Última revisión
11/03/2004
Sentencia Penal Nº 409/2004, Tribunal Supremo, Rec 2884/2002 de 11 de Marzo de 2004
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Orden: Penal
Fecha: 11 de Marzo de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SORIANO SORIANO, JOSE RAMON
Nº de sentencia: 409/2004
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a once de Marzo de dos mil cuatro.
Antecedentes
PRIMERO.- Dictada sentencia por la audiencia Provincial de Valencia, sección 3ª , en Autos nº 18/01, se interpuso Recurso de Casación por Evaristo y Lucio y por Jose Manuel mediante la presentación de los correspondientes escritos por los Procuradores de los Tribunales Sr. D. Luis Gómez López Linares y Sra. Dª. Marina Quintero Sánchez, respectivamente.
SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo , es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don José Ramón Soriano Soriano.
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a once de Marzo de dos mil cuatro.
PRIMERO.- Dictada sentencia por la audiencia Provincial de Valencia, sección 3ª , en Autos nº 18/01, se interpuso Recurso de Casación por Evaristo y Lucio y por Jose Manuel mediante la presentación de los correspondientes escritos por los Procuradores de los Tribunales Sr. D. Luis Gómez López Linares y Sra. Dª. Marina Quintero Sánchez, respectivamente.
SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo , es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don José Ramón Soriano Soriano.
NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN de los recursos de casación formalizados por los recurrentes, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
Fallo
NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN de los recursos de casación formalizados por los recurrentes, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
