresos procede a la compra de dos fincas mediante sendos contratos privados de fecha 30/04/2005, lo que supone un importe desembolsado de:

- 85.513€ (Entregas a cuenta en relación con la finca NUM253 ). Importe en efectivo: 34.205 € / cuatro letras de cambio de 51.308 €.

- 106.574€ (Entregas a cuenta en relación con la vivienda sita en POBLADO001 ). Importe en efectivo: 39.965 € / cuatro letras de cambio de 66.609 €.

En relación con los citados contratos privados firmados con la firma FADESA INMOBILIARIA SL, se han detectado una serie de coincidencias e indicios que suponen la actuación de Jenaro Pascual como un testaferro de la Organización investigada, como son:

1- Similitud de los citados contratos con los firmados por FADESA INMOBILIARIA con la firma perteneciente al grupo investigado COSTALUZ EUROSERVICIOS SLy con Coral Rebeca . Contratos con la misma tipología, caracterizados por:

o Todos los contratos se realizaron en el año 2005.

o Se han pagado unas importantes cantidades a cuenta,

principalmente en el año 2005, no abonándose la parte pendiente hasta la fecha, ni reclamando cantidad alguna.

Importe abonado Importe pendiente de pago

COSTALUZ EUROSERVICIOS 181.499 181.499

Coral Rebeca 179.024 179.024

Jenaro Pascual 192.088 245.375 o Las personas físicas se caracterizan por no tener capacidad económica para realizar dichas adquisiciones, ni los desembolsos realizados. Con tipología propia de testaferros.

o Supone una forma de tener 'reservadas' unas propiedades mediante entregas a cuenta de importantes cantidades de dinero, manteniendo los bienes a nombre de terceros.

En definitiva una ocultación de bienes ante posibles acciones de terceros sobre el patrimonio de los investigados.

2- Contratos firmados única y simplemente con las iniciales Jenaro Pascual ). Es decir, firma propia de personas sin ningún tipo de calificación, observando las citadas iniciales que han sido realizadas con un trazo tembloroso.

En relación con el domicilio declarado por Jenaro Pascual en los citados contratos: CALLE015 Nº NUM251 , Escalera NUM235 , Planta NUM251 , Puerta NUM252 - Isla Cristina (Huelva). Este domicilio corresponde registralmente a la CALLE016 Nº NUM251 , Escalera NUM235 , planta NUM251 , Puerta NUM252 (calle esta paralela a la CALLE015 ). Dicho domicilio pertenece al clan ' Birras ', identificándose con la finca NUM258 del Registro de la Propiedad de Lepe, perteneciente registralmente a Julia Susana .

- En relación con sus cuentas bancarias:

Del estudio del extracto de la cuenta bancaria en LA CAIXA/CAJASOL y de la documentación aportada por la citada entidad donde Coral Rebeca es titular de la misma, se puede observar:

Por un lado, la cuenta bancaria NUM259 (remunerada actualmente como NUM260 ), es utilizada para los pagos de las dos fincas compradas, mediante contrato privado, a la firma FADESA INMOBILIARIA. Importe abonado por cuenta bancaria: 98.783,00 euros. Para lo cual se alimenta esta cuenta mediante una serie de ingresos enefectivo, por un importe total de 102.200,00 eurosen el año 2005. De este volumen, tras el análisis del soporte documental, se puede observar como, al menos, se registran tres ingresos por importes de 21.000,00 €, 23.000,0 € y 21.200,00 €, que han sido realizados por Elias Severino .

5- Julio Prudencio .

También actúa como testaferro del grupo FERRAMACHE.

En los años que van de 2002 a 2010, los únicos ingresos que le constan, los ha obtenido en los años 2002, 2003 y 2004. Siendo los importes líquidos: 9.274,00 €, 7.505,00 € y 11.573,00 €, respectivamente.

Los ingresos obtenidos en el periodo 2002-2004, han sido muy bajos. En este último año los ingresos por rendimiento de trabajo fueron abonados prácticamente en su totalidad por el Servicio Público de Empleo, dada su condición de desempleado, no constándole ningún trabajo desde dicho año 2004.

En el año 2003, tiene unos ingresos muy modestos como refleja su declaración de Renta, lo que supone una Renta Liquida de 7.505 €, que se complementa con el ingreso en efectivo de 7.452 € por la venta de la nave industrial el 10/01/2003; lo que supone unos ingresos totales en el año 2003 de 14.957 € (7.505 + 7.452).

A pesar de estos modestos ingresos, con fecha 14/08/2003 (protocolo 1.717, Notaria María Mercedes Álvarez Rodríguez), procede a la compra de un finca rústica con vivienda, sita en FINCA002 (Suerte de Salas), Término de Ayamonte (finca nº NUM196 del Registro Propiedad de Ayamonte) ( DIRECCION007 NUM261 ).

- Precio de la operación declarada: 150.000,00

- Transmitente: Paula Hortensia ( NUM262 )

- Forma de pago:

. 29.850 € (pago en efectivo).

. 120.149 €. Se subroga por el saldo pendiente de un préstamo con la Caixa de Barcelona otorgado el 26/01/2001 por importe de 120.200 €.

Otros gastos derivados de esta operación:

- Pago Impuesto Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en relación con la adquisición de la vivienda adquirida: 10.500€.

- Gastos totales en efectivo derivados de esta compra:

40.350 €(29.850 + 10.500), frente a unos ingresos declarados

en el año 2003 de 14.957€, lo que supone un déficitde - 25.393,00 €.

En relación con la citada finca, con fecha 27/10/2004 (protocolo 2.422, Notario Luis Javier Almansa Moreno Barredo), procede a su venta a Julia Susana , con carácter privativo (cuando los ingresos de ésta eran prácticamente nulos).

- Precio de la operación declarada: 180.000 €

- Forma de pago:

. 72.280,30 € (pago en efectivo)

. 107.719,70 € se subroga por el saldo pendiente de un préstamo con la Caixa de Barcelona otorgado el 26/01/2001, por importe de 120.200 €.

Ante la falta de capacidad económica real de Julio Prudencio para adquirir la finca en agosto de 2003, recibió el dinero para su compra de ingresos obtenidos por el comercio ilícito de la droga a través de Julia Susana , quien entró a ocuparla a los quince días de su adquisición por aquel pese a que la venta a favor de ésta constara formalmente realizada ante Notario en Octubre de 2004.

6 y 7- Camila Hortensia y Bernardino Daniel .

Camila Hortensia , es hermana de Mariana Yolanda y tía de Alvaro Nicolas , alias ' Birras '. Casada con Bernardino Daniel .

El matrimonio Camila Hortensia y Bernardino Daniel , en cuanto a sus ingresos, se caracterizan por tener unos ingresos muy modestos durante el periodo 2002-2011. Siendo el importe total neto de la unidad familiar: 106.799 €. Son ingresos que se caracterizan por proceder de periodos de trabajo en diversas empresas, junto con otros periodos en que sus ingresos provienen del Servicio Público de Empleo, dada su condición de desempleados.

Entre las empresas en las que han sido contratados destacan las firmas investigadas: COSTALUZ EUROSERVICIOS SLy EURO SERVICIOS COSTALUZ SL.

El análisis de sus ingresos y gastos durante el periodo

2002-2011 se caracteriza por un déficit de al menos 92.470 €, sin justificación alguna. Destacando en dicho periodo el desequilibrio que se produce el año 2004, donde los ingreso netosdel matrimonio son por importe de 9.913 €. Por el contrario, este año registra unos gastosde 53.868 €. Igualmente destaca, en menor medida, el desequilibrio presupuestario del año 2007, donde, frente a unos ingresos líquidos de la unidad familiar de tan solo 568 €, registra unos gastos de 17.716 € (sin que conste financiación alguna).

ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES.

1. En relación con la adquisición de la finca sita en el PARAJE002 , termino de Villablanca (Huelva), adquirida el 28/01/2004, por importe declarado de 10.818 € (protocolo 188, Notario Federico Salazar Martínez). Finca NUM249 del Registro Propiedad de Ayamonte.

En la toma de declaración, los vendedores de la finca Arcadio Juan acompañado de Placido Pablo , DNIs NUM263 y NUM264 , respectivamente, manifestaron 'q ue

la finca era propiedad de los dos, que la misma tenía una pequeña nave y la pusieron a la venta. Que un día se presentaron dos chicos jóvenes, uno de ellos muy rapado y se interesaron y a los dos días fueron a firmar las escrituras a la notaria. Que en la notaría uno de los dos jóvenes, elrapado les llevó el dinero en efectivo, que lo entregaron a un empleado del banco que les acompañaba para llevárselo e ingresarlo la mitad en cada cuenta particular y después quienfirmó y figuraba en la escritura era una pareja de unoscincuenta años'

En relación con esta declaración es de destacar como la persona señalada como ' muy rapada'coincide con la apariencia física de Alvaro Nicolas , alias ' Birras '. En cuanto a la pareja que firmó las escrituras era el matrimonio Bernardino Daniel y Camila Hortensia . Es decir, el citado matrimonio solo actuó en el momento de la firma de la escritura.

Esta finca con fecha 26/08/2008 (Protocolo 790, Notaria Blanca Eugenia Barreiro Arenas, en sustitución de Jacobo Savona Romero), fue vendida a Mariana Yolanda por el mismo importe por el que se compró: 10.818 €.

Por otra parte, esta finca fue utilizada para guardar embarcaciones, vehículos y presumiblemente droga en el sumario 1/2012 JCI 2. En el registro de dicha finca se intervino el carro de transporte de la embarcación interceptada con la droga en febrero de 2011 (embarcación ' DIRECCION006 ', matrícula: NUM250 ), como antes se mencionó.

2. En relación con la adquisición de la finca sita en Cañada DIRECCION008 (polígono NUM239 , parcela NUM265 ), del término municipal de Lepe (Huelva), adquirida el 30/11/2004, por importe declarado de 22.838 € (protocolo 1.388, Notario Juan Ramón Calvo Fuentes). Finca NUM266 del Registro Propiedad de Lepe.

En la toma de declaración, el vendedor de la finca en cuestión Severino Patricio , DNI NUM267 , manifestó: ' que teniendo la finca en venta recibió una llamada telefónica del señor Bernardino Daniel interesándose por la misma. Que una vez fueron a verla acordaron la entrega de una señal de 6.000€ que hizo efectiva. Que a los pocos días quedaron en la notaría para formalizar la compraventa, acudiendo en ambas ocasiones el sr. Bernardino Daniel solo y completando el pagohasta el precio acordado en efectivoen la misma notaría. Que cree recordar que en ambasocasiones los billetes entregadostenían un valor facial alto, de 500 y 200 euros junto aalgunos de 50. Que tenía una vivienda a medio construir (sólo la estructura) en la finca y que por oídas se ha enterado de que el Sr. Bernardino Daniel la terminó'.

3. En relación con la adquisición de la finca sita en PARAJE003 (polígono NUM268 , parcela NUM269 ), del término municipal de Cartaya (Huelva), adquirida el 24/04/2003, por importe declarado de 10.220 € (protocolo 494, Notario Miguel Ángel Gómez- Villalba Ballesteros). Finca NUM270 del Registro Propiedad de Huelva nº 1.

En la toma de declaración, el vendedor de la finca en cuestión David Bernardino , DNI NUM271 , manifestó 'que siendo Don. Bernardino Daniel natural de Cartaya lo conocía por vecindad aunque ahora cree que vive en Ayamonte, se dirigió a él un día interesándose por comprarle la finca. Que previamente el señor Bernardino Daniel había ido a verla acompañado de una tercera persona ya fallecida; que entonces entablaron negociaciones para arreglar un precio y que siendo este satisfactorio, le entregó una señal de unas trescientasmil pesetas (unos 1.800 €);que unos quince días después fueron al notario él, el señor Bernardino Daniel , la mujer y un hermano de éste aunque el último no intervino, donde firmaron los papeles y a la salida le entregó el resto de la cantidadacordada. Que el dinero lo llevaba en ambas ocasiones en su bolsillo, que no recuerda el valor facial de los billetes pero supone que serían billetes grandes... Que por amigos y vecinos conoce que la finca no está en uso actualmente'.

Adquisición motocicleta matrícula NUM272 , marca Honda- CBR1000 RR.

Motocicleta de gran cilindrada adquirida por Camila Hortensia .

La firma aseguradora de la motocicleta, MAPFRE, informó que el tomador del seguro era Alvaro Nicolas , siendo la cuenta de domiciliación bancaria: NUM204 (Caja Rural del Sur), cuenta que pertenece a Julia Susana e Elias Severino (hermana y cuñado respectivamente de Alvaro Nicolas ).

Estudio cuentas bancarias más significativas:

NUM273 (BANCO DE SANTANDER) Cuenta bancaria abierta el 25 de mayo de 2004, fecha muy próxima a la adquisición del inmueble comprado el 09/06/2004 (finca: NUM274 del Registro Propiedad de Ayamonte). Inmueble sito en la CALLE017 / CALLE018 143-1-00-1 de Ayamonte - Huelva), siendo el importe declarado de la operación 109.324 €, solicitando un préstamo hipotecario por importe de108.000 € en el Banco de Santander.

