Sentencia Penal Nº 581/20...re de 2009

Última revisión
16/09/2009

Sentencia Penal Nº 581/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 112/2009 de 16 de Septiembre de 2009

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Orden: Penal

Fecha: 16 de Septiembre de 2009

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: MARTIN GARCIA, PEDRO

Nº de sentencia: 581/2009


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Segunda

Procedimiento Abreviado Rápido núm. 751/08

Rollo de Apelación núm. 112/09

Juzgado de lo Penal nº. 1 de Terrassa

S E N T E N C I A NÚM. 581

ltmo. Sr. Presidente

Don Pedro Martín García

Iltmos. Sres. Magistrados

Don José Carlos Iglesias Martín

Doña María José Magaldi Paternostro

En Barcelona, a dieciséis de Septiembre del dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 751/08. Rollo de Sala núm. 112/09, sobre delito de amenazas, procedente del Juzgado de lo Penal nº. 1 de Terrassa, habiendo sido partes, en calidad de apelante Don Fidel , representado por la Procuradora Doña Mercedes París Noguera y defendido por la Letrada Doña Margarita Avila Mata, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal, siendo Magistrado Ponente S.Sª Iltma. Don Pedro Martín García, quien expresa el parecer del Tribunal.

Antecedentes

Primero . -- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada.

Segundo . -- Con fecha 12 de Enero del 2009, y por el Juzgado de lo Penal nº. 1 de Terrassa, se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 751/08 , la que contiene el fallo que se da aquí asimismo por reproducido por razones de economía procesal.

Tercero . -- Apelada la sentencia por Don Fidel , y previos los trámites legales, se remitieron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 30 de Julio del 2009 , habiéndose observado en su tramitación ante este Tribunal todas las prescripciones legales.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Segunda

Procedimiento Abreviado Rápido núm. 751/08

Rollo de Apelación núm. 112/09

Juzgado de lo Penal nº. 1 de Terrassa

S E N T E N C I A NÚM. 581

ltmo. Sr. Presidente

Don Pedro Martín García

Iltmos. Sres. Magistrados

Don José Carlos Iglesias Martín

Doña María José Magaldi Paternostro

En Barcelona, a dieciséis de Septiembre del dos mil nueve.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 751/08. Rollo de Sala núm. 112/09, sobre delito de amenazas, procedente del Juzgado de lo Penal nº. 1 de Terrassa, habiendo sido partes, en calidad de apelante Don Fidel , representado por la Procuradora Doña Mercedes París Noguera y defendido por la Letrada Doña Margarita Avila Mata, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal, siendo Magistrado Ponente S.Sª Iltma. Don Pedro Martín García, quien expresa el parecer del Tribunal.

Primero . -- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada.

Segundo . -- Con fecha 12 de Enero del 2009, y por el Juzgado de lo Penal nº. 1 de Terrassa, se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 751/08 , la que contiene el fallo que se da aquí asimismo por reproducido por razones de economía procesal.

Tercero . -- Apelada la sentencia por Don Fidel , y previos los trámites legales, se remitieron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 30 de Julio del 2009 , habiéndose observado en su tramitación ante este Tribunal todas las prescripciones legales.

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Doña Mercedes París Noguera, en nombre y representación de Don Fidel , contra la sentencia dictada en 12 de Enero del 2009 por el Juzgado de lo Penal nº. 1 de los de Terrassa en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 751/08 , la que, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos íntegramente en todos sus pronunciamientos, declarando de oficio las costas procesales de esta alzada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará en legal forma a las partes, a las que se hará saber que la misma es firme y que contra ella no cabe recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Doña Mercedes París Noguera, en nombre y representación de Don Fidel , contra la sentencia dictada en 12 de Enero del 2009 por el Juzgado de lo Penal nº. 1 de los de Terrassa en el Procedimiento Abreviado Rápido núm. 751/08 , la que, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos íntegramente en todos sus pronunciamientos, declarando de oficio las costas procesales de esta alzada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará en legal forma a las partes, a las que se hará saber que la misma es firme y que contra ella no cabe recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.