Sentencia Penal Nº 47, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 76 de 04 de Abril de 2000
Sentencia Penal Nº 47, Au...il de 2000

Última revisión
04/04/2000

Sentencia Penal Nº 47, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 76 de 04 de Abril de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 04 de Abril de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: GODOY MENDEZ, JOSE RAMON

Nº de sentencia: 47

Nº de recurso: 76

Resumen
El día 16 de agosto de 1998 el acusado Manuel, guiaba el turismo "Ford Fiesta", por la carretera C-550, término municipal de Muros con sus facultades físicas e intelectuales disminuidas por el previo consumo de alcohol.Dió un resultado de 0,70 y 0'73 mgrs de alcohol por litro de aire espirado; en primera y segunda prueba respectivamente. En el atestado instruído por agentes de la Guardia Civil se hizo constar que el" acusado presentaba síntomas como cansancio, halitosis alcohólica, rostro ligeramente enrojecido y deambulación titubeante entre otros".En el tipo del art. 379 CP (El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas) no es preciso que concurra un riesgo concreto a la circulación, sino que estamos en presencia de un delito de riesgo abstracto que se consuma tan pronto como se acredita que se ha circulado conduciendo un vehículo y además se ha hecho con las facultades psicofísicas alteradas por la previa ingestión de bebidas alcohólicas, pues a una actuación ya de por sí peligrosa como es la de manejar un vehículo de motor se une el factor agravatorio de hacerlo con las facultades y capacidad de reacción mermadas por el influjo del alcohol u otras sustancias. No basta, pues, para que deba entenderse cometido el delito de conducción de vehículo de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas del art. 379 del Código Penal, que el conductor del vehículo rebase las tasas establecidas (v art. 20.1 del Reglamento General de Circulación), sino que es preciso -como se desprende del tenor literal del precepto- que conduzca "bajo la influencia" del alcohol, o de las otras sustancias legalmente previstas, en su caso, de modo que lo haga con indudable alteración de sus facultades psíquicas y físicas, en relación con sus niveles de percepción y de reacción. Para que exista el delito de conducción de vehículo de motor bajo influencia de bebidas alcohólicas es menester que la conducta enjuiciada haya significado un indudable riesgo para los bienes jurídicos protegidos (la vida, la integridad de las personas, la seguridad del tráfico, etc.

Voces

Bebida alcohólica

Delito contra la Seguridad Vial

Consumo de bebidas alcohólicas

Atestado

Antecedentes penales

Práctica de la prueba

Estupefacientes

Drogas tóxicas

Análisis de sangre

Psicotrópicos

Consumo de drogas

Comisión del delito

Privación del derecho a conducir vehículos

Prueba de indicios

Presunción de inocencia

Instrumento peligroso

Agente de la autoridad

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Arresto sustitutorio

Responsabilidad

Autor responsable