Sentencia Penal Nº 614/20...re de 2007

Última revisión
16/10/2007

Sentencia Penal Nº 614/2007, Audiencia Provincial de Malaga, Rec 245/2007 de 16 de Octubre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 16 de Octubre de 2007

Tribunal: AP - Malaga

Ponente: GARCIA GUTIERREZ, FRANCISCO JAVIER

Nº de sentencia: 614/2007


Encabezamiento

1

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SECCIÓN 3ª

ROLLO DE APELACIÓN nº 245/07

Juzgado de procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº 6 DE MÁLAGA

Procedimiento origen: JUICIO RÁPIDO 113/07

Apelante: Serafin

Procurador/a: D/ña ESTEBAN VIVES GUTIERREZ

Abogado/a: D/ña CLARA VAZQUEZ DE LA JUDIE

SENTENCIA NÚM. 614

Ilustrísimos señores:

Magistrado-Presidente:

D. Carlos Prieto Macías

Magistrados:

D. Andrés Rodero González

D. Francisco Javier García Gutiérrez

En Málaga, a dieciséis de octubre de 2007

Habiendo visto y examinado el presente rollo de apelación nº 87/07, incoado como consecuencia del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 24 de julio de 2007 dictada por el Juzgado de lo Penal 6 de Málaga en Juicio Rápido 113/07, seguido por delito de hurto de uso y lesiones, siendo parte el Ministerio Fiscal, apelante Serafin representado por el/la Procurador/a D/ña. ESTEBAN VIVES GUTIERREZ y defendido por el/la letrado/a D/ña CLARA VAZQUEZ DE LA JUDIE, siendo Ponente D. Francisco Javier García Gutiérrez, teniendo en cuenta los siguientes.

Antecedentes

PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción 8 de Málaga instruyó Diligencias urgentes que, una vez concluidas, fueron remitidas al Juzgado de lo Penal 6 de Málaga, para su enjuiciamiento, que dictó sentencia con fecha de 24 de julio de 2007 , que contiene el siguiente relato de hechos probados:

"Sobre las 15 horas del día 9 de julio de dos mil siete, Serafin,, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, se dirigió al garaje sito en la CALLE000 n_ NUM000 de Málaga, y guiado de ánimo de apoderamiento temporal, fracturó el bombín de arranque de la motocicleta .... , con valor superior a 400 euros, que pretendía llevarse del lugar, aunque no consiguió su propósito al ser sorprendida por el propietario de la moto, Alvaro, quien retuvo a Serafin, recibiendo la ayuda del policía nacional NUM001, que iba de paisano y que nunca se identificó como agente de la autoridad, y quien recibió un golpe de Serafin, que le provocó lesiones de las que curó en cuatro días, de los cuales dos lo fueron con impedimento para dedicarse a sus ocupaciones habituales, siendo precisa un asola asistencia médica.

La motocicleta, como consecuencia de la acción descrita, tuvo daños por importe de 551,59 euros, IVA incluido.."

SEGUNDO.- Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno al acusado Serafin como criminalmente responsable en concepto de autor de un delito de hurto de uso, en grado de tentativa del art. 244.1º , sin la concurrencia de circunstancias modificativas a la pena de tres meses de multa con una cuota diaria de seis euros y responsabilidad personal en caso de impago de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas, y a que indemnice a Alvaro en la cantidad de 551,59 euros, Iva incluido y al policía nacional NUM001 en la cantidad de 170 euros por las lesiones sufridas, así como al pago de la mitad de las costas procesales.

Que debo absolver y absuelvo a Serafin del delito de atentado y de robo violento que le fue imputado, declarando la mitad de las costas de oficio.."

TERCERO.- Notificada esta resolución a las partes personadas, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del mencionado Serafin, admitiéndose el recurso en ambos efectos, y cumpliéndose el trámite legalmente previsto, se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial para la resolución del referido recurso, formándose en esta Sección el Rollo correspondiente, no considerando necesaria la Sala la celebración de vista, por lo que las actuaciones quedaron vistas para dictar sentencia.

