Sentencia Penal Nº 6, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 1 de 13 de Octubre de 1999
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Orden: Penal
Fecha: 13 de Octubre de 1999
Tribunal: AP - Lugo
Ponente: NEIRA MEDIN, ANDRES
Nº de sentencia: 6
Resumen
Previamente el día 27-8-96, con la finalidad de
cobrar el dinero solicitado, el acusado abrió una cuenta corriente en la Caja
Postal de Sarria, a nombre de Dositeo P, El Fiscal, en sus conclusiones
provisionales, califica los hechos descritos como constitutivos de un delito de
amenazas del art. 169-1º inciso 2º del C. Penal, del que es responsable en concepto de autor el acusado. No concurren circunstancias modificativas de la
responsabilidad criminal y solicita la pena de 2 años de prisión e indemnización
a Carmen L en 500.000 ptas.A medio de escrito de fecha 11-10-99, estimando
concurren en el presente caso razones de economía procesal, el Ministerio
Fiscal dice: Que con carácter previo a la celebración del juicio oral y
elección del Jurado, modifica su escrito de calificación provisional en el
apartado referente a la pena de prisión, que será la de seis meses.
Los hechos declarados probados con constitutivos de un
delito de amenazas del art. 169-1º C.P.
De Tal delito es responsable en concepto de autor (art. 28 C.P.) el encausado, como ejecutor material de tales hechos.No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.La pena a imponer
será la solicitada por el Ministerio Fiscal y aceptada por conformidad tanto
por el enjuiciado, como por la acusación particular.Debiendo abonarse en su
caso para el cumplimiento de la pena impuesta todo el tiempo que hubiese estado
privado de libertad por esta causa.
Voces
Delito de amenazas
Tribunal del Jurado
Responsabilidad
Antecedentes penales
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Amenazas
Economía procesal
Calificación provisional
Investigado o encausado
Autor responsable
Inhabilitación especial para el sufragio pasivo
Fundamentos
AUDIENCIA RPOVINCIAL
LUGO
SENTENCIA NÚMERO 6/99
Lugo, trece de octubre de mil novecientos noventa y
nueve.
El Ilmo. Sr. Magistrado-Presidente, D. Andrés Neira
Medín, ha …
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