Última revisión
15/10/2009
Sentencia Penal Nº 429/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 183/2009 de 15 de Octubre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 15 de Octubre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: RODRIGUEZ GONZALEZ-PALACIOS, PEDRO JAVIER
Nº de sentencia: 429/2009
Encabezamiento
PROC. ORAL Nº 157/2009
ROLLO DE APELACION Nº 183/2009
JUZGADO DE LO PENAL Nº 27 DE MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEXTA
ILMOS. SRES.
MAGISTRADOS
D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS
D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT
D. JULIAN ABAD CRESPO
=============================================
En Madrid, a 15 de Octubre de 2009.
VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Fructuoso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid, de fecha 2 de Abril de 2009, en la causa citada al margen.
VISTO, siendo Ponente el Presidente de la Sección, Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quién expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes
PRIMERO.- La Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid dictó sentencia, de fecha 2 de Abril de 2009 , cuyo relato fáctico es el siguiente: "Que sobre las 10,45 horas del dia 7 de febrero de 2009, el acusado Fructuoso , mayor de edad, con antecedentes penales no computables en esta causa, conducía el Renault ....-JVV , después de haber ingerido bebidas alcohólicas, por lo que a la altura del km 36,00 de la A-6 lo hacía dando bandazos.
Sometido a la prueba de alcoholemia dio un resultado positivo de 0,73 y 0,70 mlg de alcohol por litro de aire espirado, renunciando a la prueba hematológica, presentando síntomas como olor a alcohol, ojos brillantes y movimientos oscilantes de la verticalidad."
Y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Condeno al acusado Fructuoso , ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito contra la seguridad del tráfico, ya definido, a la pena de multa de 7 meses a razón de una cuota diaria de 3 euros, con arresto sustitutorio en caso de impago de un dia por cada dos cuotas impagadas, 35 dias de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de 15 meses y al pago de las costas procesales."
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la Procuradora Dña. Paloma Gutierrez Paris, en representación del condenado en la instancia, recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- En fecha 3 de Junio de 2009 tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y por providencia de fecha 4 de Junio se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 14 de Octubre de 2009
CUARTO.- SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes.
Fundamentos
PROC. ORAL Nº 157/2009
ROLLO DE APELACION Nº 183/2009
JUZGADO DE LO PENAL Nº 27 DE MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEXTA
ILMOS. SRES.
MAGISTRADOS
D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS
D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT
D. JULIAN ABAD CRESPO
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En Madrid, a 15 de Octubre de 2009.
VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Fructuoso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid, de fecha 2 de Abril de 2009, en la causa citada al margen.
VISTO, siendo Ponente el Presidente de la Sección, Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quién expresa el parecer de la Sala.
PRIMERO.- La Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid dictó sentencia, de fecha 2 de Abril de 2009 , cuyo relato fáctico es el siguiente: "Que sobre las 10,45 horas del dia 7 de febrero de 2009, el acusado Fructuoso , mayor de edad, con antecedentes penales no computables en esta causa, conducía el Renault ....-JVV , después de haber ingerido bebidas alcohólicas, por lo que a la altura del km 36,00 de la A-6 lo hacía dando bandazos.
Sometido a la prueba de alcoholemia dio un resultado positivo de 0,73 y 0,70 mlg de alcohol por litro de aire espirado, renunciando a la prueba hematológica, presentando síntomas como olor a alcohol, ojos brillantes y movimientos oscilantes de la verticalidad."
Y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Condeno al acusado Fructuoso , ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito contra la seguridad del tráfico, ya definido, a la pena de multa de 7 meses a razón de una cuota diaria de 3 euros, con arresto sustitutorio en caso de impago de un dia por cada dos cuotas impagadas, 35 dias de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de 15 meses y al pago de las costas procesales."
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la Procuradora Dña. Paloma Gutierrez Paris, en representación del condenado en la instancia, recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- En fecha 3 de Junio de 2009 tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y por providencia de fecha 4 de Junio se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 14 de Octubre de 2009
CUARTO.- SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes.
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dña. Paloma Gutierrez Paris, en representación de Fructuoso , contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid, de fecha 2 de Abril de 2009 , y a los que este procedimiento se contrae, debemos CONFIRMAR y CONFIRMAMOS íntegramente la misma, declarando de oficio las costas de este recurso.
Devuélvanse las actuaciones al Juzgado de su procedencia, para su conocimiento y ejecución.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando en segunda instancia, y de la que se llevará certificación al Rollo de Sala, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dña. Paloma Gutierrez Paris, en representación de Fructuoso , contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid, de fecha 2 de Abril de 2009 , y a los que este procedimiento se contrae, debemos CONFIRMAR y CONFIRMAMOS íntegramente la misma, declarando de oficio las costas de este recurso.
Devuélvanse las actuaciones al Juzgado de su procedencia, para su conocimiento y ejecución.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando en segunda instancia, y de la que se llevará certificación al Rollo de Sala, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