Del estudio de esta cuenta se observa una serie de anotaciones tanto en los ingresos como en los gastos que ponen de manifiesto una incongruencia entre sus ingresos por rendimientos de trabajo como trabajadores y los gastos detectados.

Por lo que respecta a los ingresos en esta cuenta, además de los ingresos procedentes del Instituto Nacional de Empleo- INEM (dada la condición de desempleados), así como de 'Dinero Directo' (transferencias de dinero a su cuenta corriente desde su tarjeta de crédito); destacan los ingresos en efectivo. Ingresos estos realizados por Camila Hortensia , por un importe total de 94.252 €(periodo 2004-2011).

NUM275 (CAJA RURAL DEL SUR)

Cuenta que registra el ingreso de una pensión por importe de 145,5 € cada seis meses, así como ingresos en efectivopor importe total de 13.100 €(años 2008-2011).

En relación con estos ingresos, se solicitó el soporte documental, con el fin de identificar a los intervinientes, observando como la firma se corresponde con el nombre de ' Diamante ' ( Camila Hortensia ). Firma coincidente con la registrada en los ingresos en efectivo en la cuenta del Banco de Santander.

Siendo el total de ingresos en efectivo en ambas cuentas bancarias por importe de 107.352 €, lo que le permite financiar el déficit de 92.470 €, de sus ingresos respecto a los gastos del periodo 2002-2011.

8 y 9- Elias Severino (fallecido) y su esposa

Julia Susana .

ANÁLISIS DE LA EVOLUCIÓN SITUACIÓN FINANCIERA: PERIODO 2002-2009

Renta disponible del periodo, unidad familiar: Elias Severino y Julia Susana (periodo 2002-2009):

; No declaran; Declaración Individual; Declaración Conjunta; Declaración Conjunta; Declaración Individual; Declaración Individual; Declaración Individual; Declaración

Individual

; Año

2002; Año

2003; Año

2004; Año

2005; Año

2006; Año

2007; Año

2008; Año

2009

1

2; 15.644

0; 7.842

9.368; 8.697

29.861; 9.863

36.220; 9.605

37.004; 0; 15.644; 6.669; 15.027; 17.210; 38.558; 46.083; 46.609

(1) Rentas procedentes de la declaración de IRPF de: Elias Severino

(2) Rentas procedentes de la declaración de IRPF de: Julia Susana .

Elias Severino ha constado como trabajador en la firma 'Muebles Soto de Ayamonte SL' desde el 08/06/1996 hasta el 08/12/1998 (de acuerdo a los datos facilitados por la Tesorería de la Seguridad Social).

.No le consta ningún tipo de ingreso como trabajador o empresario durante los años 1999, 2000, 2001 y 2002.

.A Julia Susana no le consta ingreso por trabajo

Siendo el total de ingresos en efectivo en ambas cuentas hasta finales del año 2006 (provenientes de la Junta de Andalucía, por importe de 1.739 €); excepto un ingreso en el año 2004 por importe de 1.765 € con origen en la 'Fundación IA Intervención Adiciones Fulgencio Benítez'.

La evolución de sus ingresos en relación con sus gastos, muestra unos déficit prácticamente constantes durante el periodo analizado, generando un déficit acumulado por importede 473.282 € sin justificación alguna.

Relación déficit/superávit ordinarios (ingresos/gastos):

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

-58.137 -66.206 -176.662 -62.278 -7.770 -34.359 -83846 +15.976

Durante los años 2002-2006, los rendimientos obtenidos por sus cuentas bancarias son muy limitados:

Es a partir del año 2007, cuando registra ingresos significativos por rendimientos en las cuentas bancarias en las que participa:

año 2007 2008 2009

Rendimiento 2.920 € 15.257€ 11.758€

(Imputable a Julia Susana ) 2.585 € 14.788€ 11.484€

En este año (2007)registra ocho depósitos bancarios a plazo fijoen la Caja Rural del Sur, con un saldo a 31 de diciembre imputado a Julia Susana de 390.500 €.(Cinco de ellas junto con su madre Mariana Yolanda ). (En este año se produce la venta de Fondos de Inversión y Valores por importe de 388.971 €; los cuales fueron adquiridos en diciembre del año 2006 coincidiendo con un premio de la Lotería Nacional por importe de 373.604 €, el 5/11/2006).

Por lo que respecta al año 2008, registra seis depósitos a plazo fijo en la Caja Rural del Sur, con un saldo a 31 de diciembre imputado a Julia Susana de 380.000 €(tres cuentas con participación al 50 % con su madre Mariana Yolanda ).

Por lo que respecta al año 2009, registra un total de cinco depósitos a plazo fijo en la Caja Rural del Sur, que presentan un saldo a 31 de diciembre por importe imputado a Julia Susana de 374.000 €(dos cuentas con participación al 50 % con su madre Mariana Yolanda ).

RELACIÓN DE DEPÓSITOS PLAZOS FIJOS(Caja Rural del Sur):

2007 2008 2009

Nº CUENTA IMPORTE IMPORTE IMPORTE % PARTICIP.

NUM276 ; (P); 6.000,00; 6.000,00; 6.000,00; 100; 31870098412476934530; (P); 9.000,00; ; ; 50; (*)

NUM206 ; (P); 150.000,00; 150.000,00; 150.000,00; 100;

NUM277 ; (P); 12.000,00; ; ; 50; (*)

NUM278 ; (P); 12.000,00; 12.000,00; ; 50; (*)

NUM279 ; (P); 25.200,00; 25.200,00; 25.200,00; 50; (*)

NUM280 ; (P); 10.800,00; 10.800,00; 10.800,00; 50; (*)

NUM207 ; (P); 200.000,00; 200.000,00; 200.000,00; 100;

T; OTAL; 425.000,00; 404.000,00; 392.000,00; ;

Imputado a Julia Susana : 390.500,00 380.000,00 374.000,00 (P) Imposición a plazo.

(*) Participa al 50% junto con Mariana Yolanda .

OTRAS OPERATIVAS DE BLANQUEOIMPUTABLES AL MATRIMONIO:

1- Uso de vehículo perteneciente a Mariana Yolanda

por parte de Alvaro Nicolas e Elias Severino durante las vigilancias efectuadas en el sumario 1/2012 por tráfico de drogas. Vehículo: Audi Q7,matrícula ....DDW .

2- Otras relaciones: vehículos aprehendidos a Elias Severino :

Furgoneta Iveco, matrícula NUM281 , aprehendida en el alijo de drogas de febrero 2011 del sumario 1/2012, junto con la embarcación y los detenidos. Esta furgoneta, como ya constaba en el otro procedimiento, figura a nombre de un marroquí Paulino Tomas ( NUM282 ), que aparece afincado en La Rioja. Puesto en contacto con los anteriores propietarios de la furgoneta, empresa de albañilería INSTALACIONES GAROR, S.L.

-B21376884 de Ayamonte; el señor Remigio Fructuoso , con

DNI NUM283 , manifestó (en el sumario 1/2012) que la furgoneta fue comprada por Elias Severino ; si bien a la hora de hacer la transferencia , Elias Severino aportó un fotocopia de un ciudadano marroquí, comentando que el marroquí vivía en Logroño, pero que actualmente estaba en prisión y que no podía aportar certificado de empadronamiento necesario para la transferencia.

3- Manejo de grandes cantidades de dinero:

Elias Severino registra el movimientos de 19 cheques bancarios por importe de 185.535 €durante el año 2002. Año este donde solamente le consta al matrimonio unos ingresos por la venta de valores por importe de 14.088 € (venta por importe de 28.176 € -participación de Julia Susana al 50% junto con Mariana Yolanda ) Elias Severino registra el movimientos de 9 cheques bancarios por importe de 83.774 €durante el año 2003. Año este donde solamente le consta unos ingresos líquidos a Elias Severino por importe de 15.644 €

Elias Severino registra el movimientos de 3 cheques bancarios por importe de 192.800 €durante el año 2005. Año este donde solamente le consta unos ingresos líquidos al matrimonio Elias Severino - Julia Susana por importe de 15.027 €

Gasto imputado a Julia Susana , por importe de 105.162 € y 63.097 €.Gastos imputados por la firma FADESA INMOBILIARIA SA, en el año 2004 y 2005 respectivamente. En relación con la adquisición de las fincas: NUM284 y NUM285 . Año este donde no le consta ingreso alguno a Julia Susana .

Pago en efectivo por importe de 72.280€ realizado por Julia Susana , en el año 2004; en relación con la adquisición con carácter privativo de la finca NUM196 , sita en El Almendral (Suerte de Salas)( DIRECCION007 NUM261 )- Ayamonte - Huelva. Año este donde no le consta ingreso alguno a Julia Susana .

En relación con esta compra, realiza adquisición de un bien inmueble de forma privativa por parte de Julia Susana , si bien solicita un préstamo hipotecario al 50% con Elias Severino , por importe inicial de 120.000 € (posteriormente ampliado hasta 300.000 €), con la entidad El Monte de Piedad y Caja A. de Huelva y Sevilla. Es decir, se paga conjuntamente sobre documentos. Práctica esta habitual con el fin de evitar posibles acciones futuras contra los bienes de Elias Severino . Todo ello con el consentimiento de su mujer, quien conocía perfectamente las actividades de su cónyuge.

Ingresos en efectivo por importe de 121.000 € en el año2005,en cuentas bancarias de los testaferros Coral Rebeca y Jenaro Pascual ( en el modo ya indicado ).

Transmisión de viviendas del patrimonio personal de Julia Susana e Elias Severino a sus empresas:

-Venta inmueble sito en la PLAZA001 nº NUM239 de Ayamonte (finca: NUM286 ), con fecha venta: 12/01/2007, a la firma COSTALUZ EUROSERVICIOS SL.

-Contratos privados de compra-venta de fecha 29 de enero de 2004, firmados entre Julia Susana y la firma FADESA INMOBILIARIA, en relación con las fincas: NUM284 y NUM285 . Pagando Julia Susana un total de 105.162 € y 63.067 €; siendo anulados los contratos con fecha 12/07/2007, procediendo al día siguiente a escriturar dichas compras a favor de la entidad EUROSERVICIOS COSTALUZ SL (protocolos:

1273 y 1274 de fechas 13-07-2007, Notario Luis Javier de Almansa Moreno-Barreda).

Premios de la Lotería Nacional:

Con fecha 5-11-2006, recibe un premio de la LoteríaNacional(QUINIELA) por importe de 373.604 €, cuyo importe le permite justificar sus inversiones en Fondos de Inversión y Valores y posteriormente con la venta de los Fondos y Valores, realizar ingresos en cuentas bancarias a plazo fijo. Si bien la totalidad del premio se invierte en los citados Fondos de Inversión y Valores.

Con fecha 24/01/2007, recibe nuevo Premio de la LoteríaNacional (ONCE)por importe de 105.000 €, cuyo importe este le permite realizar la ampliación de capital en la firma VIVEROS COSTALUZ SL, por importe de 104.000 € con fecha 08-02- 2007.

Vinculaciones directas con otras personas investigadas:

Vinculaciones con Coral Rebeca , como testaferro de la Organización investigada a través de adquisición inmobiliaria, cuentas bancarias y domicilios relacionados con el matrimonio Julia Susana e Elias Severino :

Vivienda adquirida por Coral Rebeca el 18-02-2005 (protocolo 663, Notario Álvaro E. Rodríguez Espinosa)

- Dirección: vivienda unifamiliar adosada nº NUM241 - Residencial ' DIRECCION009 ', sita en DEHESA002 ( URBANIZACIÓN001 ) - Monachil - Granada(finca NUM287 - Registro Propiedad nº 6 de Granada).

- En relación con el contrato de luz:

Se observa que el citado contrato corresponde a Coral Rebeca , si bien la cuenta de pago donde está domiciliado pertenece a Julia Susana e Elias Severino .

- Diversos domicilios dados por Coral Rebeca pertenecientes a diversos miembros del 'Clan Ferramache'.

- En relación con la documentación aportada a la entidad BBK-BANK CAJASUR, aportando como número de teléfono de contacto el móvil: NUM244 , móvil utilizado por Elias Severino .

- Contratos privados de compra de fincas con la firma

FADESA INMOBILIARIA SA en el año 2005. Importes abonados por cuenta bancaria perteneciente a Coral Rebeca , si bien en dicha cuenta registra ingresos en efectivo por parte de Elias Severino (Importe total ingresado en cuenta bancaria año 2005: 112.800 €; de los cuales 55.800 € han sido ingresados por Elias Severino ).

Vinculaciones con Jenaro Pascual , como testaferro, la realización de contratos privado de compra de fincas con la firma FADESA INMOBILIARIA SA en el año 2005. Importes abonados por cuenta bancaria perteneciente a Jenaro Pascual . Al igual que con Coral Rebeca , registra ingresos en efectivo por parte de Elias Severino . (Importe total ingresado en cuenta bancaria año 2005: 102.200 €; de los cuales 65.200 € han sido ingresados por Elias Severino ).

