Sentencia Penal Nº 410/20...yo de 2008

Última revisión
16/05/2008

Sentencia Penal Nº 410/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 82/2008 de 16 de Mayo de 2008

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Orden: Penal

Fecha: 16 de Mayo de 2008

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: INGELMO FERNANDEZ, ANA

Nº de sentencia: 410/2008


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN SEPTIMA

ROLLO Nº 82/2008-H

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 245/2007

JUZGADO DE LO PENAL Nº 13 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m.

Ilmos. Sres.

Dª ANA INGELMO FERNANDEZ

D. DANIEL ALFONSO LASO

D. ENRIQUE ROVIRA DEL CANTO

En la ciudad de Barcelona, a 16 de mayo de 2008.

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 82/2008, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 245/2007, procedente del Juzgado de lo Penal nº 13 de Barcelona, seguido por un delito de daños, contra Luis Angel; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Luis Angel contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de Noviembre de 2007, por el Sr. Juez del expresado Juzgado, compareciendo como parte apelada el Ministerio Fiscal.

Antecedentes

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado, Luis Angel, como autor penalmente responsable de un delito de daños, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de SEIS MESES Y CINCO DIAS DE MULTA con una cuota diaria de DOS EUROS y una responsabilidad personal subsidiaria de un dia de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asi como al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.- En el orden civil condeno al acusado a indemnizar a Claudio en la cantidad de 1.017,84 euros".

SEGUNDO.- Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA INGELMO FERNANDEZ

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN SEPTIMA

ROLLO Nº 82/2008-H

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 245/2007

JUZGADO DE LO PENAL Nº 13 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m.

Ilmos. Sres.

Dª ANA INGELMO FERNANDEZ

D. DANIEL ALFONSO LASO

D. ENRIQUE ROVIRA DEL CANTO

En la ciudad de Barcelona, a 16 de mayo de 2008.

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 82/2008, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 245/2007, procedente del Juzgado de lo Penal nº 13 de Barcelona, seguido por un delito de daños, contra Luis Angel; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Luis Angel contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de Noviembre de 2007, por el Sr. Juez del expresado Juzgado, compareciendo como parte apelada el Ministerio Fiscal.

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado, Luis Angel, como autor penalmente responsable de un delito de daños, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de SEIS MESES Y CINCO DIAS DE MULTA con una cuota diaria de DOS EUROS y una responsabilidad personal subsidiaria de un dia de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asi como al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.- En el orden civil condeno al acusado a indemnizar a Claudio en la cantidad de 1.017,84 euros".

SEGUNDO.- Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA INGELMO FERNANDEZ

Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por Luis Angel, contra la Sentencia dictada en fecha 9 de Noviembre de 2007 por el Juzgado de lo Penal nº 13 de Barcelona en los autos de los que el presente rollo dimana, debemos CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS íntegramente la misma. Se declaran de oficio las costas de esta alzada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Barcelona, en la misma fecha. En este día, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.

Fallo

Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por Luis Angel, contra la Sentencia dictada en fecha 9 de Noviembre de 2007 por el Juzgado de lo Penal nº 13 de Barcelona en los autos de los que el presente rollo dimana, debemos CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS íntegramente la misma. Se declaran de oficio las costas de esta alzada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Barcelona, en la misma fecha. En este día, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.

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