Última revisión
05/10/2009
Sentencia Penal Nº 413/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 302/2009 de 05 de Octubre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 05 de Octubre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: MARIA GARCIA LLAMAS, JUAN PELAYO
Nº de sentencia: 413/2009
Encabezamiento
D. TOMAS YUBERO MARTÍNEZ
SECRETARIO DE LA SALA
R. APELAC: 302/2009
J. ORAL: 332 /2009
JDO. PENAL Nº 5- MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA
D. CARLOS OLLERO BUTLER
D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS
Dª MARÍA PILAR ABAD ARROYO
En Madrid, a 5 de octubre de 2009.
VISTOS, por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de apelación, el Juicio Oral nº 332/2009 procedente del Juzgado Penal nº 5 de Madrid y seguido por delito de robo con violencia, siendo partes en esta alzada Alonso , representado por la procuradora doña Silvia González Milara y defendido por la letrada doña María Luisa González Cambronero, y el Ministerio Fiscal y Ponente el Magistrado D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS.
Antecedentes
PRIMERO.- Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día de 2009, cuyo FALLO decretó: "Que debo condenar y condeno a Alonso como autor responsable de un delito de robo con intimidación y uso de armas, ya definido, concurriendo la atenuante de reparación del daño a la pena de tres años, seis meses y un día de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a que abone las costas procesales causadas, si las hubiere, e indemnice Florencia en 130 euros; a Gracia en 70 euros; a Bienvenido en 167 euros y a Manuela en 46 euros."
SEGUNDO.- Notificada la referida sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Alonso , que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días a las demás partes, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal.
TERCERO.- Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se formó el Rollo de Sala nº 302/2009 y dado el trámite legal, se señaló conforme al Art. 792.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la deliberación, votación y fallo en Sala el recurso el día de hoy.
Fundamentos
D. TOMAS YUBERO MARTÍNEZ
SECRETARIO DE LA SALA
R. APELAC: 302/2009
J. ORAL: 332 /2009
JDO. PENAL Nº 5- MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA
D. CARLOS OLLERO BUTLER
D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS
Dª MARÍA PILAR ABAD ARROYO
En Madrid, a 5 de octubre de 2009.
VISTOS, por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de apelación, el Juicio Oral nº 332/2009 procedente del Juzgado Penal nº 5 de Madrid y seguido por delito de robo con violencia, siendo partes en esta alzada Alonso , representado por la procuradora doña Silvia González Milara y defendido por la letrada doña María Luisa González Cambronero, y el Ministerio Fiscal y Ponente el Magistrado D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS.
PRIMERO.- Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día de 2009, cuyo FALLO decretó: "Que debo condenar y condeno a Alonso como autor responsable de un delito de robo con intimidación y uso de armas, ya definido, concurriendo la atenuante de reparación del daño a la pena de tres años, seis meses y un día de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a que abone las costas procesales causadas, si las hubiere, e indemnice Florencia en 130 euros; a Gracia en 70 euros; a Bienvenido en 167 euros y a Manuela en 46 euros."
SEGUNDO.- Notificada la referida sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Alonso , que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días a las demás partes, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal.
TERCERO.- Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se formó el Rollo de Sala nº 302/2009 y dado el trámite legal, se señaló conforme al Art. 792.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la deliberación, votación y fallo en Sala el recurso el día de hoy.
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Alonso contra la Sentencia de fecha 30 de julio de 2009, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Madrid en autos de Juicio Oral 332/2009, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, declarando de oficio las costas de la alzada.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndolas saber que contra la misma no cabe Recurso alguno a tenor de lo dispuesto en el artículo 792.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , y con certificación de la misma, devuélvanse los Autos originales al Juzgado de procedencia a los fines procedentes.
Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará certificación al Rollo de Apelación, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Alonso contra la Sentencia de fecha 30 de julio de 2009, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Madrid en autos de Juicio Oral 332/2009, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, declarando de oficio las costas de la alzada.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndolas saber que contra la misma no cabe Recurso alguno a tenor de lo dispuesto en el artículo 792.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , y con certificación de la misma, devuélvanse los Autos originales al Juzgado de procedencia a los fines procedentes.
Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará certificación al Rollo de Apelación, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