Gastos en constitución de empresas:

En relación con Julia Susana : % Importe

EURO-SERVICIOS COSTALUZ, SL 40,00 1.202,00

COSTALUZ EUROSERVICIOS, SL 30,00 1.800,00

ALENA CITRICOS, S.L.EN CONSTIT 16,00 30.772,00

VIVEROS COSTALUZ, SL 50,00 1.502,53

HERVA PESCADOS Y MARISCOS,S.L. 50,00 10.000,00

HERVALUZ SERVICIOS DE JARDINER 50,00 1.550,00

En relación con Elias Severino :

ALENA CITRICOS, S.L.EN CONSTIT 16,00 30.772,00

VIVEROS COSTALUZ, SL 50,00 1.502,53

Empresas caracterizadas, en general, por sus continuas pérdidas, siendo Sociedades instrumentales para justificar inversiones en bienes inmuebles y otros activos. Como así se desprende del análisis de dichas sociedades.

En relación con el análisis de sus cuentas bancarias más significativas:

Cuenta bancaria: 3187-0098-48-1375847413 (entidad: CajaRural del Sur)

Cuenta participada al 50% por Julia Susana y su madre Mariana Yolanda .

Cuenta en la que es autorizado Alvaro Nicolas . Cuenta que le permite disponer de dinero sin ser titular de ninguna cuenta bancaria.

Cuenta bancaria: NUM288 (CAJASOL/LACAIXA), en la que se amortizan varios préstamos hipotecarios:

- Préstamo NUM289 por importe de 120.000 € (concedido el 20-12-04). Este préstamo, con fecha 02/05/2006, se incrementa en 180.000 €, importe total de 300.000 €, siendo el nuevo préstamo: NUM290 . Préstamo al 50% entre Elias Severino Y Julia Susana .

- Préstamo NUM291 por importe de 113.000 €, constituido el 12/08/2008, correspondiendo el 100% a Elias Severino . En esta cuenta se amortizan préstamos pertenecientes a ambos así como un préstamo privativo de Elias Severino .

En esta cuenta se observan préstamos solicitados por Julia Susana y aplicados a la firma ALENA CITRICOS SL.

En este sentido, con fecha 19/05/2006 registra un abono del préstamo NUM290 , por importe de 59.850,70 € e inmediatamente registra un cargo por importe de 30.000 € a la cuenta de la sociedad ALENA CITRICOS SL(cuenta: 10200132003199).

Con fecha 18/01/2007 registra ingreso por transferencia por importe de 46.000 € para cancelar el préstamo NUM292 . En relación con dicha transferencia, no le constan ingresos al matrimonio para disponer de dicho importe,dado que el premio de la Lotería Nacional (05/11/06) habría sido aplicado en su totalidad a la adquisición de Fondos de Inversión y Valores.

Con fecha 13/03/2007, registra un ingreso en efectivo 11.200 €, para inmediatamente proceder al pago anticipado del préstamo NUM293 , por importe de 11.180,46 €. Al igual que en el caso anterior, no le constan ingresos al matrimonio para disponer de dicho efectivo, dado que como se ha comentado el importe del premio de la Lotería Nacional ha sido aplicado en su totalidad y el Premio de la Lotería - ONCE, por importe de

105.000 € (24/01/07), fue aplicado en la ampliación de capital de la sociedad VIVEROS COSTALUZ SL.

Cuentas bancarias: NUM204 / NUM201 (CAJA RURAL DEL SUR) (Ambas cuentas están íntimamente relacionadas).

1/2006, recibe un premio de la Lotería Nacional (quiniela premiada), por importe de 373.604 €. Importe este que es abonado en la cuenta bancaria: NUM204 , el 23/11/2006, para posteriormente, con fecha 29/11/2006, transferir 373.000 € a la cuenta NUM201 , desde la cual gestionará dicho importe procediendo con fecha 7/12/2006 a la compra de Fondos de Inversión por importe de 227.530 € y Valores por importe total de 142.254 €(adquiridos en diciembre de 2006).

El producto de las operaciones de compra/venta de los Fondos de Inversión y Valores, son transferidos desde la cuenta NUM201 a la cuenta NUM204 .

Con fecha 24/01/2007, recibe nuevo premio de la Lotería - ONCE, por importe de 105.000 €. Este premio es cobrado con fecha 03/02/2007, en una cuenta del Banco Español de Crédito ( NUM294 ); procediendo con fecha 06/02/2007 a transferir 104.500 € a la cuenta NUM204 , observando dos cargos con fecha 8 de febrero por importes de 52.000 € cada uno. Es decir, el citado premio ha sido aplicado en la ampliación de capital de la sociedad VIVEROS COSTALUZ SL, empresa perteneciente a la Organización investigada.

En la cuenta NUM204 se constituyen dos imposiciones a plazo fijo:

- 150.000 €, con fecha 28/08/2007 ( NUM206 ).

Para la constitución de dicho depósito registra el mismo día un ingreso por transferencia de la firma VIVEROSCOSTALUZ SL, empresa perteneciente al grupo investigado.

- 200.000 €., con fecha 26-12-2007 ( NUM207 ).

Para la constitución de dicho depósito registra el mismo día una serie de ingresos, entre otros una transferencia de la firma COSTALUZ EUROSERVICIOS SL, por importe de 30.000 €, ingreso en efectivopor importe de 12.000 €,así como una transferencia de 153.137 procedente de la cuenta NUM201 (venta de Fondos de Inversión y Valores)

Del análisis de los ingresos y transferencias netas (en cuenta bancaria: NUM204 ), por parte de personas físicas y jurídicas pertenecientes a la Organización, durante el periodo 2005-2011, se observa como esta cuenta bancaria es una ' cuenta puente', en la que recibe ingresos tanto en efectivo como de otras firmas perteneciente a la Organización, para posteriormente transferirla al las sociedades VIVEROS COSTALUZy ALENA CITRICOSprincipalmente, sociedades pertenecientes a la Organización y caracterizadas por sus pérdidas y falta de liquidez.

Igualmente en esta cuenta ( NUM204 ), registra la domiciliación de los recibos del seguro de Mapfre, correspondientes a la motocicleta ya analizada, matrícula NUM272 , marca Honda-CBR 1000RR, perteneciente a Camila Hortensia , tía de Alvaro Nicolas , alias ' Birras ' de la que es Alvaro Nicolas , alias ' Birras ', el tomador del seguro.

10- Mariana Yolanda .

ANALISIS DE LA EVOLUCION SITUACIÓN FINANCIERA: PERIODO 2002-2009

Renta disponible del periodo 2002-2009:

Año2002 Año2003 Año2004 Año2005 Año2006 Año2007 Año2008 Año2009

24.0953.365-55842-63.217-30.50211.7983.40565.290

Mariana Yolanda , es la madre de Alvaro Nicolas , alias ' Birras ' y de Julia Susana .

De acuerdo a los datos facilitados por la Tesorería General de la Seguridad Social consta en el Régimen Especial Agrícola (por cuenta ajena), desde el 1/03/1987 hasta el 29/02/2000. Por otra parte le consta un pequeño periodo de nueve meses y medio como empresaria en la actividad pesquera desde el 20-05-1999 hasta el 06-03-2000.

(Con fecha 15/04/1999, adquirió el BARCO000 ', matrícula: NUM295 , siendo vendido el 14/07/2000).

No registra actividad laboral hasta finales del año 2003, donde se da de alta en el I.A.E. (Impuesto actividades económicas) el 09-12-2003, en la actividad pesquera. En este año (2003), registra una serie de pagos a la firma 'Talleres y Varaderos Palmas 'por importe de 248.907 €, los cuales corresponden a la construcción del barco pesquero: ' DIRECCION010 ', matrícula NUM296 , finalizando su construcción en el año 2004.

En el año 2002, consta como partícipe en la constitución de las sociedades:

.COSTALUZ EUROSERVICIOS SL (participa en el 70% - capital: 6.010 €)

. ALENA CITRICOS SL(participa en el 52% - capital: 192.324 €).

Desde el año 2003 recibe retribuciones como empleada por cuenta ajena de la firma COSTALUZ EUROSERVICIOS SL; empresa perteneciente al grupo investigado:

Año2003 Año2004 Año2005 Año2006 Año2007 Año2008 Año2009

2.253 30.808 23.339 15.080 15.600 15.600 15.680

En conclusión, durante los años 2001 y 2002, no le constan ningún tipo de ingreso como trabajadora o empresaria, siendo sus únicos ingresos fijos en el año 2002 los procedentes de arrendamiento de bienes inmuebles por importe de 8.265 €, así como la venta de un inmueble por 21.034 €, que genera una ganancia patrimonial de 15.789 €.

ANALISIS DE INGRESOS Y GASTOS DEL PERIODO OBSERVADO

Del análisis del conjunto del periodo 2002-2009, considerando el total de los ingresos y gastos registrados, muestra un déficit acumulado por importe de - 484.284 €.

-Relación déficit / superávit ordinarios (ingresos / gastos):

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

-105.720 -279.957 -55.842 -76.973 -43.063 +12.339 +11.222 +53.710

OTRAS OPERATIVAS DE BLANQUEO:

Incrementos inusuales de sus saldos en cuentas bancarias, proporcionando grandes rendimientos bancarios:

Rendimientos cuentas bancarias imputadas a Mariana Yolanda :

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

107 20,3 1,2 15.367,7 15 1.114 1.162 1.303

Durante los años 2002-2004 los rendimientos obtenidos por sus cuentas bancarias son muy limitados. Es en el año 2005, cuando se registra un rendimiento bruto de 15.367,77 € (cuenta bancaria NUM297 - Caja Ahorros y M.P. de Córdoba). Dicho rendimiento corresponde al vencimiento en el año 2005 de una Imposición a Plazo Fijo constituida en el año 2003, por importe de 198.334 €. Importe este sin justificación alguna.

Manejo de grandes cantidades de dinero y joyas:

Denuncia realizada por Mariana Yolanda , el 03/06/2005 (Diligencia Núm. 786/05, realizada en la Comandancia de la Guardia Civil de Huelva del Puesto de Ayamonte). En dicha denuncia manifiesta que el día anterior autores desconocidos, tras forzar una reja de su domicilio, le robaron los siguientes efectos:

- Treinta y seis mil euros en billetesde 50, 100, 200 y 500 € que tenía guardados en una caja fuerte instalada en el sótano de la vivienda.

- Joyas valoradas en unos 600.000 €aproximadamente.

En el año 2003, Mariana Yolanda , registra el pago de 19 cheques por importe total de 282.052 €, así como la Adquisición de Valores por importe de 12.000 € .

Adquisición por parte de Mariana Yolanda de un barco pesquero (' DIRECCION010 -matrícula: NUM296 ), por importe de 248.907 € en el año 2003 y 4.364 € en elaño 2005. Compra realizada a 'Talleres y Varaderos Palmas SL', en el año 2003.

Si bien en el protocolo de compra embarcación refleja como cuantía de la operación 341.675 €, gasto este no justificado ni declarado, y tampoco hay constancia de que dicha compra se haya financiado mediante préstamo alguno

En el año 2007:

Adquisición participaciones Fondo Inversión: 20.000 €. Adquisición Letras del Tesoro: 5.000 €.

Gastos constitución de empresas:

. EURO-SERVICIOS COSTALUZ, SL(60 %) 1.803,00

. COSTALUZ EUROSERVICIOS, SL(70 %) 4.200,00

. ALENA CITRICOS, S.L.EN CONSTIT(52 %) 100.008,00

. COSTA LUZ EUROSERVICIOS ZONA ESTE(50 %) 1.503,00

Empresas caracterizadas, en general, por sus continuas pérdidas, siendo sociedades instrumentales para justificar inversiones en bienes inmuebles y otros activos.

Finca propiedad de Mariana Yolanda , utilizada por la Organización para guardar embarcaciones, vehículos y presumiblemente droga.

Finca registral NUM249 del Registro de la Propiedad de Ayamonte. Finca sita en el PARAJE002 , término de Villablanca (Huelva), la cual linda al oeste con el camino de La Redondela. Como ya se indicó, en el registro de dicha finca se intervino el carro de transporte de la embarcación interceptada con la droga (embarcación ' DIRECCION006 ', matrícula:

NUM250 ) en el sumario 1/2012.

Domicilios pertenecientes a Mariana Yolanda , vinculados con Coral Rebeca .

- AVENIDA003 NUM236 , Ayamonte (Huelva ).

Domicilio que figura en el protocolo 663, referido a la compra de una vivienda por Coral Rebeca (vivienda unifamiliar adosada nº NUM241 , Residencial ' DIRECCION009 ', sita en DEHESA002 ( URBANIZACIÓN001 - Monachil - Granada)- (finca NUM287 : Registro Propiedad nº 6 de Granada).

El citado domicilio coincide con la dirección de la vivienda propiedad de Mariana Yolanda .

- CALLE014 nº NUM237 , Ayamonte (Huelva).

Domicilio dado por Coral Rebeca en la entidad bancaria Caja Ahorros y M.P. de Córdoba a efectos de comunicación de la correspondencia.