Fundamentos

1

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SECCIÓN 3ª

ROLLO DE APELACIÓN nº 245/07

Juzgado de procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº 6 DE MÁLAGA

Procedimiento origen: JUICIO RÁPIDO 113/07

Apelante: Serafin

Procurador/a: D/ña ESTEBAN VIVES GUTIERREZ

Abogado/a: D/ña CLARA VAZQUEZ DE LA JUDIE

SENTENCIA NÚM. 614

Ilustrísimos señores:

Magistrado-Presidente:

D. Carlos Prieto Macías

Magistrados:

D. Andrés Rodero González

D. Francisco Javier García Gutiérrez

En Málaga, a dieciséis de octubre de 2007

Habiendo visto y examinado el presente rollo de apelación nº 87/07, incoado como consecuencia del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 24 de julio de 2007 dictada por el Juzgado de lo Penal 6 de Málaga en Juicio Rápido 113/07, seguido por delito de hurto de uso y lesiones, siendo parte el Ministerio Fiscal, apelante Serafin representado por el/la Procurador/a D/ña. ESTEBAN VIVES GUTIERREZ y defendido por el/la letrado/a D/ña CLARA VAZQUEZ DE LA JUDIE, siendo Ponente D. Francisco Javier García Gutiérrez, teniendo en cuenta los siguientes.

PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción 8 de Málaga instruyó Diligencias urgentes que, una vez concluidas, fueron remitidas al Juzgado de lo Penal 6 de Málaga, para su enjuiciamiento, que dictó sentencia con fecha de 24 de julio de 2007 , que contiene el siguiente relato de hechos probados:

"Sobre las 15 horas del día 9 de julio de dos mil siete, Serafin,, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, se dirigió al garaje sito en la CALLE000 n_ NUM000 de Málaga, y guiado de ánimo de apoderamiento temporal, fracturó el bombín de arranque de la motocicleta .... , con valor superior a 400 euros, que pretendía llevarse del lugar, aunque no consiguió su propósito al ser sorprendida por el propietario de la moto, Alvaro, quien retuvo a Serafin, recibiendo la ayuda del policía nacional NUM001, que iba de paisano y que nunca se identificó como agente de la autoridad, y quien recibió un golpe de Serafin, que le provocó lesiones de las que curó en cuatro días, de los cuales dos lo fueron con impedimento para dedicarse a sus ocupaciones habituales, siendo precisa un asola asistencia médica.

La motocicleta, como consecuencia de la acción descrita, tuvo daños por importe de 551,59 euros, IVA incluido.."

SEGUNDO.- Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno al acusado Serafin como criminalmente responsable en concepto de autor de un delito de hurto de uso, en grado de tentativa del art. 244.1º , sin la concurrencia de circunstancias modificativas a la pena de tres meses de multa con una cuota diaria de seis euros y responsabilidad personal en caso de impago de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas, y a que indemnice a Alvaro en la cantidad de 551,59 euros, Iva incluido y al policía nacional NUM001 en la cantidad de 170 euros por las lesiones sufridas, así como al pago de la mitad de las costas procesales.

Que debo absolver y absuelvo a Serafin del delito de atentado y de robo violento que le fue imputado, declarando la mitad de las costas de oficio.."

TERCERO.- Notificada esta resolución a las partes personadas, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del mencionado Serafin, admitiéndose el recurso en ambos efectos, y cumpliéndose el trámite legalmente previsto, se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial para la resolución del referido recurso, formándose en esta Sección el Rollo correspondiente, no considerando necesaria la Sala la celebración de vista, por lo que las actuaciones quedaron vistas para dictar sentencia.

Que debemos DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Serafin contra la sentencia de fecha 24 de julio de 2007 dictada por el Juzgado de lo Penal 6 de Málaga en Juicio Rápido 113/07 , y en consecuencia CONFIRMAMOS aquella Sentencia en todas sus partes, con imposición al recurrente de las costas que puedan haberse causado en esta segunda instancia con motivo del recurso de apelación formulado.

Notifíquese a las partes la presente sentencia, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Líbrese testimonio de esta sentencia y remítase juntamente con los autos principales al Juzgado de su procedencia para que se lleve a efecto lo acordado.

Así por esta nuestra sentencia de la que se llevará certificación al rollo de su razón, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, estando el Tribunal celebrando audiencia pública y ordinaria en el mismo día de su fecha de lo que yo la Secretaria Judicial doy fe.

Fallo

Que debemos DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Serafin contra la sentencia de fecha 24 de julio de 2007 dictada por el Juzgado de lo Penal 6 de Málaga en Juicio Rápido 113/07 , y en consecuencia CONFIRMAMOS aquella Sentencia en todas sus partes, con imposición al recurrente de las costas que puedan haberse causado en esta segunda instancia con motivo del recurso de apelación formulado.

Notifíquese a las partes la presente sentencia, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Líbrese testimonio de esta sentencia y remítase juntamente con los autos principales al Juzgado de su procedencia para que se lleve a efecto lo acordado.

Así por esta nuestra sentencia de la que se llevará certificación al rollo de su razón, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, estando el Tribunal celebrando audiencia pública y ordinaria en el mismo día de su fecha de lo que yo la Secretaria Judicial doy fe.

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