Sentencia Penal Nº 441/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec ... 05 de Junio de 2014
Sentencia Penal Nº 441/20...io de 2014

Última revisión
10/07/2014

Sentencia Penal Nº 441/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 1781/2013 de 05 de Junio de 2014

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Orden: Penal

Fecha: 05 de Junio de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARCHENA GOMEZ, MANUEL

Nº de sentencia: 441/2014

Nº de recurso: 1781/2013

Núm. Cendoj: 28079120012014100487

Núm. Ecli: ES:TS:2014:2614

Núm. Roj: STS 2614/2014

Resumen
RECURSO DE CASACIÓN: la sobrevenida enfermedad que incapacita al recurrente para conocer el alcance y las vicisitudes del recurso de casación interpuesto por su Letrado, no es causa que determine la suspensión del recurso y el archivo parcial de la causa penal. La naturaleza extraordinaria del recurso de casación condiciona buena parte de las singularidades que lo definen. Es el caso, por ejemplo, de la prescindible presencia física del recurrente en la vista de la casación, incluso en los casos en que se deje sin efecto una sentencia absolutoria en la instancia o la extensión de la legitimación para recurrir a los herederos de quienes hayan sido parte en los juicios criminales (cfr. art. 854 de la LECrim). FALSEDAD MERCANTIL: presentación ante entidades bancarias de distintas certificaciones relativas a reuniones del Consejo Rector de una Cooperativa que nunca se habían celebrado, en las que se autorizaba a su Presidente a contraer deudas que tampoco habían sido autorizadas. No es falsedad inocua. El estado actual de la jurisprudencia no permite respaldar la tesis del recurrente acerca del carácter puramente ideológico y, por tanto, impune de las distintas certificaciones falsas en las que el acusado estampó un 'visto bueno' y que se referían a supuestos acuerdos adoptados por el Consejo Rector de la cooperativa de la que era Presidente -todos ellos inexistentes- y a una fingida autorización correlativa para suscribir y otorgar contratos de carácter financiero con entidades bancarias. Esa práctica no es, desde luego, indiferente al ordenamiento jurídico. La continua manipulación de esos documentos permitió hacer realidad una vida financiera sustraída a todo control por parte de los órganos societarios. La presentación de esas certificaciones era presupuesto sine qua non para que los bancos concedieran los créditos y líneas de descuento, pero también lo era para prolongar una actuación en solitario, blindada frente a cualquier queja que pudiera ser formulada por los restantes cooperativistas. El acusado, en fin, hizo posible un diseño en el ámbito de las decisiones financieras prácticamente clandestino, ajeno al conocimiento de los demás miembros de la entidad que presidía.

Voces

Presunción de inocencia

Coimputado

Derecho de defensa

Derecho a la tutela judicial efectiva

Valoración de la prueba

Delito de administración desleal

Falsedad en documento mercantil

Atenuante

Delito continuado de falsedad

Principio de contradicción

Responsabilidad

Delitos de falsedades

Error de derecho

Informes periciales

Falsedad documental

Prueba de cargo

Despenalización

Tipicidad

Administrador único

Atenuante por dilaciones indebidas

Sentencia de condena

Tipo penal

Prueba de testigos

Autor material

Ejecución de sentencia

Insuficiencia probatoria