Este domicilio fue objeto de registro en las Diligencias Previas1635/2010 del Juzgado Mixto nº 1 de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), y coincide con el dado por Mariana Yolanda en su declaración de Impuesto de la Renta.

Uso vehículo perteneciente a Mariana Yolanda por parte de Alvaro Nicolas e Elias Severino . Vehículo: Audi Q7, matrícula ....DDW ya señalado.

En relación con el análisis de sus cuentas bancarias más significativas:

- Caja Ahorros y Monte Piedad de Córdoba: NUM298 (titulares: Mariana Yolanda y Julia Susana ), y NUM299 (titular: Mariana Yolanda )

En el año 2003, la cuenta : NUM298 , registra un ingreso,sin justificación, por importe de 198.334€ (19/02/03), que lo transfiere el 24/02/03, para la constitución de una Imposición a Plazo Fijo por importe de 198.333 €. (IPF: NUM297 ). Igualmente en el año 2003, solicita los siguientes préstamos:

Préstamo NUM300 , por importe de 60.000 €, el 17/06/03 (cta: NUM298 ).

Préstamo NUM301 , por importe de 133.360 €, el 04/11/03 (cta: NUM299 )

Dichos préstamos son amortizados anticipadamente, en el año 2005, con el importe obtenido al vencimiento del Plazo Fijo indicado, más sus intereses. Todo ello sin poder justificar la procedencia del ingreso por importe de 198.334€, el 19/02/03, en la cuenta bancaria: NUM298 , que le permitió constituir la Imposición a Plazo Fijo.

Comportamiento muy similar al llamado 'Préstamo de regreso', que le permite 'repatriar' el dinero anteriormente negro o sin justificación.

Los citados préstamos se han caracterizado por no pagar intereses ni amortización de capital desde su concesión hasta su amortización anticipada.

Otros movimientos significativos en la citada cuenta bancaria: NUM299 .

Registra ingresos en efectivo en el año 2004 por importetotal de 92.290 €.Ingresos de gran importe: (44.900 € /21.000 € / 15.500 € / 6.300 € / 4.590 €).

Caja Rural del Sur: NUM214 (titulares:

Mariana Yolanda y Julia Susana )

Del análisis de sus ingresos y transferencias netas por parte de personas físicas y jurídicas pertenecientes a la Organización, durante el periodo 2006-2010, se observa como esta cuenta bancaria es una ' cuenta puente', en la que recibe ingresos tanto en efectivo, principalmente, como de otras firmas pertenecientes a la Organización, para posteriormente pertenecientes a la Organización.

Esta cuenta ha registrado movimientos de ingresos en efectivomás significativos en el año 2006, por importe de 172.145 €.Importes caracterizados por su elevada cantidad que ponen de manifiesto operaciones extrañas a las prácticas ordinarias: 20.000 € /30.000 € / 35.000 € / 20.000€ / 13.000 € / 3.000 € / 5.000 € / 5.000 € / 5.000 € / 7.60€007 6.000 € / 13.000 €. Ingresos en efectivo que le permiten la constitución de una serie de Imposiciones a Plazo Fijo durante los años 2006-2011.

Relación de Imposiciones a Plazo Fijo:

Depósitos; %; 2006; 2007; 2008; 2009; 2010; 2011

NUM302 ; 50(*); 9.000; ; ; ; ;

NUM215 ; 100; 18.000; 18.000; 18.000; 18.000; 18.000; 18.000

NUM303 ; 50(*); 9.000; 9.000; ; ; ;

NUM277 ; 50(*); ; 12.000; ; ; ;

NUM278 ; 50(*); ; 12.000; 12.000; 12.000; ;

NUM279 ; 50(*); ; 25.200; 25.200; 25.200; ;

NUM280 ; 50(*); ; 10.800; 10.800; 10.800; ;

NUM304 ; 100; ; 17.000; ; ; ;

NUM217 ; 100; ; ; 18.000; 18.000; 18.000; 18.000

NUM216 ; 100; ; ; ; 68.000; 68.000; 68.000

NUM216 ; 100; ; ; ; ; 9.000; 9.000

NUM305 ; 100; ; ; ; ; 21.000;

TOTAL; ; 36.000; 104.000; 84.000; 152.000; 134.000; 113.000

Importe imputable a Mariana Yolanda ; ; 27.000; 69.500; 60.000; 128.000; 134.000; 113.000

nota (*) Participa al 50% junto con Julia Susana . Es de destacar como la cuenta de ahorro 3187-0098-48-1375847413(entidad: Caja Rural del Sur), si bien participa al 50% junto con su hija Julia Susana , también esautorizadoen dicha cuenta Alvaro Nicolas .

De igual modo, como ya se señaló, el grupo vinculado a Alvaro Nicolas , ha utilizado a las siguientes sociedades para blanquear sus beneficios del tráfico de drogas, en elmodo siguiente:

ALENA CITRICOS, S.L. EN CONSTITUCIÓN (B21345673)

En fecha 20/01/2012 se ha realizado escritura de modificación por el que la mercantil pasa a denominarse ALENA HEREDEROS SL con el mismo nif B21345673.

Empresa constituida en el año 2002, siendo sus socios: Mariana Yolanda 52,00 % Benedicto Jose 16,00 %

Julia Susana 16,00 %

Elias Severino 16,00 %

Todos ellos familiares de Alvaro Nicolas , alias ' Birras '.

Benedicto Jose es el padre de Alvaro Nicolas y Julia Susana , y esta administradora de la sociedad.

Empresa con domicilio social en la calle Sebastián Urbano Vázquez nº 11 de Isla Cristina, dirección que corresponde también con el domicilio de una serie de sociedades pertenecientes al clan 'Ferramache': EUROSERVICIOS COSTALUZ SL, VIVEROS COSTA LUZ SLy JARDINERÍA Y CONSTRUCCIÓN COSTA LUZ SL.

El objeto social declarado de esta sociedad sería la explotación agrícola y la comercialización de sus productos.

Empresa caracterizada por sus fuertes pérdidas desde suinicio,acumulando unas pérdidas afinales del2010 de-847.858€.

Se trata de una sociedad creada con un fin determinado: la adquisición de una gran finca que engrosaría el patrimonio del clan 'Ferramache' (finca: NUM306 del Registro de la Propiedad de Ayamonte). Para lo cual justifica dicha compra mediante un préstamo hipotecario por importe de 751.265 € con la entidad bancaria: Monte Piedad y Caja Ahorros de S. Fernando, Huelva, Jerez y Sevilla. Si bien y dado el déficit de su actividad ordinaria, registra una serie de transferencias en sus cuentas bancarias con las que puede hacer frente a sus pagos. Transferencias procedentes de personas físicas y jurídicas vinculadas directamente con el clan ' Birras '.

A la sociedad ALENA CITRICOS SL, no le consta ningún bien en el Registro de la Propiedad, si bien adquirió el 3 de diciembre de 2002 una gran finca con un superficie de setenta y nueve hectáreas, doce días después de la constitución de la sociedad (21/12/2002). Esta adquisición se formaliza en la escritura de compraventa con número de protocolo 3.673, Notario: Manuel García del Olmo y Santos, figurando hasta la fecha a nombre de la sociedad POZO BIGOTE SA. Empresa ésta que arrastraba continuas pérdidas, llegando a acumular a en el año 2001, último año de la firma, unas pérdidas totales de 689.887€; circunstancias estas que propiciaron la venta de las propiedades de la empresa (finca rústica) y su compra por parte del clan 'Ferramache', a través de la sociedad ALENA CITRICOS SL.

Otra característica sería la ocultación/opacidaden relación con los bienes de la sociedad.

Este dato se encontraría en íntima relación con el hecho de que a la fecha, y tras casi diez años después de la venta la citada finca, que resulta de gran valor, siga figurando registralmente a nombre de POZO BIGOTE SA, favoreciéndose las labores de ocultación de la titularidad real del bien, hecho que parece constar al menos en el ánimo de los compradores.

La citada finca se caracteriza por disponer de una gran superficie dedicada al cultivo de cítricos (principalmente naranjos), así como disponer de un embalse para el regadío de la finca.

Esta finca tendría una valoración a 01/01/2012 de unos 2.710.931,00 € de acuerdo a las tablas de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía.

La constitución de las sociedad ALENA CITRICOS SL así como la compra de la finca y su explotación, ponen de manifiesto la existencia de una actividad real, con el fin de dar apariencia a sus compradores (clan 'Ferramache') de empresarios (siendo esta empresa una más de las integrantes del grupo investigado), todo ello con el fin de poder justificar la adquisición por parte de las personas físicas y jurídicas que integran el clan 'Ferramache' de diversas propiedades (inmobiliarias, vehículos, etc.). Si bien la empresa ALENA CITRICOS SL continúa con unas grandes pérdidas desde su fundación.

- En relación con sus socios, se caracterizan por vínculos familiares directos con Alvaro Nicolas ,

alias ' Birras '; como son sus padres ( Benedicto Jose y Mariana Yolanda ), su hermana Julia Susana y su cuñado Elias Severino .

Caracterizados todos ellos por su muy limitada capacidad económica en el año 2002 cuando se constituyó la sociedad:

.En relación con Benedicto Jose , sus únicos ingresos proceden de su prestación por desempleo: 3.645 €, en el año 2002.

.En relación con el matrimonio Julia Susana e Elias Severino ; en el año 2002 no les consta ingreso alguno.

.En relación con la madre: Mariana Yolanda , le consta en el año 2002 una renta líquida de 29.340 € (básicamente procedente de la venta de un inmueble por importe de 21.034 €).

En relación con bienes pertenecientes a la firma utilizados por la Organización analizada:

Utilización de bienes pertenecientes a la firma para actividades delictivas; como es el uso del vehículo perteneciente a la firma (vehículo matricula NUM227 , Mitsubishsi),utilizado para remolcar la embarcación de alta velocidad de nombre ' DIRECCION006 ', embarcación aprehendida en el alijo del sumario 1/2012:

El 17-10-2010 en la localidad de Foz de Odeleite Guadiana (Portugal), Rodrigo Martin (procesado también en el sumario 1/2012), Mario Obdulio y Desiderio Jacinto , son detenidos cuando remolcaban con el vehículo con matrícula: NUM227 la embarcación de alta velocidad de nombre ' DIRECCION006 ' y con matrícula NUM250 , dotada de dos motores de 250 cv, cargada con combustible y dispuesta para ser echada al mar. El vehículo usado es un Mitsubishi propiedad de la firma ALENA CITRICOS SL,perteneciente a la Organización investigada, como ya se señaló.

En relación con el análisis de sus cuentas bancarias mássignificativas.

Dadas las fuertes y continuas pérdidas de la empresa, además de los gastos de explotación (gastos personal, consumo de explotación y otros gastos de explotación), debe hacer frente a los gastos financieros derivados del pago del préstamo hipotecario con la entidad 'El Monte'/Cajasol, para lo cual financia su déficit con nuevos préstamos. Estas 'inyecciones de liquidez' para la empresa, se han registrado en el balance la de sociedad bajo el concepto: 'Acreedores a corto plazo/Otras deudas corto plazo'. Figurando a finales del año 2010 por importe de 970.921 €, es decir, efectivo y transferencias/traspasos de personas físicas y jurídicas relacionadas entre sí y pertenecientes a la Organización investigada.

Manejo de cantidades que, por ser muy elevadas, por ser en efectivo o por la dinámica de las operaciones que se realizan ponen de manifiesto operaciones financieras que puede calificarse como extrañas a las prácticas comerciales ordinarias.

Circunstancias que se observan entre otras operaciones en relación con los pagos del préstamo hipotecario. Donde con el fin de hacer frente al correspondiente pago de un importe considerable, se registra previamente ingresos en efectivo, de importes considerables: 77.100 €, 40.000 €, 29.000€, 25.300 €, 25.000 €, 18.000 €, 5.300 €; así como transferceinas a favor de la firma ALENApor parte de miembros de la Organización, dada su falta de liquidez de la firma.

Por último es de mencionar una vez más como la sociedad ALENA CITRICOS SL no ha sido inscrita en el Registro de la Propiedad desde su constitución en 2002,habiéndose efectuado esta inscripción bajo el nombre mercantil de ALENA HEREDEROS SL en fecha 03/02/2012, pero manteniendo el mismo CIF B21345673, ya que se ha efectuado un cambio de nombre. Es decir ha sido propietaria de un bien de gran valor, sin titularidad registral y sin estar inscrita.

VIVEROS COSTALUZ SL (B21352869)

Sociedad constituida el 21-03-2003 (protocolo 495, Notario: Luis Javier Almansa Moreno), siendo sus socios: Julia Susana (hermana de Alvaro Nicolas , alias ' Birras ') y su cónyuge Elias Severino . Sociedad que forma parte de las pertenecientes al entramado del clan de los 'Ferramache'.

Objeto social: vivero, compra de plantas, complementos de jardinería.

