Sentencia Penal Nº 400/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec ... 15 de Abril de 2014
Sentencia Penal Nº 400/20...il de 2014

Última revisión
12/06/2014

Sentencia Penal Nº 400/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 2015/2013 de 15 de Abril de 2014

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Orden: Penal

Fecha: 15 de Abril de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: DEL MORAL GARCIA, ANTONIO

Nº de sentencia: 400/2014

Nº de recurso: 2015/2013

Núm. Cendoj: 28079120012014100382

Núm. Ecli: ES:TS:2014:2025

Núm. Roj: STS 2025/2014

Resumen
*El delito de alzamiento de bienes no exige necesariamente que el crédito que le sirve de presupuesto esté ya vencido y sea líquido. * En materia de hechos determinantes de una supuesta ilicitud probatoria rige también el principio de obligado respeto en casación a la valoración de la prueba personal efectuada por la Audiencia. * Delito de alzamiento de bienes: responsabilidad civil. Por regla general no procede la inclusión del crédito impagado presupuesto del delito; no es responsabilidad nacida del delito, sino previa. *Responsabilidad penal de persona jurídica: no excluye la de la persona física. Es cumulativa.

Voces

Delito de alzamiento de bienes

Acto de disposición

Tipicidad

Responsabilidad

Querella

Jura de cuentas

Responsabilidad penal

Hecho delictivo

Alzamiento de bienes

Escrito de defensa

Minuta

Crédito líquido

Insolvencia punible

Voluntad

Deuda exigible

Prueba ilícita

Apercibimiento previo

Práctica de la prueba

Ofrecimiento de pago

Deudas sociales

Inversión de la carga de la prueba

Presunción de inocencia

Principio de presunción de inocencia

Derecho a la tutela judicial efectiva

Violación

Indefensión

Valoración de la prueba