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Sentencia Penal Nº 45, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 37 de 08 de Mayo de 2001
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 08 de Mayo de 2001
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: DOMINGUEZ VIGUEIRA FERNANDEZ, ANGELA
Nº de sentencia: 45
Resumen
Sobre las 12,30 horas del día 29 de octubre de 1999, tuvo
lugar un accidente en la Avda de Compostela, frente a la nueva plaza de
abastos, entre los vehículos conducidos por Ju........, un camión de marca Man
matrícula ..........., y Ma..........., un Ford Escort matrícula ...........,
Tras ausentarse del lugar del siniestro una patrulla de
la policía local Ma........... solicitó del otro conductor que retirase el
vehículo y, ante la negativa de éste, se inicio una discusión entre Ju.......
en el curso de la cual éste le golpeó en la cara cayendo en el suelo,
ocasionándole lesiones consistentes en traumatismo facial (en región
temporo-mandibular derecha) y rotura de pieza dentaria, produciéndose además al
tratar de repeler la agresión, esguince metacarpo falángico de primer dedo de
mano derecha, lesiones de las que tardó en curar 42 días, estando incapacitada
durante quince días para la manipulación de objetos. Al observar la agresión,
Ma............... salió del vehículo y, tras apartar al agresor, auxilió a su
madre.
La apreciación probatoria de la Juez de Instancia,
detalladamente razonada en los fundamentos jurídicos de la sentencia Apelada, y
realizada con las ventajas que comporta la inmediación, se ajusta a los
criterios de la lógica y al resultado de las pruebas practicadas en el acto de
juicio. En cuyo acto procesal el denunciado admitió haber realizado un acto de
acometimiento, propinándole a la lesionada "un empujón ó una
bofetada", a causa de la cual cayó al suelo, como se acreditó mediante la
prueba testifical practicada en el curso del juicio de faltas testimonio de los
Agentes de la Policía que concurrieron al lugar inmediatamente después de
acaecidos los hechos, que refirieron, como la lesionada "estaba tirada en
el suelo", "tenía la dentadura rota"- y "se quejaba de una
cadera". La testigo del cargo que presenció los hechos Sra.
Lu............, Tales imprecisiones, impiden estimar probado el acto de
acometimiento que a su vez refirió el recurrente, ni puedan fundar el pronunciamiento
de condena por él interesado lo que conduce a confirmar íntegramente la
resolución recurrida, cuyas acertadas consideraciones, no han resultado
desvirtuadas por los Apelantes.
Se desestima el recurso.
Voces
Valoración de la prueba
Auxilio
Práctica de la prueba
Prueba de testigos
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION SEGUNDA
PONTEVEDRA
APELACION PENAL
Rollo :0037/2001
J. FALTAS :0085/00
Procedencia :JDO. 1 INST E INSTR PONTEVEDRA-4
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