Si bien figura como administradora única Julia Susana con fecha 03/03/2004 (protocolo 481, Notario: Luis Javier Almansa Moreno), Julia Susana otorgó un PODER ESPECIAL a favor de Elias Severino , tan amplio y bastante como en Derecho se requiera y sea necesario para dirigir la gestión y administración de la Sociedad. Siendo este el verdadero responsable de esta empresa, bajo las ordenes directas de su cuñado Alvaro Nicolas (' Birras ').

Su domicilio inicial hasta el 17/09/2008 era Calle Sebastián Urbano Vázquez 11- Isla Cristina (Huelva). Esta dirección corresponde también con el domicilio de una serie de sociedades pertenecientes al clan 'Ferramache': EUROSERVICIOS COSTALUZ SL / ALENA CÍTRICOS SL / JARDINERÍA Y CONSTRUCCIÓN COSTA LUZ SL.

También es el domicilio fiscal del padre de ' Birras ' ( Benedicto Jose ).

Sociedad caracterizada por:

1. Tener una actividad mercantil real, la cual le sirve como 'tapadera' para justificar ingresos a determinados individuos que componen el clan 'Ferramache'. En este sentido figuran como trabajadores de dicha firma tanto Alvaro Nicolas como su cuñado Elias Severino , con unas retribuciones relativamente modestas.

2. Si bien el objeto social de la firma es básicamente la actividad relacionada con un vivero, para lo cual adquirió una finca rústica el 26/01/2005, sita en la Carretera Ayamonte- Huelva 431 y su posterior declaración de obra nueva el 17/08/2007, para almacén y otros usos propios de la actividad del invernadero.

Asimismo hay una actividad relacionada con la adquisiciónde bienes inmuebles hasta un total de 7.

Siendo el valor total declarado correspondientes a estas adquisiciones de bienes inmuebles y fincas de la sociedad VIVEROS COSTA LUZ SLde 750.257 €.

Dichas adquisiciones así como otros gastos de inversión han sido financiadas con préstamos hipotecarios por importe de 324.677 €, así como pólizas de préstamo por importe de 795.000 €.

Estos inmuebles son:

- Finca rústica adquirida el 26 enero 2005con número 2371-6ª del registro de la propiedad de Ayamonte.

- Obra nueva en la anterior finca por cuantía de 122.019 €, declarada el 17 agosto 2007

- Finca de la calle río Duero 10 de Ayamonte (nº 4755 del registro de esa localidad por cuantía de 44.280 €), comprada el 26 agosto 2008

- Tres fincas adquiridas en dación en pago en igual fechaque la anterior, en la avenida de Andalucía número 101 de igual localidad números registrales 3757, 22053 y 2508, siendo las cuantías de las operaciones respectivamente 221.000 €, 46.687 €, y 92.346 €

- Adquisición el 12 mayo 2009de un inmueble en la calle Almadraberos 3 de Aljaraque (Huelva), finca registral 14.856 del registro de la propiedad de Lepe, siendo la cuantía de la operación 44.825 €. Consta como transmitente la empresa Jardines y construcciones COSTALUZ SL.

Por otra parte, realiza una importante actividad deadquisición de vehículos; así en el año 2007 llega a poseer almenos un total de diez( NUM307 , NUM308 , NUM309 , NUM310 , NUM311 , NUM230 , NUM312 , NUM313 , NUM314 y NUM315 ). En el año 2010 sigue poseyendo un total de 7.

3. Del análisis de la cuenta de resultados de la firma, a finales del ejercicio 2010, se observa una acumulación d pérdidas por importe de 1.034.328 €, siendo la cantidad adeudada a terceros por importe de 1.479.735 €:

Del análisis de la actividad económica de la empresa VIVEROS COSTALUZ SL,se caracteriza por sus fuertes pérdidas acumuladas, pérdidas que suponen que sus ingresos ordinarios no cubren los gastos de explotación, gastos de personal y los gastos derivados del pago amortización de los diversos prestamos que debe hacer frente.

Para poder financiar su actividad, se han realizando ingresos en efectivo, así como transferencias en diversas cuentas bancarias de la firma VIVEROS; realizadas por personas físicas y jurídicas relacionadas entre sí y pertenecientes a la Organización investigada ( Elias Severino , Julia Susana , HERVA LUZ SERVICIOS DE JARDINERIA SL, COSTALUZ EUROSERVICOS SL)

Manejo de cantidades que, por ser muy elevadas, por ser enefectivo o por la dinámica de las operaciones que se realizanponen de manifiesto operaciones financieras que puedencalificarse como extrañas a las prácticas comercialesordinarias.

Circunstancias estas que se ponen de manifiesto en relación con los importes de muchos de los ingresos en efectivo realizados en las diversas cuentas bancarias analizadas.

Es de destacar los ingresos en efectivorealizados en el año 2008 en la cuenta de la Caja Rural del Sur:

NUM316 , donde se registran nueve ingresos en efectivo por importe total de 287.000 €. Importes caracterizados por 'cifras redondas', cantidades muy elevadas que no son propias de la actividad ordinaria de una empresa (90.000 € / 80.000 € / 60.000 € / 50.000 € / 23.00€0

/ 22.000 € / 14. a favor de la firma VIVEROS COSTALUZ SL por parte de miembros de la

Organización, dada su falta de liquidez.

Estas 'inyecciones de liquidez' para la empresa, se han registrado en el balance de la sociedad bajo el concepto 'acreedores a corto plazo/Otros deudores a corto plazo', figurando a finales del año 2010 por importe de 624.794 €. Es decir, efectivo ingresado en la sociedad por la propia Organización. Mostrando una estructura muy similar con la empleada en la firma ALENA CITRICOS SL.

Si bien la sociedad VIVEROS COSTALUZ SLse caracteriza por sus déficit, las 'inyecciones de liquidez' le permiten realizar transferencias a la firma ALENA CITRICOS SLpor un importe neto total de al menos 65.925 €. Firma ésta perteneciente a la Organización y caracterizada por sus continuas pérdidas y falta de financiación.

Igualmente, es de destacar, con fecha 18/12/2008, el ingreso en la cuenta de VIVEROS( NUM316 ) de 298.500 € correspondiente a la póliza de préstamo: 2740255258. El mismo día del ingreso, se producen dos reintegros en efectivo por importe de 78.000 € y 219.000 €. Es de destacar como al día siguiente, 19/12/2008, se produce un ingreso en efectivo en la cuenta de la sociedad ALENA CITRICOS(2106-1102-69-1132003197), por importe de 77.100 €, con el fin de proceder al pago del préstamo concedido a dicha sociedad (préstamo 698884.0), por lo que dicho pago procedería de un préstamo concedido a la sociedad VIVEROS.

Dado el déficit de su actividad, además de las inyecciones de liquidez, ha acudido a ampliaciones de capital: 104.000 € (08/02/2007). Ampliación de capital coincidente con un Premio de la ONCE de 104.500 €.

Utiliza la cuenta de VIVEROSen el Monte Piedad y C. de Ahorros de Badajoz (2010.0293.54.0582164004), para el pago del préstamo hipotecario 20100130400154877221, asociado a la finca registral 2508 del Registro de la Propiedad nº 2 de Badajoz, adquirida por la firma VIVEROS COSTA LUZ SLmediante Dación en Pago el 26/08/2008. Si bien los ingresos en esta cuenta proceden de transferencias de Julia Susana . Es decir, es Julia Susana quien realiza ingresos en cuenta para el pago del préstamo hipotecario de una vivienda perteneciente a la firma VIVEROS COSTA LUZ SL.

Igualmente, Elias Severino utiliza la cuenta de VIVEROSen la Caja de Córdoba-Caja Sur ( NUM317 ), para realizar transferenciasa la cuenta NUM238 , perteneciente a Coral Rebeca , con el fin de proceder al pago del préstamo hipotecario asociado a la finca NUM287 (Registro Propiedad nº 6 de Granada); vivienda unifamiliar sita en Monachil-Granada.

Es esta una sociedad 'tapadera' o sociedad instrumental de una actividad de blanqueo, dando una apariencia legal a la sociedad, como es la explotación de un vivero con sus correspondientes trabajadores.

Esta empresa presenta forma parte del entramado de empresas perteneciente al clan 'Ferramache', presentando características propias de empresa patrimonial.Empresa la cual, además de tener una actividad comercial real, ha realizado una actividad de adquisición de bienes inmuebles y otros bienes. Siendo su verdadero administrador Elias Severino , controlado a su vez por Alvaro Nicolas .

Se trata de una empresa con una directa relación con personas físicas vinculadas con el narcotráfico, donde sus gestores deben tener un conocimiento directo de su actividad y situación, incluida su administradora: Julia Susana (hermana de Alvaro Nicolas , alias ' Birras '), a pesar de que con fecha 03/03/2004 Julia Susana otorgó un PODER ESPECIAL a favor de Elias Severino para dirigir la gestión y administración de la sociedad.

EURO-SERVICIOS COSTALUZ, SL (B21264536)

Empresa constituida en el año 1998, siendo sus socios Mariana Yolanda y su hija Julia Susana , con unas participaciones del 60% y 40%, respectivamente; siendo su administradora Mariana Yolanda . Declarando como objeto social 'Servicios de limpieza y mantenimiento de viviendas'.

Esta empresa funciona, básicamente, hasta el año 2003, en el que le constan cuatro trabajadores con una retribución declarada total anual de 7.302 €.

Desde el año 2004, esta empresa deja de funcionar con el objeto para el cual se creó, pasando a convertirse en una ' empresa exclusivamente patrimonial'.A partir de ese año 2004, el importe neto de su cifra de negocios es meramente testimonial (9.015 € en el año 2004), si bien realiza una importante actividad comercial de adquisición de bienes inmuebles/fincas durante los años 2004-2009, por un importe total declarado de 984.611 €, siendo financiadas dichas adquisiciones con préstamos hipotecarios con diversas entidades de crédito (Monte de Piedad y Caja H. de Huelva y Sevilla, Caja Rural del Sur y Caixa Barcelona), por un importe total de 874.611 €, lo que supone para la empresa una importante carga en sus gastos financieros para hacer frente al pago de los intereses derivados de estos préstamos, además de tener que hacer frente a la devolución del capital prestado.

Disponiendo de un total de, al menos, nueve bienes inmuebles (del total adquirido que se va a indicar), en muchos de los cuales consta la financiación de una importante cantidad mediante hipoteca:

- Local comercial comprado en el año 1998 en la avenida Islantilla 5 escalera 1 planta 0 de isla Cristina, Huelva. Finca 15.325

- Inmueble comprado el cuatro de julio de 2001, finca registral NUM318 (vivienda) y NUM319 (garaje) del registro de la propiedad de Ayamonte. Cuando pierden operación 93.146 €. Finca vendida 2 julio 2004

- Finca comprada el 18 julio 2002 con número registral NUM320 del registro de la propiedad de Ayamonte, por un valor de 102.249 €, en el CAMINO000 NUM321 de Ayamonte (vivienda familiar número NUM234 )

- Finca adquirida el 18 febrero 2003 en la CALLE019 NUM322 manzana NUM323 de Ayamonte con número registral NUM324 , por valor de 24.040 €

- Compra el 17 junio 2004 de 3 viviendas con número registral NUM325 , NUM326 y NUM327 , por un total de 269.961 € en el conjunto urbanístico Golf-Playa IV de Lepe. De estas tres constan vendidas la segunda el 29 noviembre 2004, y la tercera el 22 diciembre 2005

- Compra el 24 noviembre 2005 de la finca registral NUM328 del registro de la propiedad de Huelva por 39.000 € en la URBANIZACIÓN002 de Cartaya.

- Compra el 27 marzo 2006 de la finca registral NUM329 del registro de Ayamonte por 60.000 €, en la AVENIDA004 NUM330 escalera NUM330 planta NUM256 estudio NUM331 de Isla Cristina (Huelva)

- Compra de inmueble el 13 julio 2007, finca registral NUM284 del registro de Ayamonte, por valor de 206.068 € por un valor de 210.068 €, de los que consta entregados a cuenta en efectivo 84.027 € por Julia Susana

- Compra de inmuebles con referencia registral NUM285 en la CALLE020 NUM332 escalera NUM195 Puente Esuri de Ayamonte, por valor de 210.583 € en donde hasta la fecha consta entregado 84.233 € por parte de Julia Susana .

- Compra el 4 febrero 2009 del apartamento turístico tipo NUM252 número NUM239 del conjunto urbanístico CALLE021 , de Isla Canela, Ayamonte, con referencia registral NUM333 del registro de la propiedad de Ayamonte, por valor 194.999 €.

Durante el periodo 2004 - 2010, los ingresos ordinarios de esta sociedad proceden básicamente, por una parte, del alquiler de parte de sus bienes inmuebles: importe total del periodo analizado por alquiler 50.197 €; así como de los ingresos de su actividad residual (importe neto cifra de negocio), lo que supone un importe total del periodo 2004-2010 por este concepto de 58.357 €.

Desde el año 2001 hasta el año 2010 la cuenta de Pérdidas y Ganancias de esta empresa registra un saldo acumulado de perdidas por importe de - 125.937 €.

