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Sentencia Penal Nº 42, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 258/98 de 03 de Abril de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 03 de Abril de 1998
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: BARRIENTOS MONGE, LUIS
Nº de sentencia: 42
Resumen
Entrando en el núcleo del recurso de apelación, fundado
en el error en la apreciación de la prueba, debe recordarse que la Sra. Juez a
quo ha contado con prueba sólida y suficiente para fundar la culpabilidad del
denunciado, como es, en primer lugar, el testimonio de la víctima que, como
señala reiterada jurisprudencia, tiene el valor de prueba legitima y, en
principio, se puede condenar con el solo testimonio de dicha víctima, y es el
Juzgador de instancia, en su inmediación, el que debe valorar la veracidad del
testimonio, que as! ha sido apreciado por la Sra. Juez a quo, y que debe ser
igualmente asumida por el Magistrado que integra este Tribunal Unipersonal,
pues la Defensa del acusado no ha venido a acreditar ningún argumento o
circunstancia, como venganza, odio, resentimiento, deseo de obtener una
ganancia, etc. .... que pueda poner en duda la credibilidad de dicho testimonio
de la víctima y del testigo que depuso en el acto de la vista, por lo que debe
estimarse como correcta y legítima la valoración que ha efectuado el juzgado
sentenciador, en virtud del principio de libre valoración de la prueba que le
confiere el artículo 741 de la L.E .Criminal, complementado con la idea
esencial de que aquella valoración y pronunciamiento se han basado en testimonios
orales legítimamente obtenidos, de ahí que exista suficiente prueba de cargo
_como se ha dicho_ para enervar el principio de presunción de inocencia.
Se desestima el recurso.
Voces
Falta de amenazas
Responsabilidad
Malos tratos
Días-multa
Arresto
Error en la valoración de la prueba
Valoración de la prueba
Prueba de cargo
Principio de presunción de inocencia
Fundamentos
Apelaci6n Juicio de faltas rollo núm. 258/98 Juicio de faltas núm. 369/97 JUZGADO DE INSTRUCCION 5 DE A CORUÑA
0748 17
N U M E R 0 62
A Coruña, tres de Abril de mil novecientos noventa y
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