Sentencia Penal Nº 666/20...re de 2009

Última revisión
26/10/2009

Sentencia Penal Nº 666/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 188/2009 de 26 de Octubre de 2009

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Orden: Penal

Fecha: 26 de Octubre de 2009

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: MAGALDI PATERNOSTRO, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 666/2009


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEGUNDA

Rollo de Apelación nº AP188/09 MM

Proceso Abreviado nº 261/08

Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona

S E N T E N C I A nº 666

Ilmo. Sr. Presidente

D. Pedro Martín García

Ilmos. Srs. Magistrados

D. Javier Arzúa Arrugaeta

Dª María José Magaldi Paternostro

En la ciudad de Barcelona a ventiseis de octubre de dos mil nueve

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Proceso Abreviado nº 261/08 , Rollo de Apelación nº AP188/09 sobre delito de falsedad en documento oficial procedente del Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona , en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Luis Enrique representado por el Procurador Sra Saéz Buil en virtud del recurso de apelación interpuesto por el referido acusado contra la sentencia dictada a 10 de agosto de 2009 por la Sra. Juez del expresado Juzgado .

El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal quienes solicitaron la confirmación de la sentencia objeto de apelación.

Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.

Antecedentes

PRIMERO.- En fecha 10 de agosto de 2009 y por el Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona se dictó sentencia en el Proceso Abreviado nº 261/08 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Apelada fue la sentencia por la representación procesal del acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a esta Sección teniendo entrada en la misma el día 20 de octubre de 2009 , habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO.- Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho de la sentencia apelada que se sustituyen por los siguientes

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEGUNDA

Rollo de Apelación nº AP188/09 MM

Proceso Abreviado nº 261/08

Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona

S E N T E N C I A nº 666

Ilmo. Sr. Presidente

D. Pedro Martín García

Ilmos. Srs. Magistrados

D. Javier Arzúa Arrugaeta

Dª María José Magaldi Paternostro

En la ciudad de Barcelona a ventiseis de octubre de dos mil nueve

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Proceso Abreviado nº 261/08 , Rollo de Apelación nº AP188/09 sobre delito de falsedad en documento oficial procedente del Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona , en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Luis Enrique representado por el Procurador Sra Saéz Buil en virtud del recurso de apelación interpuesto por el referido acusado contra la sentencia dictada a 10 de agosto de 2009 por la Sra. Juez del expresado Juzgado .

El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal quienes solicitaron la confirmación de la sentencia objeto de apelación.

Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.

PRIMERO.- En fecha 10 de agosto de 2009 y por el Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona se dictó sentencia en el Proceso Abreviado nº 261/08 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Apelada fue la sentencia por la representación procesal del acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a esta Sección teniendo entrada en la misma el día 20 de octubre de 2009 , habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.

TERCERO.- Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho de la sentencia apelada que se sustituyen por los siguientes

Que con estimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sra Saez Buil , en nombre y representación de Luis Enrique contra la sentencia dictada a 10 de agosto de 2009 por el Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 261/08 debemos REVOCAR y REVOCAMOS dicha sentencia en el sentido de ABSOLVER LIBREMENTE a dicho acusado del delito de falsedad en documento oficial del que venía acusado, declarando de oficio las costas procesales de la primera instancia y las del recurso.

.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos

Fallo

Que con estimación del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sra Saez Buil , en nombre y representación de Luis Enrique contra la sentencia dictada a 10 de agosto de 2009 por el Juzgado de lo Penal nº 11 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 261/08 debemos REVOCAR y REVOCAMOS dicha sentencia en el sentido de ABSOLVER LIBREMENTE a dicho acusado del delito de falsedad en documento oficial del que venía acusado, declarando de oficio las costas procesales de la primera instancia y las del recurso.

.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, la pronunciamos, mandamos y firmamos

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