Del análisis de su actividad empresarial declarada así como de su actividad de compra-venta de inmuebles, durante el periodo 2002-2010, registra un déficit acumulado de 325.195 €. Es decir, se trataría de una empresa con perdidasconstantes donde sus ingresos no pueden hacer frente a suactividad de compra-venta de inmuebles.

Dado los limitados ingresos en su actividad ordinaria, con el fin de poder hacer frente a la importante actividad derivada de la adquisición de bienes inmuebles, ha financiado su actividad inmobiliaria mediante las siguientes figuras:

-Préstamos hipotecarios (874.521 €).

-Pagos en efectivo/cheques bancarios (al menos 106.242 €).

-Pagos Julia Susana : 168.260 €. (Pagos efectuados en los años 2004 y 2005, por importe total de 84.027 € y 84.233 €, a la firma FADESA INMOBILIARIA SA, realizados respectivamente en relación con las fincas : NUM284 y NUM285 , compradas finalmente por EUROSERVICIOS COSTALUZ SLel 13-07-07).

Esta empresa presenta características propias de empresapatrimonial. Empresa que desde el año 2004 ha realizado, únicamente, una actividad de adquisición de bienes inmuebles/fincas (excepto tres ventas), sin medios económicos suficientes tanto para hacer frente al desembolso en efectivo realizado para la adquisición de los bienes inmuebles, como para poder responder al pago de las anualidades derivadas de los correspondientes préstamos hipotecarios solicitados.

Viviendas pertenecientes a la firma EURO-SERVICIOS COSTALUZ SL, vinculadas con personas físicas pertenecientes a la Organización investigada:

1.-Vivienda unifamiliar tipo NUM235 , Nº NUM334 (Calle Cañaveral). Conjunto urbanístico 'GOLF-PLAYA-IV / UER 28.1 termino municipal de LEPE. Finca registral: NUM325 (Registro Prop. Ayamonte).

Domicilio utilizado por los individuos pertenecientes a la

Organización investigada y procedentes de países del Este: Rodrigo Martin , Erasmo Teofilo y Norberto Obdulio .

En el registro de este inmueble (sumario 1/2001 JCI nº 2) se intervino el contrato de alquiler de la nave del Polígono La Gravera, donde Alvaro Nicolas , alias ' Birras ' y su cuñado Elias Severino guardaban la embarcación de alta velocidad con el apoyo físico del grupo de extranjeros. Dicho contrato de alquiler figura a nombre de Norberto Obdulio (procesado en el mismo sumario 1/2012).

En el citado registro se intervino además:

-Dos bolsas conteniendo unos diez Kg. de hachis.

-Los vehículos:

.Nissan Navara, matrícula: NUM335 , utilizado habitualmente por Elias Severino y por Rodrigo Martin , vehículo éste que transportaba la embarcación que posteriormente fue intervenida con droga. En relación con este vehículo, en el registro realizado en la firma investigada VIVEROS COSTA LUZ SL, se intervino un contrato de compra-venta de fecha 21/09/2010, a nombre de Felicisimo Lucio , procesado también por tráfico de drogas en el mismo sumario.

.Land Rover Discovery, matrícula: NUM336 , utilizado por los miembros de la Organización a lo largo del sumario 1/2012

.Furgoneta Iveco, matrícula: NUM281 , aprehendida en el alijo de drogas, junto con la embarcación y los detenidos en febrero 2011 en el mismo sumario 1/2012

2.- Vivienda sita en la URBANIZACIÓN003 de Esuri/Puente Esuri - Ayamonte - Huelva. CALLE020 , NUM332 , Esc. NUM254 , pl 0, Puerta NUM337 . Finca registral: NUM285 (Registro Prop. Ayamonte). Domicilio habitual de Alvaro Nicolas , alias ' Birras '.

Como resumen: esta empresa presenta pérdidas constantes, donde sus ingresos no pueden hacer frente a su actividad de compra de inmuebles, acudiendo a la financiación mediante préstamos con diversas entidades bancarias. Si bien, dado sus limitados ingresos reales, se observan ingresos en sus cuentas bancarias procedentes tanto en efectivo como transferencias de diversas empresas pertenecientes a la Organización así como de personas físicas también pertenecientes a esta estructura.

En este sentido, destaca la cuenta bancaria:

NUM210 (Caja Rural del Sur), cuenta en la que se realiza el pago de tres préstamos. Con el fin de financiar los préstamos y otros gastos, registra ingresos/transferencias procedentes de las sociedades COSTALUZ EUROSERVICOS SL, por importe neto de 79.600 €, así como de las firmas portuguesas: VALENTIN Y PEREIRA LDA. y INPESCOSTALUZ LDA. por importes de 39.180 y 11.270 € respectivamente. Empresas portuguesapertenecientes al 50% a Julia Susana e Elias Severino .

COSTALUZ EUROSERVICIOS SL ( B21332028)

Sociedad constituida en el año 2002, siendo sus socios Mariana Yolanda y su hija Julia Susana , con unas participaciones del 70 % y 30 %, respectivamente; siendo su administradora Mariana Yolanda . Declarando como objeto social 'Servicios de limpieza'.

Se encuentra integrada dentro de las empresas controladas por los miembros del clan ' Birras '.

Sociedad caracterizada por tener una actividad mercantil real, la cual le sirve para justificar ingresos a determinados individuos que componen el clan 'Ferramache', como es el caso de Mariana Yolanda , la cual figura como 'empleada por cuenta ajena'.

Desde el año 2007 disminuye considerablemente la cifra de negocios, coincidiendo con la entrada en pérdidas de la sociedad. Pérdidas que continuarán durante los años siguientes.

Los beneficios obtenidos durante los años previos se han acumulado en reservas, compensado las pérdidas de los años posteriores. Beneficios que no han sido repartidos entre los socios durante los años de vida de la sociedad, no pudiendo justificar ingresos adicionales procedentes de esta sociedad más que los anteriormente indicados.

Esta empresa adquiere tres inmuebles en los años 2006, 2007 y 2010, bienes financiados con préstamos hipotecarios y póliza de préstamo:

- Local adquirido el 23 junio 2006 (nave industrial); finca registral 22.121 del registro de Ayamonte, siendo la cuantía de la operación 126.175 €

- Compra el 12 enero 2007 del inmueble de la PLAZA001 NUM239 Ayamonte; finca registral de NUM338 del registro de esa localidad. El valor de la operación fue 60.000 €. Constan como transmitentes Elias Severino y esposa, Julia Susana

- Compra de local comercial el 25 enero 2010 por 83.689 €, en la urbanización Sol y Nieve, nº 20, escalera E, de Sierra Nevada, por 83.689 €; finca registral 2627 del registro de la propiedad número seis de Granada.

- Vínculos e indicios de blanqueo detectados:

Vehículo: Mercedes CLK, matrícula ....KKK .

Uso vehículo perteneciente a la sociedad COSTALUZ

EUROSERVICIOS SL, por parte de Alvaro Nicolas e

Elias Severino , en relación con las actividades ilícitas del sumario 1/2012

Transmisión de viviendas del patrimonio personal de Julia Susana e Elias Severino a la empresa COSTALUZ EUROSERVICIOS SL(con el fin de evitar o dificultar posibles acciones contra el patrimonio personal en casos de embargos por actuaciones relacionadas con el narcotráfico), como es la ya indicada Venta del inmueble sito en la PLAZA001 nº NUM239 de Ayamonte (finca: NUM286 ), con fecha venta 12/01/2007, a la firma COSTALUZ EUROSERVICIOS SL.Venta realizada por el matrimonio Elias Severino y Julia Susana .

Contratos privados de compra-ventade fecha 14 de septiembre de 2005, firmados entre la firma COSTALUZ EUROSERVICIOS SLy la firma FADESA INMOBILIARIA SA , en relación con las parcelas: 17.590 y 17.591 (Registro Propiedad de Ayamonte).

La sociedad COSTALUZ EUROSERVICIOS ha pagado un total de181.499 € en el año 2005.No teniendo constancia de la situación contable de estas entregas a cuenta por parte de la sociedad COSTALUZ EUROSERVICIOS SL.

Desde el mes de diciembre del año 2005,fecha en la que realizó el último pago, por parte de los representantes de la firma COSTALUZ EUROSERVICIOS SLno han realizado gestión alguna en relación con las parcelas en cuestión. Lo que supone una forma de tener 'reservadas' unas propiedades mediante entregas a cuenta de importantes cantidades de dinero, manteniendo el bien a nombre de terceros. En definitiva, una ocultación de bienes ante posibles acciones de terceros sobre el patrimonio de los investigados.

En relación con los citados contratos privados con la firma FADESA INMOBILIARIA SL, se han detectado una serie de coincidencias y similitudes comportamientos con los testaferros de Coral Rebeca y Jenaro Pascual .

Contratos con la misma tipología, caracterizados por:

Todos los contratos se realizaron en el año 2005

Se han pagado unas importantes cantidades a cuenta, principalmente en el año 2005, no abonándose la parte pendiente hasta la fecha, ni reclamando cantidad alguna.

Importe abonadoImporte pendiente de pago

COSTALUZ EUROSERVICIOS 181.499 181.499

Coral Rebeca 179.024 179.024

Jenaro Pascual 192.088245.375

JARDINERIA Y CONSTRUCCIONES COSTA LUZ SL (B21326830)

Sociedad constituida en el año 2001, iniciando su actividad el 10/12/2001, siendo sus socios al 50 % Elias Severino y Gaspar Victoriano . Declarando como objeto social 'actividad de jardinería'.

Empresa con Domicilio social en la calle Sebastián Urbano Vázquez nº 11 de Isla Cristina, dirección que corresponde también con el domicilio de una serie de sociedades pertenecientes al clan 'Ferramache': EUROSERVICIOS COSTALUZ SL, ALENA CÍTRICOS SL, VIVEROS COSTA LUZ SL.

Siendo administrador de la sociedad Elias Severino , cuñado de Alvaro Nicolas , ambos han figurado como preceptores de trabajo durante los años de vida de esta empresa.

Empresa con una actividad real de tres años: periodo 2002-2004.Durante estos años se ha caracterizado por sus fuertes pérdidas durante los años 2003 y 2004, acumulando unas pérdidas a finales del año 2004 de 309.423 €,lo cual supone el cese de su actividad comercial el 28/02/2005. Figurando en el balance a fecha 31/12/2004, último año de funcionamiento, unas deudas a corto plazo por importe de 365.145€. Si bien en el año 2005 solo le constan unas deudas por 1.931 €. Es decir, en el año 2005 prácticamente ha liquidado sus deudas, no teniendo tesorería para hacer frente a tales deudas.

Adquirió un local comercial en la calle Almadraberos nº 3 de Isla Cristina (Huelva), el cual se vendió el 15/05/2009 a la firma VIVEROS COSTA LUZ, empresa perteneciente al clan 'Ferramache' (como ya se ha explicado)

En el presente caso Elias Severino , sería el administrador de la sociedad, dando cobertura legal y reflejando la contratación de su cuñado Alvaro Nicolas , con el fin de justificar la obtención de ingresos por parte de éste (contratación ficticia). Incluso llegando a proponer Elias Severino a su socio la entrada en la sociedad como socio de Alvaro Nicolas mediante una ampliación de capital, que, ante la negativa de su socio, procede a una descapitalización, llegándose a quedar con el local comercial de la sociedad mediante una venta encubierta para transferirlo a la sociedad VIVEROS COSTALUZ SL. Venta que se realiza en el año 2009, cuando la sociedad dejó de funcionar a principios del año 2005.

HERVALUZ SERVICIOS DE JARDINERIA ( B 21474176)

Empresa constituida en el año 2009, iniciando su actividad el 05/06/2009, siendo sus socios iniciales al 50%: Julia Susana e Elias Severino . Si bien, con fecha 21 de septiembre de 2011, Elias Severino procede a la transmisión de sus participaciones a favor de Julia Susana , tras haber sido detenido en el sumario 1/2012 por tráfico de drogas. Su objeto social es la actividad de la jardinería, proyectos de decoración y construcción de zonas ajardinadas.

Empresa con domicilio social en la calle Carretera Nacional 431, Km. 2,6 (Ayamonte) dirección que corresponde también con el domicilio de la firma VIVEROS COSTA LUZ SL.

Empresa que se ha caracterizado por:

.Sus trabajadores han trabajado previamente en la firma

VIVEROS COSTALUZ SL.

.Sus compras superiores a 3.000 € declaradas, son únicamente a la firma VIVEROS COSTALUZ SL.

.Sus ventas superiores a 3.000 € declaradas, son a clientes de la firma VIVEROS COSTALUZ SL(años 2009-2010).

En definitiva, se trata de la creación de una empresa intermediaria entre la firma VIVEROS COSTALUZy parte de los clientes de esta empresa.

HERVA PESCADOS Y MARISCOS SL (B21409867)Empresa constituida el 31/01/2006. Siendo sus socios al 50% Julia Susana e Elias Severino .

(Capital social 20.000 €).

