Última revisión
08/10/2009
Sentencia Penal Nº 413/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 262/2009 de 08 de Octubre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 08 de Octubre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: ALVARO LOPEZ, MARIA CRUZ
Nº de sentencia: 413/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00413/2009
Rollo de Apelación nº 262/09
Autos de Procedimiento Abreviado J.O. nº 556/08
Juzgado de lo Penal nº 17 de los de Madrid
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Alejandro Mª Benito López
Magistrados:
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
Dña. Mª Cruz Alvaro López
En Madrid a ocho de octubre de dos mil nueve
Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital en grado de Apelación, los presentes Autos J.O. nº 556/08 de Procedimiento Abreviado, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 17 de los de Madrid, seguidos por supuesto delito de daños, siendo apelante la representación procesal de Valeriano y parte el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada Dña. Mª Cruz Alvaro López que expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes
PRIMERO.- Por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 21 de abril de 2009 con los siguientes hechos "Analizando en conciencia la prueba practicada en el acto del juicio oral, resulta probado y así expresamente se declara que el acusado Valeriano , mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 1:30 horas del día 1 de septiembre de 2007, en la calle Villardondiego de Madrid , a raíz de un previo incidente respecto al que se dictó sentencia en juicio de faltas número 1672/07 golpeó con un palo el taxi matrícula ....-JNC , propiedad de Anibal , ocasionándole desperfectos tasados pericialmente en la suma de 1.347,85 euros."
Y parte dispositiva probados "Que debo condenar y condeno a Valeriano como autor responsable de un delito de daños del artículo 263 del Código Penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros, lo que hace un total de 1.080 EUROS DE MULTA. Y abono de costas."
SEGUNDO.- Notificada la misma, interpuso contra ella recurso de apelación el condenado Valeriano que fue admitido en ambos efectos y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el vigente art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal - trámite en el que el Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la sentencia apelada- elevándose las Actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, y formado el Rollo 262/09 , se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para deliberación y fallo, quedando los Autos vistos para Sentencia.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00413/2009
Rollo de Apelación nº 262/09
Autos de Procedimiento Abreviado J.O. nº 556/08
Juzgado de lo Penal nº 17 de los de Madrid
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Alejandro Mª Benito López
Magistrados:
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
Dña. Mª Cruz Alvaro López
En Madrid a ocho de octubre de dos mil nueve
Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital en grado de Apelación, los presentes Autos J.O. nº 556/08 de Procedimiento Abreviado, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 17 de los de Madrid, seguidos por supuesto delito de daños, siendo apelante la representación procesal de Valeriano y parte el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada Dña. Mª Cruz Alvaro López que expresa el parecer de la Sala.
PRIMERO.- Por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 21 de abril de 2009 con los siguientes hechos "Analizando en conciencia la prueba practicada en el acto del juicio oral, resulta probado y así expresamente se declara que el acusado Valeriano , mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 1:30 horas del día 1 de septiembre de 2007, en la calle Villardondiego de Madrid , a raíz de un previo incidente respecto al que se dictó sentencia en juicio de faltas número 1672/07 golpeó con un palo el taxi matrícula ....-JNC , propiedad de Anibal , ocasionándole desperfectos tasados pericialmente en la suma de 1.347,85 euros."
Y parte dispositiva probados "Que debo condenar y condeno a Valeriano como autor responsable de un delito de daños del artículo 263 del Código Penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros, lo que hace un total de 1.080 EUROS DE MULTA. Y abono de costas."
SEGUNDO.- Notificada la misma, interpuso contra ella recurso de apelación el condenado Valeriano que fue admitido en ambos efectos y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el vigente art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal - trámite en el que el Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la sentencia apelada- elevándose las Actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, y formado el Rollo 262/09 , se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para deliberación y fallo, quedando los Autos vistos para Sentencia.
Que DESESTIMAMOS el recurso presentado por la representación procesal de Valeriano contra la Sentencia de la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 17 de los de Madrid de fecha 21 de abril de 2009 , cuyo FALLO literalmente se transcribe en los Antecedentes que preceden, confirmando dicha resolución recurrida, sin expresa imposición de las costas de este recurso.
Notifíquese y devuélvanse los Autos originales al Juzgado de procedencia con Certificación de esta Resolución.
Así, por esta Sentencia, de la que se llevará Certificación al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
Fallo
Que DESESTIMAMOS el recurso presentado por la representación procesal de Valeriano contra la Sentencia de la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 17 de los de Madrid de fecha 21 de abril de 2009 , cuyo FALLO literalmente se transcribe en los Antecedentes que preceden, confirmando dicha resolución recurrida, sin expresa imposición de las costas de este recurso.
Notifíquese y devuélvanse los Autos originales al Juzgado de procedencia con Certificación de esta Resolución.
Así, por esta Sentencia, de la que se llevará Certificación al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
