Última revisión
28/09/2009
Sentencia Penal Nº 603/2009, Audiencia Provincial de Girona, Rec 673/2009 de 28 de Septiembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 28 de Septiembre de 2009
Tribunal: AP - Girona
Ponente: RAMIREZ SOUTO, FATIMA
Nº de sentencia: 603/2009
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO DE APELACIÓN PENAL Nº 673/09
CAUSA Nº 75/07
JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE GIRONA
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Dª FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO
MAGISTRADOS
D. JOSÉ ANTONIO SORIA CASAO
D. ILDEFONSO CAROL GRAU
Girona a veintiocho de septiembre de dos mil nueve.
VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 4 de
Girona, en la causa nº 458/06, seguidas por UN DELITO DE CONDUCCIÓN TEMERARIA, habiendo sido parte recurrente Jose Ángel , representado
por el Procurador Sr. Garcés y dirigido por el Letrado Sr. Sierra Vázquez, y como recurrido EL MINISTERIO FISCAL, actuando como Ponente la Iltma. Sra.
Magistrada FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO.
Antecedentes
PRIMERO.- En la indicada sentencia se dictó el Fallo que copiado literalmente es como sigue: "Que debía condenar y condenaba a Jose Ángel , como autor responsable de un delito contra la seguridad del trafico, ya definido, con la concurrencia de la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena de 3 meses de prisión; así como privacion del derechoa conducir vehículos de motor y ciclomotores, por tiempo de seis meses; con imposición al acusado de las costas del proceso.".
SEGUNDO.- El recurso se interpuso por la representación de Jose Ángel contra la sentencia de fecha 21-4-2009 , con el fundamento que expresa en el escrito en que se deduce el mismo.
TERCERO.- Se acepta el "factum de la sentencia apelada a excepción de la siguiente expresión:
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO DE APELACIÓN PENAL Nº 673/09
CAUSA Nº 75/07
JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE GIRONA
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Dª FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO
MAGISTRADOS
D. JOSÉ ANTONIO SORIA CASAO
D. ILDEFONSO CAROL GRAU
Girona a veintiocho de septiembre de dos mil nueve.
VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 4 de
Girona, en la causa nº 458/06, seguidas por UN DELITO DE CONDUCCIÓN TEMERARIA, habiendo sido parte recurrente Jose Ángel , representado
por el Procurador Sr. Garcés y dirigido por el Letrado Sr. Sierra Vázquez, y como recurrido EL MINISTERIO FISCAL, actuando como Ponente la Iltma. Sra.
Magistrada FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO.
PRIMERO.- En la indicada sentencia se dictó el Fallo que copiado literalmente es como sigue: "Que debía condenar y condenaba a Jose Ángel , como autor responsable de un delito contra la seguridad del trafico, ya definido, con la concurrencia de la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena de 3 meses de prisión; así como privacion del derechoa conducir vehículos de motor y ciclomotores, por tiempo de seis meses; con imposición al acusado de las costas del proceso.".
SEGUNDO.- El recurso se interpuso por la representación de Jose Ángel contra la sentencia de fecha 21-4-2009 , con el fundamento que expresa en el escrito en que se deduce el mismo.
TERCERO.- Se acepta el "factum de la sentencia apelada a excepción de la siguiente expresión:
QUE ESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por la representación de Jose Ángel , contra la sentencia de fecha 21-4-2009 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Girona en la causa nº 75/07 de la que este rollo dimana, REVOCAMOS el Fallo de la misma Y en consecuencia, ABSOLVEMOS A Jose Ángel del delito de CONDUCCIÓN TEMERARIA por el que fue condenado, declarándose de oficio las costas de esta alzada y las de la primera instancia.
Dedúzcase testimonio de esta resolución y de la sentencia dictada en la primera instancia y remítase al Departament de Trànsit de a Generalitat a los efectos del artículo 74 de la Ley sobre T 'rafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas y líbrense certificaciones de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de procedencia junto con las actuaciones originales para cumplimiento de lo acordado.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia con esta fecha por la Magistrada Ponente que la suscribe hallándose celebrando el Tribunal audiencia pública, doy fe.
Fallo
QUE ESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por la representación de Jose Ángel , contra la sentencia de fecha 21-4-2009 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Girona en la causa nº 75/07 de la que este rollo dimana, REVOCAMOS el Fallo de la misma Y en consecuencia, ABSOLVEMOS A Jose Ángel del delito de CONDUCCIÓN TEMERARIA por el que fue condenado, declarándose de oficio las costas de esta alzada y las de la primera instancia.
Dedúzcase testimonio de esta resolución y de la sentencia dictada en la primera instancia y remítase al Departament de Trànsit de a Generalitat a los efectos del artículo 74 de la Ley sobre T 'rafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas y líbrense certificaciones de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de procedencia junto con las actuaciones originales para cumplimiento de lo acordado.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia con esta fecha por la Magistrada Ponente que la suscribe hallándose celebrando el Tribunal audiencia pública, doy fe.