Está dada de alta en los epígrafes de actividades económicas: 'Comercio Mayor Pescados'. Siendo su domicilio en la Calle Doctor Fleming nº 8 de Ayamonte (Huelva). Posible domicilio coincidente con la dirección: Plaza Doctor Fleming nº 7 de Ayamonte (finca: 9.399, Registro Propiedad Ayamonte). Esta finca pertenecería en un principio a Julia Susana e Elias Severino (adquirida el 11/02/2002) y posteriormente vendida a la firma COSTALUZ EUROSERVICIOS SL(12/01/2007).

Esta sociedad ha tenido una vida de catorce meses (del 31/01/2006 al 31/03/2007), si bien se ha caracterizado por su escasa actividad comercial.

COSTA LUZ EUROSERVICIOS ZONA ESTE SL (B21404835)

Empresa constituida el 20/10/2005. Siendo sus socios iniciales al 50% Mariana Yolanda y Coral Zulima . Dándose de alta en el epígrafe de actividades económicas: 'Servicio de Limpieza'. Finalizando su actividad el 31/10/2008.

Con fecha 31/05/2006, Mariana Yolanda procede a la transmisión de sus participaciones.

Empresa caracterizada por una vida muy limitada (unos tres años), no le constan trabajadores, con continuas pérdidas declaradas y una muy escasa actividad comercial.

LAS CANTIDADES BLANQUEADAS POR CADA ACUSADO EN ESTOS HECHOSASCIENDE A LAS SIGUIENTES CIFRAS:

- Benedicto Jose : 272.017€

- Jenaro Pascual : 197.497€

- Julio Prudencio : 180.000€

- Camila Hortensia : 119.840€

- Bernardino Daniel : 119.840€

- Julia Susana : 889.697€

- Mariana Yolanda : 1.751.799€

Fundamentos

PRIMERO.-Al haber mediado acuerdo entre el Ministerio Fiscal y las defensas de los acusados Jenaro Pascual , Camila Hortensia , Bernardino Daniel , Benedicto Jose , Julia Susana y Mariana Yolanda , una vez que estos manifestaron su conformidad con ese acuerdo alcanzado, y sus respectivos letrados ratificaron esa conformidad, la sentencia que para estos se dicte ha de respetar los términos que pactaron las partes.

En efecto, conforme al art. 787. 1 LECrim , abierta la sesión del juicio oral y antes de iniciarse la práctica de la prueba, la acusación y las defensas, con la conformidad de los acusados presentes, podrán pedir al Juez o Tribunal que dicte Sentencia de conformidad con el escrito de acusación que contenga pena de mayor gravedad, o con el que se presentara en ese acto, que no podrá referirse a hecho distinto ni contener calificación más grave que la del escrito de acusación. Y si la pena no excediere de seis años, el Juez o Tribunal dictará sentencia de estricta conformidad con la aceptada por las partes, si entendiere que la calificación aceptada es correcta y la pena procedente.

En cualquier caso, decir que nos parece razonable el criterio seguido por el Ministerio Fiscal, cuando, en sus conclusiones definitivas, ha retirado la agravación de organización criminal para todos los acusados, en atención a la interpretación restrictiva que el Tribunal Supremo ha venido dando para la aplicación de tal agravación, máxime si se tiene en cuenta que no podía contar con una prueba que no es de descartar que tuviera su importancia a tal efecto, como era con la declaración del acusado que se encuentra en rebeldía, Alvaro Nicolas , y de quien también fuera investigado por los hechos, Elias Severino , fallecido.

SEGUNDO.-No llegó a un acuerdo con el Ministerio Fiscal la defensa del acusado Julio Prudencio , que, en línea con la posición de este, quien mantenía no haber cometido el delito que se le atribuía, solicitó la libre absolución de su patrocinado, ante lo cual se hace necesario entrar en la valoración de la prueba, al objeto de comprobar si esos hechos de que se le acusa, que constituyen la base de la ulterior calificación, los ha cometido, y que serían constitutivos de un delito doloso de blanqueo de bienes procedentes de un delito de tráfico de drogas del art. 301 apdo. 1 pfs. I y II , y apdos. 2 y 5 del Código Penal , según redacción vigente en la época de los hechos, esto es, anterior a la reforma operada por LO 5/2010, pues se sitúan en los años 2003 y 2004.

Para entrar en esa valoración podemos comenzar con el planteamiento que hacía el propio acusado, cuando, en su turno de última palabra, preguntaba que por qué estaba sentado en el banquillo por comprar y vender una casa como hace cualquier persona, porque la esencia de la acusación, efectivamente, se encuentra en ese hecho, que, entresacado del antecedente de hechos probados, se concreta en que el día 14 de agosto de 2003 adquirió ante Notario la finca rústica con vivienda, sita en FINCA002 , término de Ayamonte, que vendió a Julia Susana , también ante Notario, el día 27 de octubre de 2004. Ahora bien, este hecho, que se presenta como inocuo o neutro, habremos de verificar si, ciertamente, lo es, o si, por el contrario, viene adornado de alguna característica que lo haga ilícito, como es propio de un delito de blanqueo de dinero, en que, precisamente, porque se reviste de lícito o se aprovecha lo que de lícito tiene una actividad que no lo es, ese el mecanismo que se suele emplear para blanquear el dinero de procedencia ilícita, para, de esta manera, hacerle circular como lícito, cuando no lo es.

En el FJ 26º de la STS 165/2013, de 26 de marzo de 2013 , en relación con los actos neutrales se puede leer lo siguiente: 'Con la reciente STS 823/2012 de 30 de octubre , podemos definir como actos neutrales los realizados en el marco de actuaciones legales, pero que luego pueden ser derivados al campo delictivo. No son actos típicos de ningún delito. La naturaleza de los actos neutrales y su diferencia respecto de los que no pueden ser estimados como tales, ha sido tratado en varias sentencias de la Sala: 34/2007 ; 185/2005 ; 797/2006 ; 928/2006 ó 1300/2009 .

En general la Sala se ha inclinado por un criterio mixtocomo elemento diferenciador de actos neutrales de los que nolo son, exigiendo que el sujeto conozca la verdaderanaturaleza y finalidad del acto, y que este, objetivamentesirva, y coadyuve a la facilitación del delito, lo que suponeun aporte necesario a tal fin'.

La base de la acusación se encuentra en el informe pericial, de 30 de enero de 2012, elaborado por la Agencia Tributaria, incorporado en el Tomo II, en concreto, en lo que se refiere a Julio Prudencio , en los folios 793 y siguientes, ratificado y ampliado en juicio por los agentes que lo elaboraron, NUMA NUM339 y NUM340 , y Guardia Civil NUM341 . En el análisis de la prueba, haremos dos bloques, uno primero relativo a la capacidad económica del acusado, y otro, a continuación, sobre la procedencia del dinero que utiliza para la adquisición de la FINCA002 .

A)Sobre la capacidad económica del acusado.

En el acto del juicio explicaron los peritos la fuente de ingresos de este acusado y cómo realizaron un análisis patrimonial de todos sus bienes, mediante la búsqueda en las correspondientes bases de datos; se analizaron sus ingresos y los gastos desembolsados en fincas adquiridas por él, y, entre las explicaciones que dieron, cuando se detienen en la operación de la FINCA002 , indicaban que la realidad de esa venta no era como figuraba en los protocolos notariales, según los cuales Julio Prudencio la compra en agosto de 2003 y la vende a Julio Prudencio en octubre de 2004, sino que esta, aunque formalmente la adquiere ante Notario en esta fecha, en realidad entró en la vivienda a los 15 días de haberla comprado Julio Prudencio , en agosto de 2003, y que así lo conocían, como, en concreto, explicaba el funcionario de la Guardia Civil NUM341 , a raíz de investigaciones realizadas por dicho cuerpo, que tienen su origen en lo que consideraban una sospechosa operación desde su inicio, a la vista de lo que ante ellos declaró el inicial vendedor. (En el folio 797 se recoge parte de esa declaración, que, completa, está incorporada al folio 801, y que, al margen de que no tenga validez alguna como prueba en este procedimiento, en cuanto su existencia no se puede negar, sí consideramos que justifica una investigación del tipo de la que relataba en juicio el funcionario policial, cuyos resultados, entre ellos el momento que entrara a ocupar la vivienda Julia Susana , sí los aporta de primera mano el propio funcionario).

Tal manera de proceder constituye un primer elemento para considerar insuficientes los recursos por parte de Julio Prudencio para la adquisición de esa vivienda, carencia de medios que se ve confirmada tras el análisis de sus ingresos: en concreto, en 2003, año en que adquiere la FINCA002 , solo 7.505 €, más otros 7.452 € por la venta de una nave industrial en enero en la calle Gibraleón nº 27 de Ayamonte, lo que es un saldo notoriamente insuficiente, aunque solo pensemos en los 29.850 € que entregó en mano el día de la compra, más 10.500 € en gastos, como ha reconocido desde su primera declaración (folio 805), y no entremos en consideración sobre las mensualidades que debería abonar, para hacer frente a la hipoteca de 120.149 € con que debía completar el pago íntegro de la compra, que también dijo en esa declaración que las iba pagando él.

Ante tal desproporción entre ingresos y gastos, fue preguntado en fase de instrucción (Tomo VIII, folio 3435, también 3835, una de las que se encuentra gravadas en el DVD incorporado entre el folio 3521, también 3921, y el 3522, también 3922), y la respuesta que daba para justificar semejante discordancia es que contaba con ingresos, una parte lo que le rentaba una antena de repetición, que eran 400 € mensuales; también decía que parte del dinero se lo había dejado su madre, o que otra parte era del conocido como dinero 'B', que percibió porque había trabajado en la construcción y que, como albañil, ganó mucho dinero.

Similares preguntas le fueron realizadas en el acto del juicio oral, y semejantes respuestas dio; pero lo que resulta más definitivo es que, habiendo tenido tiempo desde marzo de 2013, cuando presta declaración ante el Juez de Instrucción, hasta el día del juicio, febrero de 2015, lo único que ha aportado, y fue ese mismo día, son los impresos de declaración del IRPF e IVA de su madre correspondientes a los años 2002 y 2003, con los que acreditar la capacidad económica de esta, y sus posibilidades para prestarle el dinero que dice que le prestó.

Admitimos que no es fácil obtener una prueba plena sobre tales extremos, al haber fallecido la madre, por un lado, y no ser fácil encontrar que alguien se preste a declarar cuando paga en dinero 'B', por otro, pero, al menos, se podía haber intentado algo más de lo que se ha hecho al respecto.

En lo que se refiere a las aportaciones de la madre, esos impresos que se aportan sobre sus declaraciones con Hacienda permiten acreditar que en el año 2002 el total de los ingresos íntegros fueron 24.761,60 € y en 2003 fueron 25.752 €, lo que no es indicativo de una economía lo suficientemente importante como para que, además de mantenerse y vivir al día, se pueda permitir el lujo de prestar una cantidad, si se quiere una parte de ella, como la que precisaba el acusado para el pago inicial y gastos de la compra de la finca, por no referirnos a las mensualidades a que tendría que hacer frente por el aplazamiento de la hipoteca que constituyó para el pago total de la finca. Al margen de lo anterior, se suele contar con parientes, familiares o conocidos de la suficiente confianza, que sepan de esos préstamos internos entre familia, como también se podrían haber presentado movimientos de la cuenta corriente de la madre, que indicasen que, efectivamente, extrajo cantidades de dinero en coherencia con lo que el acusado manifiesta que le prestó. Nada de eso se hace en relación con ese año 2003, y cuando la defensa formula alguna pregunta que tuviera que ver con este particular, se refiere al año 2011, relacionada con la herencia de la madre, que fallece en 2007, y que, por lo tanto, nada aporta en relación con ingresos del año 2003.

Y en lo que concerniente al dinero en 'B', es de presumir que tuviera algún compañero o amigo que pudiera manifestar que, efectivamente, trabajó el acusado en épocas próximas a la compra de la finca, en 2003, en qué lo hizo y cuánto tiempo, para, a partir de lo cual, hacerse una idea del montante de ese dinero 'B', que dice que recibió.

En consecuencia, ante la precaria y escasa prueba aportada, solo podemos dar por acreditado que los ingresos con los que contaba Julio Prudencio eran los que se hacen constar en el informe pericial, que en el año 2003, sumados los dos conceptos que en él se mencionan, sumarían 14.957 €, insuficientes, a todas luces, para entregar en metálico los

29.850 €, pagar los 10.500 € por gastos de la opercaión, hacer frente a las mensualidades y, además, mantenerse con lo mínimo indispensable para poder vivir. El dinero, por lo tanto, vino, necesariamente, de una procedencia ilícita, porque, de tener un origen lícito, no hubiera habido razón para que ocultase su procedencia.

B)Sobre la procedencia del dinero utilizado para la adquisición de la FINCA002 .

Retomamos en este punto lo que decíamos más arriba, cuando dábamos por probado que la realidad de la operación de la FINCA002 fue que se adquirió para Julia Susana , por mucho que formalmente la comprase ante Notario Julio Prudencio en agosto de 2003, porque no de otra manera se puede entender que fuese aquella la que la ocupase desde los primeros días y no este. Además, si, como también hemos indicado, Julio Prudencio no tenía capacidad económica para hacer frente al pago de la vivienda, no la pudo pagar él.

