Sentencia Penal Nº 40, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 64 de 13 de Junio de 2000
- Orden: Penal
- Fecha: 13 de Junio de 2000
- Tribunal: AP - Pontevedra
- Ponente: Dominguez Vigueira Fernandez, Angela
- Núm. Sentencia: 40
- Núm. Recurso: 64
Reiterado dicha requerimiento a través de exhorto al Juzgado de Paz de O Rosal no pudo ser practicado dicho requerimiento al no personarse los demandados en el Juzgado exhortado. En dicho Juzgado se dictó sentencia conteniendo el siguiente Fallo: Notificada dicha sentencia a las partes, por ELEUTERIO L , MANUEL L y CARMEN L se interpuso recurso de apelación que fue admitido y tramitado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 795.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y elevadas las actuaciones a esta Audiencia se pasó al Magistrado Ponente para dictar resolución.El primer motivo del Recurso de Apelación interpuesto debe ser desestimado, pues las Diligencias Previas que derivaron en el presente juicio de faltas, fueron incoadas en virtud de providencia de 3 de mayo de 1999, dictada por el Juez de Primera Instancia, acordando deducir testimonio de determinados particulares obrantes en el juicio ejecutivo número 30/91 que se seguía en el mismo Juzgado, por si pudiera darse un delito de desobediencia a la Autoridad.Con testimonio de esta resolución, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia por quien se acusará recibo.
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