Sentencia Penal Nº 45/200...ro de 2006

Última revisión
06/02/2006

Sentencia Penal Nº 45/2006, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 50/2006 de 06 de Febrero de 2006

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Orden: Penal

Fecha: 06 de Febrero de 2006

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: BERENGUA MOSQUERA, ANTONIO

Nº de sentencia: 45/2006

Resumen:
TRÁFICO DE DROGAS CUALIFICADO

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

AUTO: 00045/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección nº 004

Rollo: RT 50/06-P.

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de O PORRIÑO

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000728 /2005

AUTO

En PONTEVEDRA, a seis de Febrero de dos mil seis.

Antecedentes

PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Porriño el treinta de Diciembre de dos mil cinco el auto cuya parte dispositiva expresa literalmente: "Se acuerda desestimar la petición de libertad provisional sin fianza de Adrian , manteniendo en consecuencia la prisión provisional comunicada y sin fianza de Adrian acordada en virtud de auto de fecha 23 de Septiembre de 2.005".

SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por la defensa de Adrian se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

AUTO: 00045/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección nº 004

Rollo: RT 50/06-P.

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de O PORRIÑO

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000728 /2005

AUTO

En PONTEVEDRA, a seis de Febrero de dos mil seis.

PRIMERO.- En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Porriño el treinta de Diciembre de dos mil cinco el auto cuya parte dispositiva expresa literalmente: "Se acuerda desestimar la petición de libertad provisional sin fianza de Adrian , manteniendo en consecuencia la prisión provisional comunicada y sin fianza de Adrian acordada en virtud de auto de fecha 23 de Septiembre de 2.005".

SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes por la defensa de Adrian se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

Se desestima el recurso de apelación y se confirma el auto dictado el 30 de Diciembre del 2005 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de O Porriño , en diligencias previas nº 728/2005 a la que se contrae el presente Rollo de Apelación nº 50/2006.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), que ha sido designado Ponente, D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA y D. NÉLIDA CID GUEDE.

Fallo

Se desestima el recurso de apelación y se confirma el auto dictado el 30 de Diciembre del 2005 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de O Porriño , en diligencias previas nº 728/2005 a la que se contrae el presente Rollo de Apelación nº 50/2006.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA (Presidente), que ha sido designado Ponente, D. JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA y D. NÉLIDA CID GUEDE.

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