Última revisión
04/12/2007
Sentencia Penal Nº 528/2007, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 399/2007 de 04 de Diciembre de 2007
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Orden: Penal
Fecha: 04 de Diciembre de 2007
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: JORGE BARREIRO, ALBERTO GUMERSINDO
Nº de sentencia: 528/2007
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN DECIMOQUINTA
Rollo P-399/2007
J. Oral 509/2006
Jzdo. Penal nº 13
Magistrados:
Alberto JORGE BARREIRO (ponente)
Rosa Mª QUINTANA SAN MARTÍN
Francisco RUIZ JARABO PELAYO
En Madrid, a 4 de diciembre de 2007.
Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por Agustín contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid, el 7-V-2007, en la causa arriba referenciada.
El apelante estuvo asistido del Letrado Eugenio Terran Barriobero, y los apelados, Almudena y Antena 3 Televisión, S.A., lo han sido de los letrados María José Sánchez Tierraseca y Juan M. Bascones Huertas.
Antecedentes
I. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "Probado y así se declara expresamente que el 10 de junio de 2003 Almudena intervino en el programa "Sabor a ti" emitido en directo por la cadena Antena 3 de televisión S.A en el que se trataba sobre experiencias vividas por personas separadas o divorciadas con posterioridad al cese de su vínculo matrimonial, y en el que Almudena expuso, desde su punto de vista, los hechos que habían motivado su separación y los conflictos que había mantenido con posterioridad a la misma con su marido, sin que facilitara el nombre del mismo, utilizara expresiones hirientes o vejatorias y sin que resulte acreditado que ella no crea que todo lo relatado era cierto".
La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo absolver y absuelvo a Almudena del delito de injurias del que venía siendo acusada en el presente procedimiento, declarándose de oficio las costas procesales".
II. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra condenatoria contra la acusada como autora de un delito continuado de injurias graves con publicidad, con la responsabilidad civil de Antena 3 Televisión S.A. en los términos postulados en la primera instancia.
III. El Ministerio Fiscal instó la confirmación de la resolución recurrida.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN DECIMOQUINTA
Rollo P-399/2007
J. Oral 509/2006
Jzdo. Penal nº 13
Magistrados:
Alberto JORGE BARREIRO (ponente)
Rosa Mª QUINTANA SAN MARTÍN
Francisco RUIZ JARABO PELAYO
En Madrid, a 4 de diciembre de 2007.
Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por Agustín contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid, el 7-V-2007, en la causa arriba referenciada.
El apelante estuvo asistido del Letrado Eugenio Terran Barriobero, y los apelados, Almudena y Antena 3 Televisión, S.A., lo han sido de los letrados María José Sánchez Tierraseca y Juan M. Bascones Huertas.
I. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "Probado y así se declara expresamente que el 10 de junio de 2003 Almudena intervino en el programa "Sabor a ti" emitido en directo por la cadena Antena 3 de televisión S.A en el que se trataba sobre experiencias vividas por personas separadas o divorciadas con posterioridad al cese de su vínculo matrimonial, y en el que Almudena expuso, desde su punto de vista, los hechos que habían motivado su separación y los conflictos que había mantenido con posterioridad a la misma con su marido, sin que facilitara el nombre del mismo, utilizara expresiones hirientes o vejatorias y sin que resulte acreditado que ella no crea que todo lo relatado era cierto".
La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo absolver y absuelvo a Almudena del delito de injurias del que venía siendo acusada en el presente procedimiento, declarándose de oficio las costas procesales".
II. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra condenatoria contra la acusada como autora de un delito continuado de injurias graves con publicidad, con la responsabilidad civil de Antena 3 Televisión S.A. en los términos postulados en la primera instancia.
III. El Ministerio Fiscal instó la confirmación de la resolución recurrida.
Se desestima el recurso de apelación formulado por Agustín contra la sentencia dictada el 7-V-2007 , en la que se absolvía al acusado de la autoría de un delito de injurias graves con publicidad, absolución que queda así confirmada, declarándose de oficio las costas de esta instancia.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las demás partes, y devuélvase la causa al Juzgado de procedencia con testimonio de lo acordado.
Fallo
Se desestima el recurso de apelación formulado por Agustín contra la sentencia dictada el 7-V-2007 , en la que se absolvía al acusado de la autoría de un delito de injurias graves con publicidad, absolución que queda así confirmada, declarándose de oficio las costas de esta instancia.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las demás partes, y devuélvase la causa al Juzgado de procedencia con testimonio de lo acordado.
