Sentencia Penal Nº 501/20...io de 2008

Última revisión
05/06/2008

Sentencia Penal Nº 501/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 49/2008 de 05 de Junio de 2008

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Orden: Penal

Fecha: 05 de Junio de 2008

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: ARZUA ARRUGAETA, JAVIER

Nº de sentencia: 501/2008


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de Apelación nº 49/08

Procedimiento Rápido nº 447/07

Juzgado de lo Penal 11 de Barcelona

SENTENCIA 501

Ilmos Srs Magistrados

D. Javier Arzua Arrugaeta

D. José Carlos Iglesias Martín

Dª. Maria José Magaldi Paternostro

En Barcelona a cinco de junio de dos mil ocho

En nombre de S.M. el Rey la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación los autos de Procedimiento Rápido nº 447/07 procedentes del Juzgado de lo Penal número 11 de Barcelona en causa seguida por delito de hurto habiendo sido partes en calidad de apelante Don Juan Miguel representado por el Procurador Don Alfonso Lorente Parés y defendido por el Letrado Don Alejandro Jover Antoniles y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.

Ha sido Magistrado Ponente SSª Ilma. Don Javier Arzua Arrugaeta quien expresa el parecer del Tribunal.

Antecedentes

PRIMERO.- En fecha 2 de enero de 2008 se dictó por el Juzgado de lo Penal 11 de Barcelona sentencia en la causa Procedimiento Rápido número 447/07 cuya parte dispositiva contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpusieron recursos de apelación por Don Juan Miguel y por el Ministerio Fiscal que fueron admitidos a trámite, remitiéndose los autos a esta Sección, donde tuvieron su entrada a 10 de abril de 2008 señalándose el día de la fecha para la preceptiva deliberación y votación del recurso.

TERCERO.- En la tramitación y sustanciación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales salvo la fecha de señalamiento debido a la elevada carga competencial del Tribunal.

CUARTO.- Se aceptan los Antecedentes de Hechos y los Hechos Probados de la sentencia apelada salvo, respecto a éstos, de lo que se dirá en el Fundamento de Derecho Primero.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de Apelación nº 49/08

Procedimiento Rápido nº 447/07

Juzgado de lo Penal 11 de Barcelona

SENTENCIA 501

Ilmos Srs Magistrados

D. Javier Arzua Arrugaeta

D. José Carlos Iglesias Martín

Dª. Maria José Magaldi Paternostro

En Barcelona a cinco de junio de dos mil ocho

En nombre de S.M. el Rey la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación los autos de Procedimiento Rápido nº 447/07 procedentes del Juzgado de lo Penal número 11 de Barcelona en causa seguida por delito de hurto habiendo sido partes en calidad de apelante Don Juan Miguel representado por el Procurador Don Alfonso Lorente Parés y defendido por el Letrado Don Alejandro Jover Antoniles y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.

Ha sido Magistrado Ponente SSª Ilma. Don Javier Arzua Arrugaeta quien expresa el parecer del Tribunal.

PRIMERO.- En fecha 2 de enero de 2008 se dictó por el Juzgado de lo Penal 11 de Barcelona sentencia en la causa Procedimiento Rápido número 447/07 cuya parte dispositiva contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpusieron recursos de apelación por Don Juan Miguel y por el Ministerio Fiscal que fueron admitidos a trámite, remitiéndose los autos a esta Sección, donde tuvieron su entrada a 10 de abril de 2008 señalándose el día de la fecha para la preceptiva deliberación y votación del recurso.

TERCERO.- En la tramitación y sustanciación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales salvo la fecha de señalamiento debido a la elevada carga competencial del Tribunal.

CUARTO.- Se aceptan los Antecedentes de Hechos y los Hechos Probados de la sentencia apelada salvo, respecto a éstos, de lo que se dirá en el Fundamento de Derecho Primero.

Que con estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por Don Juan Miguel contra la sentencia de fecha 2 de enero de 2008 dictada por el Juzgado de lo Penal número 11 de Barcelona en el Procedimiento Rápido nº 447/07 debemos revocar y revoco parcialmente dicha resolución en el sentido de que la pena será ocho meses de prisión.

Se declaran de oficio las costas devengadas en esta segunda instancia.

Notifíquese esta resolución, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala, al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, remítanse los autos al Juzgado de su procedencia para su conocimiento y efectos y, verificado ello, archívese el Rollo sin mas trámites, previas las oportunas anotaciones en los Libros Registro correspondientes.

Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo Sr. Magistrado Ponente hallándose celebrando audiencia publica. DOY FE

Fallo

Que con estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por Don Juan Miguel contra la sentencia de fecha 2 de enero de 2008 dictada por el Juzgado de lo Penal número 11 de Barcelona en el Procedimiento Rápido nº 447/07 debemos revocar y revoco parcialmente dicha resolución en el sentido de que la pena será ocho meses de prisión.

Se declaran de oficio las costas devengadas en esta segunda instancia.

Notifíquese esta resolución, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala, al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, remítanse los autos al Juzgado de su procedencia para su conocimiento y efectos y, verificado ello, archívese el Rollo sin mas trámites, previas las oportunas anotaciones en los Libros Registro correspondientes.

Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo Sr. Magistrado Ponente hallándose celebrando audiencia publica. DOY FE