Sentencia Penal Nº 412/20...yo de 2008

Última revisión
19/05/2008

Sentencia Penal Nº 412/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 69/2008 de 19 de Mayo de 2008

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Orden: Penal

Fecha: 19 de Mayo de 2008

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: DEL CANTO, ENRIQUE ROVIRA

Nº de sentencia: 412/2008


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEPTIMA

Rollo de Apelación núm. Apfal 69/08-H

Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 83/07

Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona

S E N T E N C I A Nº

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de mayo de dos mil ocho.

En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 83/07, Rollo de Apelación núm. Apfal 69/08-H, sobre una falta de lesiones imprudentes procedente del Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona, habiendo sido partes en calidad de apelante la entidad CASER, Caja de Seguros Reunidos, S.A., asistida por la Letrada D.ª Mª del Carmen Caparrós Llamas, y en calidad de apelada D.ª Blanca, asistida por el Letrado D. Enric Longarón Capdevila.

Antecedentes

PRIMERO. En fecha 05 de marzo de 2008 y por el Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 83/07 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por la referenciada responsable civil directa respecto del pronunciamiento en materia de intereses de corrección de la cuantía de responsabilidades civiles declaradas, y previos los trámites legales, habiéndose opuesto al recurso la parte apelada, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 24 de abril de 2008 , en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEPTIMA

Rollo de Apelación núm. Apfal 69/08-H

Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 83/07

Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona

S E N T E N C I A Nº

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de mayo de dos mil ocho.

En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 83/07, Rollo de Apelación núm. Apfal 69/08-H, sobre una falta de lesiones imprudentes procedente del Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona, habiendo sido partes en calidad de apelante la entidad CASER, Caja de Seguros Reunidos, S.A., asistida por la Letrada D.ª Mª del Carmen Caparrós Llamas, y en calidad de apelada D.ª Blanca, asistida por el Letrado D. Enric Longarón Capdevila.

PRIMERO. En fecha 05 de marzo de 2008 y por el Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 83/07 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO. Apelada que fue la sentencia por la referenciada responsable civil directa respecto del pronunciamiento en materia de intereses de corrección de la cuantía de responsabilidades civiles declaradas, y previos los trámites legales, habiéndose opuesto al recurso la parte apelada, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 24 de abril de 2008 , en cuya tramitación ante este Tribunal se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO. Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Que con estimación del recurso de apelación interpuesto por la entidad aseguradora CASER debemos REVOCAR Y REVOCAMOS la sentencia dictada en fecha 05 de marzo de 2008 por el Juzgado de Instrucción núm. 16 de los de Barcelona en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 83/07 , únicamente respecto del importe de las responsabilidades civiles, y que será por importe de 11.151,80 euros, confirmando el resto de sus pronunciamientos, y declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.

Fallo

Que con estimación del recurso de apelación interpuesto por la entidad aseguradora CASER debemos REVOCAR Y REVOCAMOS la sentencia dictada en fecha 05 de marzo de 2008 por el Juzgado de Instrucción núm. 16 de los de Barcelona en el Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 83/07 , únicamente respecto del importe de las responsabilidades civiles, y que será por importe de 11.151,80 euros, confirmando el resto de sus pronunciamientos, y declarando de oficio las costas procesales de esta segunda instancia.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, hallándose celebrando audiencia pública. DOY FE.