Sentencia Penal Nº 5/2021, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 6, Rec 44/2020 de 26 de Enero de 2021
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Orden: Penal
Fecha: 26 de Enero de 2021
Tribunal: AP - Vizcaya
Ponente: SAN BERGARECHE, MIREN NEKANE MIGUEL
Nº de sentencia: 5/2021
Núm. Cendoj: 48020370062021100023
Núm. Ecli: ES:APBI:2021:78
Núm. Roj: SAP BI 78:2021
Resumen
PRIMERO.- Tanto el Ministerio Fiscal como la Acusación ejercida en nombre de Dª Dolores han calificado los hechos que describen como acreditados en sus respectivos escritos de acusación, como constitutivos de delito de apropiación indebida, tipo penal comprendido en el Título del C. Penal relativo a los delitos contra el patrimonio, pudiendo entenderse este 'objeto' que se protege a través de los tipos penales que se van enunciando en los diversos artículos, como un concepto mixto económico-jurídico conformado por bienes y derechos de contenido patrimonial puestos a disposición de una persona bajo la tutela del derecho. El castigo para quien ejecuta los actos recogidos en los tipos penales definidos en el indicado apartado del C. Penal será consecuencia de conductas de 'distracción' de esos bienes, detrayéndolos del patrimonio correspondiente a la persona titular del mismo. Por ello ha de existir, en primer lugar, la nota de ajenidad respecto del acusado de los delitos de que se trate. En todo caso, sí procede dejar reseña de que el tipo penal de la apropiación indebida, invocado por ambas acusaciones como base para su petición de condena, exige la presencia de los siguientes elementos: a) que el sujeto activo reciba de otro uno de los objetos típicos, esto es, dinero, efectos valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial. En este elemento se requiere que el sujeto activo tenga el objeto del delito en virtud de una legítima posesión por haberlo recibido de otro; b) que el objeto típico haya sido entregado al autor por uno de los títulos que generan la obligación de entregarlos o devolverlos, definición que incluye a los títulos que incorporan una obligación condicionada a entregarlos o devolverlos, excluyendo aquéllos que suponen la entrega de la propiedad; y c) que el sujeto activo realice una de las conductas típicas de apropiación o distracción del objeto típico, que se producirá bien cuando el sujeto activo hace suya la cosa que debiera entregar o devolver con áni
Voces
Tipo penal
Delito de apropiación indebida
Grabación
Apropiación indebida
Acusación particular
Burofax
Práctica de la prueba
Perjuicios patrimoniales
Delito patrimonial
Medios de prueba
Actividad probatoria
Fe pública
Estafa
Partes del proceso
Falta de consentimiento
Delitos continuados
Sin consentimiento
Hecho delictivo
Delito de estafa
Concurso de delitos
Dolo unitario
Modus operandi
Agravante
Abuso de confianza
Perjuicios económicos
Perjuicio económico
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA. SECCIÓN SEXTA
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