Sentencia Penal Nº 400/20...ro de 2006

Última revisión
19/01/2006

Sentencia Penal Nº 400/2006, Tribunal Supremo, Rec 1721/2005 de 19 de Enero de 2006

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Orden: Penal

Fecha: 19 de Enero de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN

Nº de sentencia: 400/2006

Resumen:
DELITO: estafa MOTIVOS: quebrantamiento de forma, presunción de inocencia, infracción de ley.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Enero de dos mil seis.

Antecedentes

PRIMERO.- Por la audiencia Provincial de Madrid (sección 16) , en autos nº Rollo de Sala 19/05, dimanante del Procedimiento Abreviado 6045/00 del juzgado de Instrucción 37 de Madrid, se dictó Sentencia de fecha 22 de junio del 2005, en la que se condenó al acusado Pablo , como autor responsable de un delito de estafa, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión y multa de seis meses con cuota diaria de 6 euros con la accesoria de inhabilitación especial para el Derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de la mitad de las costas procesales causadas, y a que indemnice a Sonifer S.A., en la cantidad de 40784,89 euros por el importe de las máquinas vendidas, declarando la responsabilidad civil subsidiaria de Silvio .

Que debemos absolver y absolvemos al acusado del delito de falsedad , al declarar su prescripción con declaración de oficio de la mitad de las costas causados.

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de casación por Pablo, mediante la presentación del correspondiente escrito por el procurador de los Tribunales D. Antonio Barreiro-Metro Barbero. El recurrente, menciona como motivos susceptibles de casación los siguientes: 1) Al amparo del art. 851.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal alega la consignación en los hechos probados de conceptos jurídicos que predeterminan el fallo. 2) Al amparo del art. 5.4 de la LOPJ se alega la vulneración del derecho a la presunción de inocencia del art. 24.2 de la Constitución Española . 3) Infracción de ley conforme al art. 849.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por infracción del art. 131.1 del Código Penal .

Y asimismo contra dicha Sentencia, se interpuso recurso de casación por Silvio, mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Dª. Julia Rodríguez Alvarez. El recurrente, cita como único motivo de casación la vulneración del Derecho a la presunción de inocencia del art. 24.2 de la Constitución Española .

TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Enero de dos mil seis.

PRIMERO.- Por la audiencia Provincial de Madrid (sección 16) , en autos nº Rollo de Sala 19/05, dimanante del Procedimiento Abreviado 6045/00 del juzgado de Instrucción 37 de Madrid, se dictó Sentencia de fecha 22 de junio del 2005, en la que se condenó al acusado Pablo , como autor responsable de un delito de estafa, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión y multa de seis meses con cuota diaria de 6 euros con la accesoria de inhabilitación especial para el Derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de la mitad de las costas procesales causadas, y a que indemnice a Sonifer S.A., en la cantidad de 40784,89 euros por el importe de las máquinas vendidas, declarando la responsabilidad civil subsidiaria de Silvio .

Que debemos absolver y absolvemos al acusado del delito de falsedad , al declarar su prescripción con declaración de oficio de la mitad de las costas causados.

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de casación por Pablo, mediante la presentación del correspondiente escrito por el procurador de los Tribunales D. Antonio Barreiro-Metro Barbero. El recurrente, menciona como motivos susceptibles de casación los siguientes: 1) Al amparo del art. 851.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal alega la consignación en los hechos probados de conceptos jurídicos que predeterminan el fallo. 2) Al amparo del art. 5.4 de la LOPJ se alega la vulneración del derecho a la presunción de inocencia del art. 24.2 de la Constitución Española . 3) Infracción de ley conforme al art. 849.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por infracción del art. 131.1 del Código Penal .

Y asimismo contra dicha Sentencia, se interpuso recurso de casación por Silvio, mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Dª. Julia Rodríguez Alvarez. El recurrente, cita como único motivo de casación la vulneración del Derecho a la presunción de inocencia del art. 24.2 de la Constitución Española .

TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.

NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por los recurrentes, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

Fallo

NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por los recurrentes, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

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