Sentencia Penal Nº 581/20...re de 2008

Última revisión
14/10/2008

Sentencia Penal Nº 581/2008, Audiencia Provincial de Girona, Rec 661/2008 de 14 de Octubre de 2008

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Orden: Penal

Fecha: 14 de Octubre de 2008

Tribunal: AP - Girona

Ponente: CAPDEVILA SALVAT, MARIA DEL CARMEN

Nº de sentencia: 581/2008


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN CUARTA (PENAL)

GIRONA

APELACIÓN PENAL

ROLLO Nº 661/08

JUZGADO DE MENORES DE GIRONA

EXPEDIENTE DE INVESTIGACIÓN Nº 399/07

SENTENCIA Nº 581/2008

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE:

D. ADOLFO GARCÍA MORALES

MAGISTRADOS:

Dª. Mª TERESA IGLESIAS CARRERA

Dª. CARME CAPDEVILA SALVAT

En Girona a 14 de octubre de 2008

VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 18-06-2008 por la Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Menores de Girona, en el Expediente de Investigación nº 399/07 seguido por delito de hurto de ciclomotor, delito de resistencia a agentes de la autoridad y falta de lesiones, habiendo sido parte recurrente la DIRECCIÓ GENERAL D'ATENCIÓ A LA INFÀNCIA I L'ADOLESCÈNCIA, asistida por el Abogado de la Generalitat, y como parte recurrida el MINISTERIO FISCAL, actuando como ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. CARME CAPDEVILA SALVAT.

Antecedentes

PRIMERO: En la indicada sentencia se dictó el Fallo que copiado literalmente es como sigue:

"QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Manuel como autor responsable de un delito de hurto de uso de ciclomotor ajeno, tipificado en el artículo 244.1 del Código Penal , de un delito de resistencia a agentes de la autoridad previsto y penado en el artículo 556 del Código Penal , y de una falta de lesiones prevista y penada en el artículo 617.1 del mismo texto legal, imponiéndole la medida de CUATRO MESES DE LIBERTAD VIGILADA."

SEGUNDO: El recurso se interpuso por la representación legal de la DIRECCIÓ GENERAL D'ATENCIÓ A LA INFÀNCIA I L'ADOLESCÈNCIA contra la Sentencia de fecha 18-06-2008 , con el fundamento que expresa en el escrito en que se deduce el mismo.

TERCERO: Se han cumplido los trámites establecidos en el artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

CUARTO: Se acepta el "factum" de la sentencia de instancia.

QUINTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN CUARTA (PENAL)

GIRONA

APELACIÓN PENAL

ROLLO Nº 661/08

JUZGADO DE MENORES DE GIRONA

EXPEDIENTE DE INVESTIGACIÓN Nº 399/07

SENTENCIA Nº 581/2008

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE:

D. ADOLFO GARCÍA MORALES

MAGISTRADOS:

Dª. Mª TERESA IGLESIAS CARRERA

Dª. CARME CAPDEVILA SALVAT

En Girona a 14 de octubre de 2008

VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 18-06-2008 por la Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Menores de Girona, en el Expediente de Investigación nº 399/07 seguido por delito de hurto de ciclomotor, delito de resistencia a agentes de la autoridad y falta de lesiones, habiendo sido parte recurrente la DIRECCIÓ GENERAL D'ATENCIÓ A LA INFÀNCIA I L'ADOLESCÈNCIA, asistida por el Abogado de la Generalitat, y como parte recurrida el MINISTERIO FISCAL, actuando como ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. CARME CAPDEVILA SALVAT.

PRIMERO: En la indicada sentencia se dictó el Fallo que copiado literalmente es como sigue:

"QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Manuel como autor responsable de un delito de hurto de uso de ciclomotor ajeno, tipificado en el artículo 244.1 del Código Penal , de un delito de resistencia a agentes de la autoridad previsto y penado en el artículo 556 del Código Penal , y de una falta de lesiones prevista y penada en el artículo 617.1 del mismo texto legal, imponiéndole la medida de CUATRO MESES DE LIBERTAD VIGILADA."

SEGUNDO: El recurso se interpuso por la representación legal de la DIRECCIÓ GENERAL D'ATENCIÓ A LA INFÀNCIA I L'ADOLESCÈNCIA contra la Sentencia de fecha 18-06-2008 , con el fundamento que expresa en el escrito en que se deduce el mismo.

TERCERO: Se han cumplido los trámites establecidos en el artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

CUARTO: Se acepta el "factum" de la sentencia de instancia.

QUINTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por el Abogado de la Generalitat en representación de la DGAIA, contra la sentencia dictada en fecha 18-06-2008 por el Juzgado de Menores de Girona, en el Expediente de Investigación nº 399/07 del que este rollo dimana, CONFIRMANDO la meritada resolución, declarando de oficio las costas de esta alzada.

Líbrense certificaciones de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de su procedencia, junto con las actuaciones originales.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. La Secretaria Judicial da fe.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Ilma. Sra. Magistrada Ponente, Dª. CARME CAPDEVILA SALVAT, en audiencia pública y en el mismo día de su fecha, a presencia de mí, la Secretaria, de lo que doy fe.

Fallo

Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por el Abogado de la Generalitat en representación de la DGAIA, contra la sentencia dictada en fecha 18-06-2008 por el Juzgado de Menores de Girona, en el Expediente de Investigación nº 399/07 del que este rollo dimana, CONFIRMANDO la meritada resolución, declarando de oficio las costas de esta alzada.

Líbrense certificaciones de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de su procedencia, junto con las actuaciones originales.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. La Secretaria Judicial da fe.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Ilma. Sra. Magistrada Ponente, Dª. CARME CAPDEVILA SALVAT, en audiencia pública y en el mismo día de su fecha, a presencia de mí, la Secretaria, de lo que doy fe.

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