También es una realidad, porque lo acredita no solo la prueba documental, sino la propia conformidad prestada por Julia Susana , que esta no tenía ingreso por trabajo hasta el año 2006. Así lo hemos hecho dicho en el antecedente de hechos probados, en el pasaje que concretamente dice: 'A Julia Susana no le consta ingreso por trabajo hasta finales del año2006 (provenientes de la Junta de Andalucía, por importe de1.739 €); excepto un ingreso en el año 2004 por importe de1.765 € con origen en la 'Fundación IA Intervención AdicionesFulgencio Benítez''.

Si, por otra parte, se tiene en cuenta que Julia Susana estaba casada con Elias Severino y que era hermana de Alvaro Nicolas , o se nos da una explicación más razonable, o solo podemos concluir que el dinero que esta manejase tendría que ser el que estos la proporcionasen.

A esta conclusión se llega no de una manera gratuita, sino tras un proceso lógico deductivo sobre cómo se realizó la compra, así como tras valoración de la documental incorporada a las actuaciones. Es cierto que se trataría de una prueba que incrimina a Julia Susana , pero no es menos cierto que el día que esta prestó su conformidad, en la sesión del día 5 de febrero, se encontraba presente Julio Prudencio y su letrado, quien, en ese momento, pudo haber pedido que se oyera en declaración a aquella, para que aclarase lo que considerase necesario en relación con su patrocinado; pero no solo no lo hizo, sino que, cuando se excusó de que comparecieran a la sesión del día 9 los acusados que se conformaron, no puso objeción alguna ni formuló protesta, a los efectos de que Julia Susana no dejara de comparecer, para responder al interrogatorio que tuviera por conveniente, de cara a la defensa de su patrocinado.

Dicho que el dinero que se utilizó para la compra de la finca lo puso Julia Susana , Julio Prudencio , necesariamente, tenía que saber que se trataba de un dinero de procedencia ilícita y que su origen se encontraba en un delito de tráfico de drogas.

Venía a mantener en el acto del juicio el acusado que él no tenía por qué saber cuál era la procedencia de ese dinero, porque no tenía por qué conocer la actividad a que se dedicase Alvaro Nicolas , excusa que, sin embargo, no resulta creíble.

En efecto, Ayamonte, municipio donde vivían todos ellos, contaba en los años 2003/2004 con una población en torno a los 17.400 habitantes, y no resulta creíble esa excusa que da el acusado, partiendo de unas palabras que él mismo decía en el acto del juicio, cuando, a preguntas de su letrado, respondía que es un pueblo de 18.000 habitantes en el que nos conocemos todo el mundo. Si partimos de este dato, como hemos de hacer, porque lo aporta el propio acusado, y lo ponemos en relación con la notoriedad que en dicho pueblo tenía la familia Julia Susana Camila Hortensia Alvaro Nicolas Mariana Yolanda Benedicto Jose , no puede negar que conociera la procedencia de los ingresos de esta familia.

En concreto, de la notoriedad de Alvaro Nicolas no queda la menor duda, pues, según la página oficial de la Dirección General de Policía Nacional (http://www.policia.es/prensa/20140209_1.html), de acceso público, en visita realizada el 14 de febrero de 2015, estaba entre los diez criminales más buscados que pudieran encontrarse en nuestro país, y al que se atribuían delitos, como el de tráfico de drogas. Es verdad que se trata de una información reciente, pero no se puede desconocer, tampoco, que, según su hoja histórico-penal, cuenta con antecedentes penales, entre ellos en una sentencia de 18 de mayo de 2000 , firme el 24 de octubre de 2002 , en que resultó condenado por un delito contra la salud pública, a la pena de 4 años, 2 meses y 1 día de prisión menor. Por lo tanto, si en el pueblo se conocen todos, no resulta creíble que Julio Prudencio desconociera las actividades a que se dedicaba Alvaro Nicolas , a quien, expresamente, dijo que conocía en el acto de juicio, cuando era una persona que, por su notoriedad, no podía pasar desapercibida.

Al margen de que no resulta creíble la anterior excusa dada por Julio Prudencio , cuando dice que no llegó a conocer la realidad sobre la procedencia del dinero que se prestó a manejar, esto solo le sería imputable a él, porque, el que fuera utilizado para manejar una cantidad tan importante como la que se prestó a manejar, en el peor de los casos, y, solo de haber tenido un mínimo celo, debería haberle llevado a interesarse por indagar mínimamente sobre esa procedencia, mucho más sabiendo la familia que estaba por medio. En tal caso, en aplicación del principio de indiferencia, estaríamos ante un supuesto de dolo eventual, por ignorancia deliberada, que no le exime de su responsabilidad por el delito del que viene siendo acusado, por cuanto que ha sido el propio acusado el que se ha colocado en la situación de desconocimiento con la que pretende excusar su conducta.

En este sentido, la STS 228/2013, de 22 de marzo de 2013 , en su FJ 24º, decía: 'Y en cuanto a la participación de la recurrente en el delito de blanqueo y su conocimiento sobre el origen ilícito del dinero, la jurisprudencia ha venido sosteniendo que a pesar de los términos utilizados en el tipo, debe entenderse comprendido en él el dolo eventual ( STS.457/2007 de 29.5 ). Se abandonó, hace tiempo, una concepción que exigiera un dolo directo sobre el conocimiento de la ilícita procedencia de los bienes, siendo suficiente el dolo eventual para su conformación. Consecuentemente puede afirmarse ese conocimiento cuando el autor ha podido representarse la posibilidad de la procedencia ilícita y actúa para ocultar o encubrir o ayudar a la persona que haya participado en la ilícita actividad, sin que deba exigirse una concreta calificación, siendo bastante un conocimiento genérico de la naturaleza delictiva del hecho sobre cuyos efectos se actúa. En otras palabras, basta con un conocimiento de las circunstancias del hecho y de su significado social ( SSTS. 10.1.2000 , 5.2.2003 , 22.7.2003 , 12.3.2004 , 9.10.2004 , 19.1.2005 , 14.9.2005 , 483/2007 de 4.6). No sería suficiente la mera sospecha, aunque bastaría con la conciencia de la anormalidad de la operación a realizar y la razonable inferencia de que el dinero procede de un delito grave, con plena admisión del dolo eventual como forma o modalidad dentro del cual se pueden incardinar los supuestos de ignorancia deliberada ( S.T.S. 28/2010 de 28.1 ). No es necesario el conocimiento 'actual e inmediato' del origen de los bienes, basta el dolo eventual, es suficiente el conocimiento del ámbito de que aquéllos procedían y haberle sido indiferente aquel origen; ( STS. 1286/2006 de 30.11 ). Por tanto, no se exige un dolo directo, bastando el eventual o incluso como se hace referencia en la sentencia de instancia, es suficiente situarse en la posición de ignorancia deliberada. Es decir quien pudiendo y debiendo conocer, la naturaleza del acto o colaboración que se le pide, se mantiene en situación de no querer saber, pero no obstante presta su colaboración, se hace acreedor a las consecuencias penales que se deriven de su antijurídico actuar ( STS. 1372/2009 de 28.12 , 1257/2009 de2.12 )'.

La anterior doctrina sería de aplicación al caso que nos ocupa, pese a las objeciones que se han puesto a la teoría de la ignorancia deliberada por los roces o afectación que pudiera suponer para el principio de culpabilidad, pero que supera la propia jurisprudencia, como hace en una cita que extraemos de la STS 987/2012, de 3 de diciembre de 2012 , en la que se dice que 'nuestra jurisprudencia referente al concepto de dolo eventual ha establecido que en aquellos supuestos en los que se haya probado que el autor decide la realización de la acción, no obstante haber tenido consistentes y claras sospechas de que se dan en el hecho los elementos del tipo objetivo, manifestando indiferencia respecto de la concurrencia o no de estos, no cabe alegar un error o ignorancia relevantes para la exclusión del dolo en el sentido del art. 14.1 CP ',cita que traemos a colación, porque, tras el análisis que hemos realizado de la prueba, consideramos haber dejado constatados suficientes indicios acreditativos de que el acusado, que debía tener consistentes y claras sospechas de que estaba blanqueando dinero procedente del tráfico de drogas, se mostró indiferente ante ello y prefirió realizar lo que en su mano estaba para tal blanqueo.

TERCERO.-Los razonamientos expuestos en el fundamento precedente, por incompatibilidad, nos llevan a excluir la hipótesis de la imprudencia que, aunque no fue planteada por la defensa ni en sus conclusiones provisionales ni en las definitivas, la esgrimió como una alternativa por vía de informe.

En consecuencia, la condena que procede para Julio Prudencio ha de ser como autor penalmente responsable de un delito doloso de blanqueo de dinero, sin que concurran circunstancias modificativas de su responsabilidad, por el que le impondremos la pena mínima de prisión, que fijamos en 3 años y 3 meses de prisión, así como la multa de 120.000 €, por ser la que solicita para él el Ministerio Fiscal, pese a que a en el momento que concretó la cantidad que entendía blanqueada, en el acto de juicio, dijo que eran 180.000 €.

En atención a lo expuesto.

Fallo

que, concurriendo la circunstancia atenuante cualificada de reconocimiento de los hechos, debemos condenar y condenamos,como autores penalmente responsables de un delito de blanqueo de capitales, según se ha definido con anterioridad respecto de cada acusado, a:

- Jenaro Pascual , en quien, además, concurre la circunstancia atenuante simple de drogadicción, a la pena de CINCO meses de prisión y multa de 50.000 €, con 5 días de arresto sustitutorio en caso de impago, previa declaración de insolvencia.

- Camila Hortensia y Bernardino Daniel , para cada uno de ellos, a la pena de UN año y SEIS mesesde prisión, y multa de 40.000 €, con 5 días de arresto sustitutorio en caso de impago, previa declaración de insolvencia.

- Benedicto Jose , a la pena de UN año y SEIS mesesde prisión, y multa de 80.000 €, con 10 días de arresto sustitutorio en caso de impago, previa declaración de insolvencia.

- Julia Susana , a la pena de UN año y SEIS mesesde prisión, y multa de 250.000 €, con 10 días de ar esto sustitutorio en caso de impago, previa declaración de insolvencia.

- Mariana Yolanda , a la pena de UN año y SEIS meses de prisión, y multa de 450.000 €, con 10 días de ar esto sustitutorio en caso de impago, previa declaración de insolvencia.

- Y a Julio Prudencio , sin que concurran en este circunstancias modificativas de su responsabilidad, a la pena de TRES años y TRES mesesde prisión y multa de 120.000€, con 12 días de arresto sustitutorio en caso de impago, previa declaración de insolvencia.

Cada pena privativa de libertad llevará aparejada sus correspondientes accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena.

Asimismo, se les condena al pago de las costas del presente juicio por partes iguales.

Se ACUERDA, igualmente, el comiso y disoluciónde las siguientes sociedades, creadas y/o participadas por los acusados:

- ALENA CÍTRICOS SL(B21345673) (actualmente ALENA HEREDEROS SL).

- VIVEROS COSTALUZ SL(B21352869).

- EURO-SERVICIOS COSTALUZ SL(B21264536).

- COSTALUZ EUROSERVICIOS SL(B21332028).

- JARDINERÍA Y CONSTRUCCIONES COSTA LUZ SL(B21326830)

- HERVALUZ SERVICIOS DE JARDINERÍA SL(B21474176).

- HERVA PESCADOS Y MARISCOS SL(B21409867).

- COSTA LUZ EUROSERVICIOS ZONA ESTE SL(B21404835).

Como también se acuerda el comiso y su adjudicaciónal Plan Nacional sobre la droga (Mesa de Coordinación de Adjudicaciones) de cuantos bienes muebles e inmuebles han sido identificados en el relato de hechos probados que figuran a nombre de todos los acusados, y se encuentran provisionalmente bloqueados, incluidos los que figuran a nombre de Elias Severino , excepción hechade:

- La FINCA002 , nº NUM196 del Registro de la propiedad de Ayamonte, tomo NUM197 , libro NUM198 .

- Y de las siguientes cuentas corrientes y/o Libretas:

NUM199 .

NUM200 .

NUM201 .

NUM202 .

NUM203 .

NUM204 .

NUM205 .

NUM206 .

NUM207 .

NUM208 .

NUM209 .

NUM210 .

NUM211 .

NUM212 .

NUM213 .

NUM214 .

NUM303 .

NUM216 .

NUM217 .

NUM218 .

NUM219 . NUM220 .

Notifíquese la presente sentencia a las partes, con indicación de que contra la misma solo podrá interponer recurso de casación el Ministerio Fiscal, en lo relativo al pronunciamiento sobre Julio Prudencio , así como la representación de esta acusado, en el término de cinco días, a contar desde su notificación.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que unirá certificación al Rollo de Sala, lo acordamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.-La anterior sentencia, ha sido leía y publicada por el Magistrado Ponente mientras celebraba audiencia pública en el día de su fecha en la Sección Segunda, de lo que como Secretario Judicial, doy fé.

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