Última revisión
Sentencia Penal Nº 42, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 34 de 09 de Mayo de 2001
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 09 de Mayo de 2001
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: OTERO SEIVANE, JOSEFA
Nº de sentencia: 42
Nº de recurso: 34
Resumen
La inobservancia del plazo para dictar la sentencia
apelada, sin duda debido al exceso de trabajo que pesa sobre los Juzgados
mixtos de esta ciudad, constituye mera irregularidad procesal, no determinante
de nulidad, que en absoluto implica error en la valoración de la prueba, como
pretende la parte apelante. Por el contrario, los hechos recogidos en el relato
fáctico de dicha resolución se ajustan a los elementos aportados en juicio,
siendo conforme a derecho el razonamiento de la Juzgadora a quo en orden a la
inexistencia de "animus iniurandi", y consiguiente falta de entidad
penal de los hechos enjuiciados. Por lo demás, las alegaciones vertidas en el
recurso respecto a los delitos de injuria o calumnias resultan de todo punto
improcedentes en el marco de un juicio de faltas como el que nos ocupa.
Se desestima el recurso.
Voces
Suicidio
Abuso sexual
Error en la valoración de la prueba
Injuria
Calumnia
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