Última revisión
28/10/2009
Sentencia Penal Nº 674/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 190/2009 de 28 de Octubre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 28 de Octubre de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: MARTIN GARCIA, PEDRO
Nº de sentencia: 674/2009
Encabezamiento
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Segunda
Procedimiento Abreviado núm. 162/09
Rollo de Apelación núm. 190/09
Juzgado de lo Penal nº. 1 de Arenys de Mar
lltmo. Sr. Presidente
Don Pedro Martín García
Iltmos. Sres. Magistrados
Don José Carlos Iglesias Martín
Doña María José Magaldi Paternostro
En Barcelona, a veintiocho de Octubre del dos mil nueve
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado núm. 162/09. Rollo de Sala núm. 190/09, sobre delito de robo con intimidación en las personas, procedente del Juzgado de lo Penal nº. 1 de Arenys de Mar, habiendo sido partes, en calidad de apelante Don Silvio , representado por la Procuradora Doña Laura Esparrich Rovira y defendido por el Letrado Don Pere Moncal i Calvet, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal, siendo Magistrado Ponente S.Sª Iltma. Don Pedro Martín García, quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes
Primero . -- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada, si bien suprimiendo de éstos toda referencia a Don Silvio , que se sustituyen por la de "persona inidentificada".
Segundo . -- Con fecha 3 de Septiembre del 2009, y por el Juzgado de lo Penal nº. 1 de Arenys de Mar, se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado núm. 162/09 , la que contiene el fallo que se da aquí asimismo por reproducido por razones de economía procesal.
Tercero . -- Apelada la sentencia por Don Silvio , y previos los trámites legales, se remitieron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 20 de Octubre del 2009 , habiéndose observado en su tramitación ante este Tribunal todas las prescripciones legales.
Fundamentos
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Segunda
Procedimiento Abreviado núm. 162/09
Rollo de Apelación núm. 190/09
Juzgado de lo Penal nº. 1 de Arenys de Mar
lltmo. Sr. Presidente
Don Pedro Martín García
Iltmos. Sres. Magistrados
Don José Carlos Iglesias Martín
Doña María José Magaldi Paternostro
En Barcelona, a veintiocho de Octubre del dos mil nueve
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado núm. 162/09. Rollo de Sala núm. 190/09, sobre delito de robo con intimidación en las personas, procedente del Juzgado de lo Penal nº. 1 de Arenys de Mar, habiendo sido partes, en calidad de apelante Don Silvio , representado por la Procuradora Doña Laura Esparrich Rovira y defendido por el Letrado Don Pere Moncal i Calvet, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal, siendo Magistrado Ponente S.Sª Iltma. Don Pedro Martín García, quien expresa el parecer del Tribunal.
Primero . -- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada, si bien suprimiendo de éstos toda referencia a Don Silvio , que se sustituyen por la de "persona inidentificada".
Segundo . -- Con fecha 3 de Septiembre del 2009, y por el Juzgado de lo Penal nº. 1 de Arenys de Mar, se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado núm. 162/09 , la que contiene el fallo que se da aquí asimismo por reproducido por razones de economía procesal.
Tercero . -- Apelada la sentencia por Don Silvio , y previos los trámites legales, se remitieron las actuaciones a la Audiencia Provincial de Barcelona, teniendo entrada en esta Sección el día 20 de Octubre del 2009 , habiéndose observado en su tramitación ante este Tribunal todas las prescripciones legales.
Que debemos estimar y estimamos el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Doña Laura esparrich Rovira, en nombre y representación de Don Silvio , contra la sentencia dictada en 3 de Septiembre del 2009 por el Juzgado de lo Penal nº. 1 de Arenys de Mar en el Procedimiento Abreviado núm. 162/09, y, en consecuencia, revocándola, debemos absolver y absolvemos libremente y con todos los pronunciamientos favorables al mencionado apelante del delito de robo con intimidación en las personas por el que había sido condenado en aquélla, declarando de oficio las costas procesales de ambas instancias.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará en legal forma a las partes, a las que se hará saber que la misma es firme y que contra ella no cabe recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Que debemos estimar y estimamos el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Doña Laura esparrich Rovira, en nombre y representación de Don Silvio , contra la sentencia dictada en 3 de Septiembre del 2009 por el Juzgado de lo Penal nº. 1 de Arenys de Mar en el Procedimiento Abreviado núm. 162/09, y, en consecuencia, revocándola, debemos absolver y absolvemos libremente y con todos los pronunciamientos favorables al mencionado apelante del delito de robo con intimidación en las personas por el que había sido condenado en aquélla, declarando de oficio las costas procesales de ambas instancias.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala y se notificará en legal forma a las partes, a las que se hará saber que la misma es firme y que contra ella no cabe recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

