Sentencia Penal Nº 63, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 142 de 24 de Noviembre de 1999
Sentencia Penal Nº 63, Au...re de 1999

Última revisión
24/11/1999

Sentencia Penal Nº 63, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 142 de 24 de Noviembre de 1999

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Orden: Penal

Fecha: 24 de Noviembre de 1999

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: SEOANE SPIEGELBERG, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 63

Nº de recurso: 142

Resumen
  Se califica los hechos como constitutivos de un delito de robo con intimidación en grado de tentativa, tipificado en los artículos 237, 242.1 y 2 y 62 del Código Penal, así como de un delito de tenencia ilícita de armas del artículo 564.1 del referido texto legal, de los que es autor el acusado MANUEL ANGEL , con la concurrencia de las circunstancias agravantes de disfraz, lugar y reincidencia ( artículo 22.2º ), solicitando se le impusiera la pena de 2 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena por el delito de robo, y 1 año y 6 meses de prisión con igual accesoria por el delito de tenencia ilícita de armas, igualmente calificó los hechos como constitutivos de otro delito de tenencia ilícita de armas, previsto y penado en el art 564.1 C.P., del que es autor el acusado DAVID , sin la concurrencia de circunstancias modificativas, solicitando se le impusiera la pena de 1 año y 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, los acusados abonarán las costas procesales.Miguel Angel y José Miguel renunciaron a cualquier clase de indemnización que les pudiera corresponder por tales hechos.El otro acusado, David , señala que fue Manuel Angel quien le entregó la referida pistola, lo que éste siempre admitió. Tal conjunto probatorio permite atribuir a dicho acusado los delitos de robo con intimidación y tenencia ilícita de armas que le son imputados por el Ministerio Fiscal. En la ejecución de dicho delito es de apreciar la concurrencia de la circunstancia atenuante de drogadicción, y no las agravantes postuladas por el Ministerio Fiscal.No concurre la agravante de disfraz del artº 22.2 del CP postulada por el Ministerio Fiscal, en el acusado Manuel Ángel. Vista la gravedad de los hechos, el peligro inherente al delito, en que el arma se llegó a utilizar en la comisión del delito, efectuado incluso un disparo, se rebaja la pena en un grado por el delito de robo, en grado de tentativa ( artº 62 del CP ), y teniendo en cuenta la concurrencia de la atenuante de drogadicción, procede aplicar a los acusados la pena mínima de un año por el delito de tenencia ilícita de armas, y a Manuel Ángel la de 22 meses de prisión por el delito de robo.    

Voces

Delito de robo

Delito de tenencia de armas

Agravante

Responsabilidad

Antecedentes penales

Inhabilitación especial para el sufragio pasivo

Grado de tentativa

Libertad provisional

Atenuante

Robo con intimidación

Intimidación

Robo con violencia

Reincidencia

Grave adicción a sustancias tóxicas

Drogas duras

Sentencia firme

Arresto

Aprovechamiento circunstancias de tiempo

Consumo de drogas

Prueba de cargo

Presunción de inocencia

Drogas

Uso de disfraz

Eximentes completas

Síndrome de abstinencia

Hecho delictivo

Imputabilidad

Reconocimiento en rueda

Incendios

Prisión preventiva

Robo

Delito de allanamiento de morada

Remisión condicional

Responsabilidad penal

Cancelación de antecedentes penales

Eximentes incompletas

Omisión