Sentencia Penal Nº 406/20...re de 2007

Última revisión
09/11/2007

Sentencia Penal Nº 406/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 164/2007 de 09 de Noviembre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 09 de Noviembre de 2007

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: THOMAS ANDREU, GERARD MARIA

Nº de sentencia: 406/2007


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BARCELONA

Sección Novena

ROLLO Nº 164/2.007

JUICIO DE FALTAS Nº 76/2.007

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 7 DE VILANOVA I LA GELTRÚ

S E N T E N C I A Núm.

En la Ciudad de Barcelona, a nueve de Noviembre de dos mil siete.

VISTO, en grado de apelación, por el Iltmo.Sr. Magistrado de la Sección Novena de esta Audiencia Provincial D. GERARD THOMÁS ANDREU, el Juicio de Faltas seguido bajo el número 76/2.007 por el Juzgado de Instrucción Nº 7 de Vilanova i la Geltrúy, por una falta de desobediencia y falta de respeto a agentes de la autoridad, en el que fueron partes Luis Angel , como denunciado por los agentes de la Policía Local de Cubelles nº NUM000 y NUM001 y el Ministerio Fiscal por la acusación pública; los cuales penden ante esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por dicho denunciado contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de Marzo de 2.007, por el Sr. Magistrado-Juez del expresado Juzgado.

Antecedentes

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Luis Angel por una falta del artículo 634 del Código Penal a la pena de 40 días de multa a razón de 10 euros diarios haciendo un total de 400 (cuatrocientos) euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago e insolvencia y al pago de las costas procesales.".

SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Luis Angel y, seguidos los trámites legales, y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 17 de Septiembre de 2.007, con el resultado que obra en la precedente diligencia; poniéndose previamente de manifiesto las actuaciones a las partes en la Secretaría de esta Sección por término de cuarenta y ocho horas.

SE ACEPTAN el relato de hechos probados y los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BARCELONA

Sección Novena

ROLLO Nº 164/2.007

JUICIO DE FALTAS Nº 76/2.007

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 7 DE VILANOVA I LA GELTRÚ

S E N T E N C I A Núm.

En la Ciudad de Barcelona, a nueve de Noviembre de dos mil siete.

VISTO, en grado de apelación, por el Iltmo.Sr. Magistrado de la Sección Novena de esta Audiencia Provincial D. GERARD THOMÁS ANDREU, el Juicio de Faltas seguido bajo el número 76/2.007 por el Juzgado de Instrucción Nº 7 de Vilanova i la Geltrúy, por una falta de desobediencia y falta de respeto a agentes de la autoridad, en el que fueron partes Luis Angel , como denunciado por los agentes de la Policía Local de Cubelles nº NUM000 y NUM001 y el Ministerio Fiscal por la acusación pública; los cuales penden ante esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por dicho denunciado contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de Marzo de 2.007, por el Sr. Magistrado-Juez del expresado Juzgado.

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Luis Angel por una falta del artículo 634 del Código Penal a la pena de 40 días de multa a razón de 10 euros diarios haciendo un total de 400 (cuatrocientos) euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago e insolvencia y al pago de las costas procesales.".

SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Luis Angel y, seguidos los trámites legales, y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 17 de Septiembre de 2.007, con el resultado que obra en la precedente diligencia; poniéndose previamente de manifiesto las actuaciones a las partes en la Secretaría de esta Sección por término de cuarenta y ocho horas.

SE ACEPTAN el relato de hechos probados y los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.

DESESTIMO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por Luis Angel contra la Sentencia de fecha 20 de Marzo de 2.007 dictada por el Iltmo.Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Nº 7 de Vilanova i la Geltrú en el Juicio de Faltas Nº 76/2.007 de dicho Juzgado; y, en consecuencia, CONFIRMO DICHA SENTENCIA. Se declaran de oficio las costas de esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia.

Así por esta Sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el Iltmo.Sr. Magistrado Ponente, celebrando audiencia pública. DOY FE.

Fallo

DESESTIMO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por Luis Angel contra la Sentencia de fecha 20 de Marzo de 2.007 dictada por el Iltmo.Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Nº 7 de Vilanova i la Geltrú en el Juicio de Faltas Nº 76/2.007 de dicho Juzgado; y, en consecuencia, CONFIRMO DICHA SENTENCIA. Se declaran de oficio las costas de esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia.

Así por esta Sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el Iltmo.Sr. Magistrado Ponente, celebrando audiencia pública. DOY FE.

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