Última revisión
10/06/2008
Sentencia Penal Nº 476/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 117/2008 de 10 de Junio de 2008
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Orden: Penal
Fecha: 10 de Junio de 2008
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: INGELMO FERNANDEZ, ANA
Nº de sentencia: 476/2008
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCION Séptima
ROLLO Nº 117/2008-E
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 102/2007
JUZGADO PENAL 18 BARCELONA
Ilmos. Sres.
Dª. ANA INGELMO FERNANDEZ
D. DANIEL DE ALFONSO LASO
D. ENRIQUE ROVIRA DEL CANTO
En la ciudad de Barcelona, a diez de junio de dos mil ocho.
VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº
117/2008, dimanante del Procedimiento abreviado núm. 102/2007, procedente del Juzgado Penal 18 Barcelona, seguido por un
delito de Falso testimonio, contra D/Dª. Fermín ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de
apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de noviembre de 2007, por el/la
Sr/a. Juez del expresado Juzgado, compareciendo como parte apelada Fermín .
Antecedentes
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Fermín del delito que se le imputaba, declarando de oficio las costas causadas, si las hubiere.".
SEGUNDO.- Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.
TERCERO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ANA INGELMO FERNANDEZ.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCION Séptima
ROLLO Nº 117/2008-E
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 102/2007
JUZGADO PENAL 18 BARCELONA
Ilmos. Sres.
Dª. ANA INGELMO FERNANDEZ
D. DANIEL DE ALFONSO LASO
D. ENRIQUE ROVIRA DEL CANTO
En la ciudad de Barcelona, a diez de junio de dos mil ocho.
VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº
117/2008, dimanante del Procedimiento abreviado núm. 102/2007, procedente del Juzgado Penal 18 Barcelona, seguido por un
delito de Falso testimonio, contra D/Dª. Fermín ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de
apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de noviembre de 2007, por el/la
Sr/a. Juez del expresado Juzgado, compareciendo como parte apelada Fermín .
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Fermín del delito que se le imputaba, declarando de oficio las costas causadas, si las hubiere.".
SEGUNDO.- Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.
TERCERO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ANA INGELMO FERNANDEZ.
Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por Fermín, contra la Sentencia dictada en fecha 23 de noviembre de 2007 por el Juzgado de lo Penal n. 18 de Barcelona , en los autos de los que el presente rollo dimana, debemos CONFIRMAR y CONFIRMAMOS íntegramente la misma. Se declaran de oficio las costas de esta alzada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a Ponente, celebrando audiencia pública. DOY FE.
Fallo
Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por Fermín, contra la Sentencia dictada en fecha 23 de noviembre de 2007 por el Juzgado de lo Penal n. 18 de Barcelona , en los autos de los que el presente rollo dimana, debemos CONFIRMAR y CONFIRMAMOS íntegramente la misma. Se declaran de oficio las costas de esta alzada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a Ponente, celebrando audiencia pública. DOY FE.
