Última revisión
10/01/2013
Sentencia Penal Nº 688/2010, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 10, Rec 76/2009 de 15 de Septiembre de 2010
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Orden: Penal
Fecha: 15 de Septiembre de 2010
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: PIJUAN CANADELL, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 688/2010
Núm. Cendoj: 08019370102010100480
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN DÉCIMA
ROLLO NÚM. 76/2009
DILIGENCIAS PREVIAS NÚM. 669/2005
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE GRANOLLERS
S E N T E N C I A No.
ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA PIJUAN CANADELL
ILMA. SRA. D. ª MONTSERRAT COMAS ARGEMIR CENDRA
ILMA. SRA. D. ª ELISENDA FRANQUET FONT
En Barcelona, a quince de septiembre de dos mil diez.
VISTA, en juicio oral y público, ante la SECCIÓN DÉCIMA de esta Audiencia Provincial de Barcelona, la presente causa Diligencias Previas núm. 669/2005 procedente del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Granollers, seguida por un delito de apropiación indebida contra el acusado Romulo , con D.N.I. núm. NUM000 , nacido el día 28 de julio de 1963 en Badalona, hijo de Jesús y de María Luisa, con domicilio en La Roca del Vallés (Barcelona), con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora doña Elisabeth Hernández Vilagrasa y defendido por el Letrado don Carlos Domínguez Rodríguez, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA PIJUAN CANADELL, quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes
PRIMERO.- El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas ha retirado la acusación contra el acusado Romulo por el delito de apropiación indebida por el que se han seguido las actuaciones.
SEGUNDO.- Los hechos por los que se han seguido las presentes actuaciones son los siguientes:
En fecha 13 de marzo de 2003 Franco celebró con la empresa "Boxal Interior, S. L.", cuyo administrador era Moises , contrato de depósito, cesión de uso y opción de compra de dos máquinas, concretamente de una máquina enrolladota de un eje y de una máquina cortadora de rodillos, depósito que se realizó por el plazo de dos meses, transcurridos los cuales debían ser restituidas. A su vez, en fecha 9 de mayo de 2003, "Boxal Interior, S. L." depositó la maquinaria en las instalaciones de la empresa "Roditeknic, S. L.", sita en la Avda. Sant Julià núm. 54 de Ganollers, cuyo administrador único era el acusado Romulo , mayor de edad y con antecedentes penales no computables en la presente causa, quien con la intención de obtener un beneficio patrimonial, no restituyó dichas máquinas en la fecha estipulada, a pesar de los reiterados requerimientos efectuados por su legítimo titular y causándole un menoscabo patrimonial que ha sido valorado en 63.550 euros.
Fundamentos
PRIMERO.- Habiendo retirado la acusación el Ministerio Fiscal, y no existiendo otra parte acusadora que la mantenga, por imperativo del principio acusatorio procede dictar sentencia absolviendo al acusado Romulo del delito de apropiación indebida por el que se han seguido las presentes actuaciones.
SEGUNDO.- Dada la absolución del acusado, procede declarar de oficio las costas procesales.
Vistos los preceptos legales citados así como los de pertinente y general aplicación.
Fallo
Que debemos ABSOLVER Y ABSOLVEMOS al acusado Romulo del delito de apropiación indebida, declarando de oficio las costas procesales.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, dentro del plazo de cinco días.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente. DOY FE.

