Última revisión
17/11/2009
Sentencia Penal Nº 538/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 363/2009 de 17 de Noviembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 17 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: COMPAIRED PLO, MARIA CARMEN
Nº de sentencia: 538/2009
Encabezamiento
MJ
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
MADRID
Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 363 /2009
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 267 /2009
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 15 de MADRID
ILMOS/AS. SRES/AS. DE LA SECCION SEGUNDA.
PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO
MAGISTRADA DÑA. MARIA DEL ROSARIO ESTEBAN MEILAN
MAGISTRADO D. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA
En MADRID, a diecisiete de noviembre del dos mil nueve.
VISTO, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. FERNANDO RODRIGUEZ- JURADO SARO, en representación de Geronimo , contra la Sentencia dictada en el Juzgado de lo Penal nº 15 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia.
Actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes
PRIMERO.- En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 28/09/09 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Absuelvo a Geronimo , del delito de robo con intimidación en grado de tentativa del art. 237 y 242.1 y 2 del C. Penal , que el Ministerio Fiscal le vanía imputado, declarando la mitad de costas de oficio.
Abónese para el cumplimiento de la pena impuesta, el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa."/P>
Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada:
El día 22 de enero de 2009, sobre las 17,15 horas, el acusado intentó acceder a la misma sucursal, llamando al timbre, siendo reconocido por la empleada de la sucursal, quien le dijo que no le podía abrir la puerta ya que no había línea, marchándose el acusado del lugar.
En hora no determinada del día 22 de enero de 2009, pero con posterioridad a las 17,40 horas, el acusado fue detenido a la salida de un bar cercano a la sucursal de Caja Duero portando la pistola utilizada en los hechos cometidos el día 8 de enero de 2009.
El día 11 de agosto de 2009 el acusado ingresó en la entidad Caja Duero la cantidad de 3.600 euros, en concepto de devolución de la cantidad sustraída.
El acusado se encuentra privado de libertad desde el día 22 de enero de 2009.>.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación, que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
TERCERO.- Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho, solicitando su confirmación.
CUARTO.- Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 17/11/09.
Fundamentos
MJ
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
MADRID
Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 363 /2009
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 267 /2009
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 15 de MADRID
ILMOS/AS. SRES/AS. DE LA SECCION SEGUNDA.
PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO
MAGISTRADA DÑA. MARIA DEL ROSARIO ESTEBAN MEILAN
MAGISTRADO D. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA
En MADRID, a diecisiete de noviembre del dos mil nueve.
VISTO, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. FERNANDO RODRIGUEZ- JURADO SARO, en representación de Geronimo , contra la Sentencia dictada en el Juzgado de lo Penal nº 15 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia.
Actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO, quien expresa el parecer de la Sala.
PRIMERO.- En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 28/09/09 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Absuelvo a Geronimo , del delito de robo con intimidación en grado de tentativa del art. 237 y 242.1 y 2 del C. Penal , que el Ministerio Fiscal le vanía imputado, declarando la mitad de costas de oficio.
Abónese para el cumplimiento de la pena impuesta, el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa."/P>
Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada:
El día 22 de enero de 2009, sobre las 17,15 horas, el acusado intentó acceder a la misma sucursal, llamando al timbre, siendo reconocido por la empleada de la sucursal, quien le dijo que no le podía abrir la puerta ya que no había línea, marchándose el acusado del lugar.
En hora no determinada del día 22 de enero de 2009, pero con posterioridad a las 17,40 horas, el acusado fue detenido a la salida de un bar cercano a la sucursal de Caja Duero portando la pistola utilizada en los hechos cometidos el día 8 de enero de 2009.
El día 11 de agosto de 2009 el acusado ingresó en la entidad Caja Duero la cantidad de 3.600 euros, en concepto de devolución de la cantidad sustraída.
El acusado se encuentra privado de libertad desde el día 22 de enero de 2009.>.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación, que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
TERCERO.- Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho, solicitando su confirmación.
CUARTO.- Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 17/11/09.
Que DESESTIMAMOS el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Geronimo contra Sentencia dictada con fecha en el PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 267 /2009 por el JDO. DE LO PENAL N. 15 de MADRID, debemos CONFIRMAR dicha sentencia, con declaración de oficio de las costas de esta alzada.
Al notificar esta sentencia, dése cumplimiento a lo prevenido en el artículo 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Así, por esta nuestra Sentencia, de la cual se llevará certificación al Rollo de su razón y a los autos de que dimana, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO, estando celebrando audiencia pública. Certifico.
Fallo
Que DESESTIMAMOS el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Geronimo contra Sentencia dictada con fecha en el PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 267 /2009 por el JDO. DE LO PENAL N. 15 de MADRID, debemos CONFIRMAR dicha sentencia, con declaración de oficio de las costas de esta alzada.
Al notificar esta sentencia, dése cumplimiento a lo prevenido en el artículo 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Así, por esta nuestra Sentencia, de la cual se llevará certificación al Rollo de su razón y a los autos de que dimana, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO, estando celebrando audiencia pública. Certifico.

