Última revisión
Sentencia Penal Nº 50, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 530 de 09 de Marzo de 2001
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 09 de Marzo de 2001
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SANCHEZ JIMENEZ, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 50
Nº de recurso: 530
Resumen
La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal basa el
pronunciamiento absolutorio en la inexistencia de engaño bastante que
propiciase la actividad de la empresa de publicidad querellante en favor de la
mercantil constituida por los querellados. De lo anterior se desprende que los
acusados tenían cabal conocimiento de la inexistencia de fondos en su poder
para hacer frente al pago de la campaña publicitaria concertada con la
querellante (se alegó por alguno de ellos que se pretendía obtener ingresos con
la matriculación de alumnos antes del vencimiento de las letras) y, de otra
parte, que aparentaron la titularidad de una cuenta corriente bancaria
inexistente y la consiguiente solvencia social para lograr sus fines. El propio
acusado Jesús dice textualmente en el juicio oral que la campaña publicitaria
se empezó "una vez aceptadas las letras" y que "antes del
vencimiento de la primera de ellas se encargaron más trabajos publicitarios 11,
relatando como los otros dos socios estaban presentes a la firma de las letras,
y admitiendo Manuel que Jesús " le pidió permiso para librar las
letras".
Se estima el recurso.
Voces
Estafa
Antecedentes penales
Engaño bastante
Responsabilidad
Arresto
Efectos del delito
Delito de estafa
Atenuante
Arrepentimiento
Apertura del procedimiento judicial
Ope legis
Arrepentimiento espontáneo
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